PROYECTO DE TP
Expediente 2033-D-2008
Sumario: EXPRESAR RECHAZO A LAS ILEGITIMAS MEDIDAS UNILATERALES ADOPTADAS POR EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, DE OTORGAR LICENCIAS DE EXPLORACION HIDROCARBURIFERA AL NORTE DE LAS ISLAS MALVINAS Y GEORGIAS DEL SUR.
Fecha: 06/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
La HCDN declara su enérgico
rechazo a las ilegítimas medidas unilaterales adoptadas por el gobierno
del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, quien convocó a una
"ronda de licencias", arrogándose el derecho de otorgar áreas de la
plataforma continental argentina al norte de las Islas Malvinas para realizar
actividades hidrocarburíferas, vulnerando una vez más nuestros legítimos
derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich
del Sur y las espacios marítimos e insulares correspondientes por ser partes
integrales de nuestro territorio nacional (Disposición Transitoria Primera de la
Constitución Nacional Argentina). Además, declara que las acciones
unilaterales del Reino Unido son ilegales tanto frente al derecho argentino
como al derecho internacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La disputa de soberanía por las
Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos
circundantes se remonta a un acto ilegítimo de fuerza por parte del Reino
Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cuando en 1833 ocupó el
archipiélago austral y expulsó a las autoridades y a los pobladores
argentinos.
A pesar del restablecimiento,
luego del conflicto de 1982, de las relaciones diplomáticas plenas entre
nuestro país y el Reino Unido, este país continúa negándose a reanudar las
negociaciones de soberanía teniendo debidamente en cuenta los
intereses de los habitantes de las Islas Malvinas, incumpliendo así el
mandato de las Naciones Unidas y los reiterados llamamientos de la
Organización de Estados Americanos y de otros foros y organismos
internacionales.
Además, el Reino Unido continúa
realizando acciones unilaterales que violan la letra y el espíritu de los
entendimientos provisorios bajo fórmula de soberanía y las resoluciones de
las Naciones Unidas, en especial la Resolución 31/49 de la Asamblea
General que insta a la Argentina y Gran Bretaña a abstenerse de adoptar
decisiones que introduzcan modificaciones unilaterales en la situación
mientras las islas están atravesando el proceso de negociación bilateral al
que exhortan reiteradamente las Naciones Unidas.
En efecto, el pasado 18 de abril
del corriente año, el gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda
del Norte realizó un nuevo acto unilateral ilegítimo, cuando convocó a una
"ronda de licencias" arrogándose el derecho de otorgar áreas de la
plataforma continental argentina al norte de las Islas Malvinas para realizar
actividades hidrocarburíferas.
Frente a este nuevo acto de
despojo, nuestro país reafirma una vez más sus legítimos derechos
soberanos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los
espacios marítimos circundantes, que forman parte integral de nuestro
territorio nacional
Nuestro país, que ha renovado la
firme posición de salvarguardar su soberanía y jurisdicción sobre las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos
circundantes y rechaza esta acción unilateral, que constituye un acto ilícito
no solo frente al derecho argentino sino también frente al derecho
internacional.
Ejemplos de estas acciones
unilaterales ilegítimas del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte,
llevaron a nuestro país a dar por concluida, el 27 de marzo de 2007, la
Declaración Conjunta argentino-británica del 27 de septiembre de 1995,
celebrada bajo fórmula de salvaguardia de soberanía, sobre
"Cooperación sobre Actividades Costa Afuera en el Atlántico
Sudoccidental" referida a exploración y explotación de hidrocarburos en el
área sujeta a la disputa de soberanía.
Nuestro país reitera una vez más
que esta nueva acción unilateral del Reino Unido es incompatible con lo
establecido por las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones
Unidas 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y
43/25, en las que reconoce la existencia de la disputa de soberanía
denominada la "Cuestión de las Islas Malvinas" e insta a los gobiernos de la
República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
a que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad
posible una solución pacífica a la disputa.
Por todo lo expuesto solicito el
apoyo de mis pares en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GODOY, RUPERTO EDUARDO | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
OBEID, JORGE ALBERTO | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
AZCOITI, PEDRO JOSE | BUENOS AIRES | UCR |
GINZBURG, NORA RAQUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE POR LOS DERECHOS CIUDADANOS |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
PRIETO, HUGO NELSON | NEUQUEN | DE LA CONCERTACION |
KATZ, DANIEL | BUENOS AIRES | DE LA CONCERTACION |
GARCIA, IRMA ADRIANA | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FADEL, PATRICIA SUSANA | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
COLLANTES, GENARO AURELIO | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
FABRIS, LUCIANO RAFAEL | CHACO | UCR |
HOTTON, CYNTHIA LILIANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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