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PROYECTO DE TP


Expediente 2038-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA CUMPLIMENTAR LO ESTABLECIDO EN LA LEY 24449, NACIONAL DE TRANSITO, PARA INCORPORAR COMO MATERIA PERMANENTE LA EDUCACION VIAL EN LOS NIVELES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR, PRIMARIO Y SECUNDARIO.
Fecha: 09/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos que correspondan, analice la posibilidad de cumplimentar lo establecido en el Artículo 9º inciso a) de la Ley Nacional Nº 24.449 de Tránsito, a fin de incorporar como materia permanente la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primario y secundario.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Declaración que se somete a consideración de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación tiene por finalidad cumplimentar lo establecido en el Artículo 9º inciso a) de la Ley Nacional Nº 24.449 de Tránsito, a fin de incorporar como materia permanente la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primario y secundario.
El proyecto nace de la actual emergencia vial que vive la sociedad argentina, la cual desde los medios de comunicación nacional y local es posible oír y observar día a día los accidentes de tránsito en todas las rutas que atraviesan nuestro país.
Consideramos que un paso hacia la construcción de una Argentina conciente en este tema, es que la educación vial, principalmente en nuestro niños, sea parte del sistema de instrucción educativa nacional, transformándose, de esta manera, en el primer escalón para superar esta situación. Se trata de brindarles conocimientos básicos cobre el tránsito, sobre su funcionamiento, sus normativas, de manera tal de generar un conciencia, garantizar y mejorar el futuro y bienestar de nuestra sociedad, derechos fundamentales que debe proveer el Estado desde todos sus niveles gubernamentales.
Proponemos que los contenidos de la materia sean definidos por las autoridades competentes, a fin de garantizar los fines y objetivos de la política educativa nacional, y en función de ello, de la educación vial.
Creemos que seta solicitud está acorde con la reciente sanción de la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional, pues complementaría la enseñanza de todos nuestros jóvenes y garantizaría tal como establece en el Artículo Nº 126 de la misma, el derecho a "Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades."
En este sentido, gracias al desarrollo en los medios de comunicación y al avance en las tecnologías de información, consideramos que es posible en base a múltiples recursos incluir la educación vial en las escuelas y colegios de todo el país. Es así que, a través de Educ.ar Sociedad del Estado, organismo responsable del desarrollo de los contenidos del Portal Educativo creado en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología podrían elaborar y desarrollar programas de instrucción vial de acuerdo con los lineamientos que fuesen establecidos por los respectivos organismos educativos y el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación. Asimismo, existen diversas herramientas, como juegos, canciones, y demás elementos didácticos para que nuestros niños aprendan el valor de la vida y el respeto.
Incluso, innumerables organizaciones de la sociedad civil, como la Asociación Civil Luchemos por la Vida, trabajan desde hace años en esta temática, brindando cursos dirigidos a docentes, empresas, funcionarios, docentes, y público en general.
Debemos, ser concientes que durante el año 2006 el número de víctimas de tránsito ascendió a 7.557, y en lo que va del año el número ya es alarmante, según el Diario el Clarín, fecha 30/04/2007, la cifra alcanza los 1.150 muertos en accidentes de tránsito, e incluso esta cantidad se incrementa con las personas heridas o que sufren secuelas y/o consecuencias de los accidentes.
Es importante recordar que el suscripto es autor de la Ley Nº 9.588 de la Provincia de Entre Ríos, que fue sancionada en el año 2004. La misma establece la incorporación en el Sistema Educativo Entrerriano de la educación vial como materia obligatoria, con un máximo de 2 (dos) horas semanales, la cual está dirigida los niveles Inicial, EGB 1, EGB 2, EGB 3, y Polimodal, y la capacitación de los docente debe ser en servicio y gratuita para los mismos.
Por los fundamentos dados en el presente, es que solicito a los Señores y Señoras Diputados la aprobación del siguiente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, RAUL PATRICIO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)