PROYECTO DE TP
Expediente 2045-D-2007
Sumario: ANIMALES DOMESTICOS QUE OCASIONAN DAÑOS A TERCEROS, SANCIONES PENALES PARA EL DUEÑO Y/O TENEDOR.
Fecha: 09/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
El Senado y Cámara de Diputados...
SANCIONES
PENALES PARA EL DUEÑO Y/O TENEDOR DE ANIMALES
DOMESTICOS QUE OCASIONAN DAÑOS A TERCEROS.-
ARTICULO 1º):
El tenedor o dueño de un animal doméstico que pueda ser
caracterizado como feroz y/o peligroso, que ocasionare un daño en la
salud a un tercero, se le aplicará una multa de $ 15.000 a $ 50.000.-
En caso de abonarse la multa en el término que fije la sentencia,
sufrirá la pena de prisión de seis meses a un año y medio.-
Si como consecuencia del
daño el tercero sufriere lesiones de las establecidas en los artículos 90
y 91 del Código Penal la pena se duplicará en el mínimo y en el
máximo.-
Si a consecuencia del
ataque sufrido, los daños le hubieran ocasionado la muerte a una
persona, la pena será de tres a seis años.-
ARTICULO 2º):
En el caso del artículo anterior verificado el daño producido, el Juez
deberá proceder al secuestro del animal que causó el daño dejándolo
en custodia por el tiempo que el mismo decida.-
ARTICULO 3º):
La presente ley será complementaria del Código Penal.-
ARTICULO 4º):
Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La actual problemática
referente a los daños y lesiones que ocasionan ciertas y determinadas
razas de perros y otra clase de animales, es un hecho que merece la
atención del legislador, quien tiene la obligación de encontrar las vías
de solución para mitigar el problema que se ha visto agravado
últimamente, debido a que las familias argentinas, han adoptado la
costumbre de criar animales peligrosos, en este caso perros, con el
objeto de mejorar la seguridad personal y patrimonial.- Pero también
en muchos casos, personas adquieren perros peligrosos por moda.
Otros, ante la situación extrema de hacerlos intervenir ilegalmente en
peleas para redituar un beneficio económico, con lo cual entrenan los
perros para lucrar con ellos, volviéndolos animales salvajes y
desnaturalizando definitivamente la relación que debiera existir entre el
perro y el ser humano.
En numerosas
oportunidades observamos noticias periodísticas, en diferentes
provincias, en las cuales vemos que ciertos animales domésticos
atacan a personas produciendo diversos daños, algunos de
consideración, otros más leves, incluso algunos llegan a ocasionar la
muerte de un individuo, por lo que se torna imprescindible legislar para
establecer ciertas y determinas penas para aquellas personas que
tienen bajo su cuidado y/o custodia a este tipo de animales.-
Recientemente el diario
"Clarín" publicó la siguiente nota, sobre un hecho ocurrido en la Ciudad
de Mar Del Plata.- Al respecto el diario aludido citó que: "Lo llevó a la
casa para reforzar la seguridad, en un barrio de pocas viviendas, alejadas unas
de otras. Por su porte, su fiereza y su temible actitud, lo llamó "Oso". Sólo lo
liberaba a la noche; el resto del tiempo lo encerraba en un canil
alambrado. Pero ayer, poco después del mediodía, el perro, un robusto
rottweiler, estaba suelto y provocó una tragedia: atacó al nieto de sus dueños,
un bebé de 11 meses, lo arrastró unos 30 metros por el parque de la casa
hasta que consiguieron quitárselo. Todas las heridas fueron en la cabeza; el
bebé murió pocos después.
Como cada mañana, para ir a trabajar, los padres del bebé -su único hijo- lo
dejaban al cuidado del abuelo paterno, en su chalé de Santa Inés 1555, del
barrio El Tejado, en Estación Camet, en las afueras de Mar del Plata. Ayer, el
hombre tuvo que salir y dejó a la criatura con su mujer; ella no sabía que el
perro no estaba encerrado.
El fiscal Marcos Pagella, quien caratuló la causa como "averiguación de
causal de muerte", ordenó que no se dieran a conocer las identidades de los
integrantes de la familia. "Están todos muy shockeados", dijo uno de sus
allegados. El abuelo del bebé, según relató a Clarín una fuente judicial, dijo a
la Policía que dejó al perro suelto por seguridad, porque le habían dicho a la
mañana que en la zona "andaba gente que no era del barrio". Contó además
que nunca dejaba al perro suelto: "Estaba atado o encerrado"
Su mujer salió a caminar por el
parque de la casa poco después del mediodía, con el bebé en brazos. "El perro
la sorprendió. Saltó y le arrebató a la criatura", contaron agentes de la
comisaría sexta.
La mujer luchó con el perro, que le mordió los brazos, pero no pudo sacarle al
chico. El abuelo llegó a la casa en ese momento y consiguió recuperar al bebé,
muy lastimado, aún con vida. Rápido, lo llevaron a la Sala de Primeros
Auxilios de Estación Camet. "No pudimos hacer nada", dijo Mabel Pralong,
enfermera del lugar. "Un rottweiler no es un juguete. Es un perro de ataque,
puede decirse que es como un arma, y como tal hay que saber utilizarlo", dijo
el capitán Luis Ohan, de la comisaría sexta. "Ahora se puso de moda tenerlos
en las casas. Pero hay que saber educarlos".-
Desde la calle, al fondo del chalé, se alcanza a ver dos caniles con puertas
alambradas. Allí, además de "Oso", que como collar lleva una gruesa cadena
plateada, hay una perra de la misma raza y un Fox Terrier.
