Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 2045-D-2007
Sumario: ANIMALES DOMESTICOS QUE OCASIONAN DAÑOS A TERCEROS, SANCIONES PENALES PARA EL DUEÑO Y/O TENEDOR.
Fecha: 09/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SANCIONES PENALES PARA EL DUEÑO Y/O TENEDOR DE ANIMALES DOMESTICOS QUE OCASIONAN DAÑOS A TERCEROS.-
ARTICULO 1º): El tenedor o dueño de un animal doméstico que pueda ser caracterizado como feroz y/o peligroso, que ocasionare un daño en la salud a un tercero, se le aplicará una multa de $ 15.000 a $ 50.000.- En caso de abonarse la multa en el término que fije la sentencia, sufrirá la pena de prisión de seis meses a un año y medio.-
Si como consecuencia del daño el tercero sufriere lesiones de las establecidas en los artículos 90 y 91 del Código Penal la pena se duplicará en el mínimo y en el máximo.-
Si a consecuencia del ataque sufrido, los daños le hubieran ocasionado la muerte a una persona, la pena será de tres a seis años.-
ARTICULO 2º): En el caso del artículo anterior verificado el daño producido, el Juez deberá proceder al secuestro del animal que causó el daño dejándolo en custodia por el tiempo que el mismo decida.-
ARTICULO 3º): La presente ley será complementaria del Código Penal.-
ARTICULO 4º): Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La actual problemática referente a los daños y lesiones que ocasionan ciertas y determinadas razas de perros y otra clase de animales, es un hecho que merece la atención del legislador, quien tiene la obligación de encontrar las vías de solución para mitigar el problema que se ha visto agravado últimamente, debido a que las familias argentinas, han adoptado la costumbre de criar animales peligrosos, en este caso perros, con el objeto de mejorar la seguridad personal y patrimonial.- Pero también en muchos casos, personas adquieren perros peligrosos por moda. Otros, ante la situación extrema de hacerlos intervenir ilegalmente en peleas para redituar un beneficio económico, con lo cual entrenan los perros para lucrar con ellos, volviéndolos animales salvajes y desnaturalizando definitivamente la relación que debiera existir entre el perro y el ser humano.
En numerosas oportunidades observamos noticias periodísticas, en diferentes provincias, en las cuales vemos que ciertos animales domésticos atacan a personas produciendo diversos daños, algunos de consideración, otros más leves, incluso algunos llegan a ocasionar la muerte de un individuo, por lo que se torna imprescindible legislar para establecer ciertas y determinas penas para aquellas personas que tienen bajo su cuidado y/o custodia a este tipo de animales.-
Recientemente el diario "Clarín" publicó la siguiente nota, sobre un hecho ocurrido en la Ciudad de Mar Del Plata.- Al respecto el diario aludido citó que: "Lo llevó a la casa para reforzar la seguridad, en un barrio de pocas viviendas, alejadas unas de otras. Por su porte, su fiereza y su temible actitud, lo llamó "Oso". Sólo lo liberaba a la noche; el resto del tiempo lo encerraba en un canil alambrado. Pero ayer, poco después del mediodía, el perro, un robusto rottweiler, estaba suelto y provocó una tragedia: atacó al nieto de sus dueños, un bebé de 11 meses, lo arrastró unos 30 metros por el parque de la casa hasta que consiguieron quitárselo. Todas las heridas fueron en la cabeza; el bebé murió pocos después. Como cada mañana, para ir a trabajar, los padres del bebé -su único hijo- lo dejaban al cuidado del abuelo paterno, en su chalé de Santa Inés 1555, del barrio El Tejado, en Estación Camet, en las afueras de Mar del Plata. Ayer, el hombre tuvo que salir y dejó a la criatura con su mujer; ella no sabía que el perro no estaba encerrado. El fiscal Marcos Pagella, quien caratuló la causa como "averiguación de causal de muerte", ordenó que no se dieran a conocer las identidades de los integrantes de la familia. "Están todos muy shockeados", dijo uno de sus allegados. El abuelo del bebé, según relató a Clarín una fuente judicial, dijo a la Policía que dejó al perro suelto por seguridad, porque le habían dicho a la mañana que en la zona "andaba gente que no era del barrio". Contó además que nunca dejaba al perro suelto: "Estaba atado o encerrado"
Su mujer salió a caminar por el parque de la casa poco después del mediodía, con el bebé en brazos. "El perro la sorprendió. Saltó y le arrebató a la criatura", contaron agentes de la comisaría sexta. La mujer luchó con el perro, que le mordió los brazos, pero no pudo sacarle al chico. El abuelo llegó a la casa en ese momento y consiguió recuperar al bebé, muy lastimado, aún con vida. Rápido, lo llevaron a la Sala de Primeros Auxilios de Estación Camet. "No pudimos hacer nada", dijo Mabel Pralong, enfermera del lugar. "Un rottweiler no es un juguete. Es un perro de ataque, puede decirse que es como un arma, y como tal hay que saber utilizarlo", dijo el capitán Luis Ohan, de la comisaría sexta. "Ahora se puso de moda tenerlos en las casas. Pero hay que saber educarlos".- Desde la calle, al fondo del chalé, se alcanza a ver dos caniles con puertas alambradas. Allí, además de "Oso", que como collar lleva una gruesa cadena plateada, hay una perra de la misma raza y un Fox Terrier. El abuelo del bebé pidió a la Policía que sacrificara al Rottweiler, un perro al que, desde sus orígenes, se lo conoce como "El carnicero alemán".".-