El abuelo del bebé pidió a la Policía que sacrificara al Rottweiler, un perro al
que, desde sus orígenes, se lo conoce como "El carnicero alemán".".-
En realidad esta noticia alarma
por su gravedad, existiendo otras muy preocupantes por cierto, de allí que el
dueño o guardián del animal doméstico, cualquiera sea la raza del mismo,
debe ser totalmente responsable no solo de su cuidado, sino también de su "
educación", debiendo además adoptar todas las medidas que estén a su alcance
cuando el animal sale a la calle o está en lugares abiertos, como ser plazas y/o
paseos donde existen personas que pueden correr peligro si el animal se suelta
o ataca a los terceros.-
La crónica diaria indica que
existen perros potencialmente peligrosos.- Pueden atacar y hasta matar a una
persona.- Se trata de perros creados para peleas o defensas que por su eventual
peligrosidad, su importación y cría están prohibidos en varios países
europeos.- El pit bull terrier, el dogo argentino, el dobermann y el rottweiler
son ellos, y son también los más populares en Argentina, siendo algunas de
estas razas de muy reciente introducción en nuestro país.-
Algunos especialistas han dicho
que en realidad los perros no son los peligrosos, son los dueños que no le
enseñan como es debido, y que acostumbran a tener este tipo de animales en
encierro, y cuando salen a la calle, no hacen mas que atacar a otras personas.-
Algunos opinan, en cambio, que hay razas que por sus genes son mas
agresivas que otras, pero la gente cree que tiene derecho a tener cualquier
perro y no sabe, que, si decide tenerlo, también tiene ciertas obligaciones que
cumplir, y como tal si igualmente deciden tenerlos deberán asumir sus propias
responsabilidades en el caso que se ocasionare un daño a un tercero por el cual
el dueño y/o guardián debe responder "in tottum" , no solo desde un punto de
vista civil, con la indemnización correspondiente, sino también desde el punto
de vista penal, con la aplicación de una pena que debe ser aplicada a quien
decide asumir el riesgo de tener para si ciertos y determinados animales que en
realidad son peligrosos.-
En el Derecho Comparado,
observamos que en España existen numerosas leyes referidas a protección
animal, y que por sus características propias, cada una de ellas legisla sobre
diferentes infracciones y sanciones.- Así en Madrid se contempla la
incautación y la inhabilitación, para adquirir otros animales por un plazo que
va de uno a diez años.-
En Galicia se contemplan
sanciones pecuniarias para los dueños que van de los 440 a los 2.000 Euros, e
incluso otras mas graves, teniendo en cuenta el hecho, que van de los 2001 a
los 20.000 euros.-
En cuanto a la Falta Penal, se
prevén penas para aquellas personas que poseen animales feroces o dañinos.-
Así el articulo 631 establece que " Los dueños o encargados de la custodia de
animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar
mal, serán castigados con la pena de multa de quince a treinta días...".-
En cuanto al presente proyecto
se prevé la aplicación de una pena de seis meses a un año y medio o en su caso
una multa de $ 15.000.- a $ 50.000.- en el caso de que un animal doméstico
ocasione un daño a un tercero.- En este sentido el artículo 21 del Código Penal
establece que: La multa obligara al reo a pagar la cantidad de dinero que
determine la sentencia, teniendo en cuenta además de las causas generales del
artículo 40 ( circunstancias atenuantes o agravantes del hecho), la situación
económica del penado.- Si el reo no pagare la multa en el término que fije la
sentencia, sufrirá una prisión que no excederá de un año y medio.-
Si los daños producidos a un
tercero, son aquellos considerados lesiones graves o gravísimas la pena se
aumenta en el doble, y en el caso que se ocasionare la muerte de la persona, la
pena será de tres a seis años.-
Por otro lado también debe
establecerse el secuestro del animal de conformidad a lo que establece el
Código Penal en su articulo 23 cuando menciona que si las cosas son
peligrosas para la seguridad común el comiso puede ordenarse aunque afecte a
terceros, salvo el derecho de estos , si fueren de buena fe , a ser
indemnizados.- En este caso el secuestro del animales se produce en forma
inmediata, no solo para su peritaje, sino también porque es considerado una
"cosa peligrosa", como alude el artículo en cuestión, debiendo disponer el juez
en su caso, las medidas que estime pertinentes para que no ocasione
nuevamente un daño a otra persona.-
Por todo ello, entendemos que
una norma de las características de la aquí propuesta, llevará a tomar real
conciencia a aquellas personas que poseen animales domésticos, considerados
peligrosos o dañinos, a ejercer no solo todos los controles que tienen a su
disposición, sino también a extremar las medidas de seguridad si estos
animales se encuentran sueltos, porque de lo contrario sufrirán una pena, que
incluso puede llevar a que el dueño o guardián pierda su libertad, por lo que si
asumen el riesgo de tener estos animales en su poder, también deben saber que
asumen serias responsabilidades en caso de que estos animales ataquen a
terceras personas, cualquiera sea el lugar donde se produce el hecho.-
Por lo expuesto, solicito de mis
pares el acompañamiento del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLANAS, RAUL PATRICIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CANTERO GUTIERREZ, ALBERTO | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LOVAGLIO SARAVIA, ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BERRAUTE, ANA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | 13/06/2007 | |
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1415-D-09 |