En realidad esta noticia alarma por su gravedad, existiendo otras muy preocupantes por cierto, de allí que el dueño o guardián del animal doméstico, cualquiera sea la raza del mismo, debe ser totalmente responsable no solo de su cuidado, sino también de su " educación", debiendo además adoptar todas las medidas que estén a su alcance cuando el animal sale a la calle o está en lugares abiertos, como ser plazas y/o paseos donde existen personas que pueden correr peligro si el animal se suelta o ataca a los terceros.-
La crónica diaria indica que existen perros potencialmente peligrosos.- Pueden atacar y hasta matar a una persona.- Se trata de perros creados para peleas o defensas que por su eventual peligrosidad, su importación y cría están prohibidos en varios países europeos.- El pit bull terrier, el dogo argentino, el dobermann y el rottweiler son ellos, y son también los más populares en Argentina, siendo algunas de estas razas de muy reciente introducción en nuestro país.-
Algunos especialistas han dicho que en realidad los perros no son los peligrosos, son los dueños que no le enseñan como es debido, y que acostumbran a tener este tipo de animales en encierro, y cuando salen a la calle, no hacen mas que atacar a otras personas.- Algunos opinan, en cambio, que hay razas que por sus genes son mas agresivas que otras, pero la gente cree que tiene derecho a tener cualquier perro y no sabe, que, si decide tenerlo, también tiene ciertas obligaciones que cumplir, y como tal si igualmente deciden tenerlos deberán asumir sus propias responsabilidades en el caso que se ocasionare un daño a un tercero por el cual el dueño y/o guardián debe responder "in tottum" , no solo desde un punto de vista civil, con la indemnización correspondiente, sino también desde el punto de vista penal, con la aplicación de una pena que debe ser aplicada a quien decide asumir el riesgo de tener para si ciertos y determinados animales que en realidad son peligrosos.-
En el Derecho Comparado, observamos que en España existen numerosas leyes referidas a protección animal, y que por sus características propias, cada una de ellas legisla sobre diferentes infracciones y sanciones.- Así en Madrid se contempla la incautación y la inhabilitación, para adquirir otros animales por un plazo que va de uno a diez años.-
En Galicia se contemplan sanciones pecuniarias para los dueños que van de los 440 a los 2.000 Euros, e incluso otras mas graves, teniendo en cuenta el hecho, que van de los 2001 a los 20.000 euros.-
En cuanto a la Falta Penal, se prevén penas para aquellas personas que poseen animales feroces o dañinos.- Así el articulo 631 establece que " Los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal, serán castigados con la pena de multa de quince a treinta días...".-
En cuanto al presente proyecto se prevé la aplicación de una pena de seis meses a un año y medio o en su caso una multa de $ 15.000.- a $ 50.000.- en el caso de que un animal doméstico ocasione un daño a un tercero.- En este sentido el artículo 21 del Código Penal establece que: La multa obligara al reo a pagar la cantidad de dinero que determine la sentencia, teniendo en cuenta además de las causas generales del artículo 40 ( circunstancias atenuantes o agravantes del hecho), la situación económica del penado.- Si el reo no pagare la multa en el término que fije la sentencia, sufrirá una prisión que no excederá de un año y medio.-
Si los daños producidos a un tercero, son aquellos considerados lesiones graves o gravísimas la pena se aumenta en el doble, y en el caso que se ocasionare la muerte de la persona, la pena será de tres a seis años.-
Por otro lado también debe establecerse el secuestro del animal de conformidad a lo que establece el Código Penal en su articulo 23 cuando menciona que si las cosas son peligrosas para la seguridad común el comiso puede ordenarse aunque afecte a terceros, salvo el derecho de estos , si fueren de buena fe , a ser indemnizados.- En este caso el secuestro del animales se produce en forma inmediata, no solo para su peritaje, sino también porque es considerado una "cosa peligrosa", como alude el artículo en cuestión, debiendo disponer el juez en su caso, las medidas que estime pertinentes para que no ocasione nuevamente un daño a otra persona.-
Por todo ello, entendemos que una norma de las características de la aquí propuesta, llevará a tomar real conciencia a aquellas personas que poseen animales domésticos, considerados peligrosos o dañinos, a ejercer no solo todos los controles que tienen a su disposición, sino también a extremar las medidas de seguridad si estos animales se encuentran sueltos, porque de lo contrario sufrirán una pena, que incluso puede llevar a que el dueño o guardián pierda su libertad, por lo que si asumen el riesgo de tener estos animales en su poder, también deben saber que asumen serias responsabilidades en caso de que estos animales ataquen a terceras personas, cualquiera sea el lugar donde se produce el hecho.-
Por lo expuesto, solicito de mis pares el acompañamiento del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, RAUL PATRICIO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CANTERO GUTIERREZ, ALBERTO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LOVAGLIO SARAVIA, ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BERRAUTE, ANA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) 13/06/2007
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1415-D-09