PROYECTO DE TP
Expediente 2028-D-2011
Sumario: CELULAS MADRES DE CORDON UMBILICAL; CAPACITACION PARA SU ALMACENAMIENTO E INVESTIGACION PARA SU APLICACION; DONACION NO OBLIGATORIA ANONIMA Y GRATUITA.
Fecha: 26/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35
El Senado y Cámara de Diputados...
PROYECTO
DE LEY SOBRE CELULAS
MADRES DE
CORDON UMBILICAL. CAPACITACION PARA SU
ALMACENAMIENTO-E INVESTIGACION PARA SU
APLICACIÓN-
DONACION NO OBLIGATORIA, ANONIMA y GRATUITA
ARTICULO 1° - Objeto: La
presente ley tiene por objeto capacitar en la colecta de sangre de
cordón umbilical en las maternidades que cada provincia designare, en
la conservación y el envío de las muestras para su almacenamiento en
el Banco Nacional Público de Células Progenitoras Hematopoyéticas (
células madre de cordón umbilical, que funciona en el Hospital
Garraham).
ARTICULO 2º: Definición:
A los efectos de la presente Ley, entiéndase por células madre
pluripotenciales a aquellas que, aunque no son del todo inmaduras,
tienen ciertas capacidades para formar tejidos pero con
limitaciones.
ARTICULO 3°: El
Ministerio de Salud de la Nación será la Autoridad de Aplicación de la
presente ley. Sus funciones son las siguientes:
a. difusión a fin de
fomentar la donación de sangre de cordón por parte de los padres, en
todo el país, en todas las maternidades.
b. resaltar el carácter
gratuito y solidario de la donación.
c. destacar que la
conservación de células progenitoras hematopoyéticas propias de la
Argentina, permite tener un banco con el mapa genético del país,
facilitando encontrar tejidos compatibles, para todas las personas que
necesitaren de las mismas para su tratamiento.
d. destinar fondos para
solventar la capacitación de profesionales para realizar la colecta, los
materiales para la conservación y los recursos para el envío de las
muestras de cada jurisdicción al Banco Nacional.
e. destinar fondos para la
investigación permanente en más posibilidades terapéuticas a través
de estas células.
f. establecer un registro
de donaciones de acuerdo a las normativas internacionales, que se
difundirá en todo el territorio nacional.
ARTICULO 4°: Los padres
donantes deberán firmar un consentimiento , en el cual se
comprometerán a controlar a su hijo periódicamente los primeros seis
meses de vida para descartar la presencia de enfermedades
genéticas.
ARTICULO 5º: La
donación será anónima, altruista y voluntaria, no obligatoria. No
pudiéndose reclamar posteriormente la misma, destacando que es un
acto en beneficio de toda la comunidad.
ARTICULO 6°: Se invita a
las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la
presente ley.
ARTICULO 7º: La
presente ley deberá ser reglamentada dentro de los 90 días de su
promulgación.
ARTICULO 8º:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este
proyecto tiene por objeto atender a una situación muy importante para
la salud de la población. Los casos extremos de muchas enfermedades
que ponen a personas entre la vida y la muerte, pueden encontrar una
solución a través del trasplante de células progenitoras
hematopoyéticas de cordón umbilical, sin plantear un dilema
bioético.
Las células progenitoras
hematopoyéticas son llamadas Pluripotenciales y son aquellas que
aunque no son del todo inmaduras, tienen ciertas capacidades para
formar tejidos, pero con limitaciones. Ejemplos de estas células son las
células madres del cordón umbilical y también las de la médula ósea.
Otras son las células madres llamadas totipotenciales, que son aquellas
que pueden dar origen a cualquier tejido porque son completamente
inmaduras y todavía no se han diferenciado en absoluto. Estas células
solamente pueden ser encontradas en el embrión.
Las células madre
hematopoyéticas están presentes en la sangre antes y durante el
nacimiento, pero desaparecen muy rápido para concentrarse en la
médula ósea, donde están alojadas en el adulto. Desde 1987 es
posible utilizar tanto las células de cordón como las de médula ósea
para el tratamiento de distintas enfermedades que requieren de una
médula ósea sana.
La sangre del cordón
umbilical contiene células madre pluripotenciales, las cuales se utilizan
para los tratamientos que se realizan con dichas células (personas con
leucemia, linfomas, aplasia medular, ciertos tipos de tumores, y otras
70 enfermedades hematológicas terminales que se atienden con
trasplante de médula ósea); las muestras del Banco argentino
aumentan las oportunidades de encontrar compatibilidad por razones
étnico raciales.
El Banco Público funciona
en el Hospital Garrahan, el "Banco Nacional Público de Células
Progenitoras Hematopoyéticas". Una vez que la muestra llega al
hospital, la donación estará clasificada en el BMDW (Bone Marrow
Donors Worldwide), una red internacional que agrupa 54 registros de
42 países con 13 millones de donantes.
Las razones para disponer
de un banco argentino, del mismo modo que los que ya funcionan en
México y Brasil, va más allá de lo médico.
Implica el carácter social
de la ciencia y se relaciona con el derecho a la salud y a la
identidad.
Conservar muestras
ciento por ciento latinoamericanas, con las particularidades de los
habitantes de nuestro país, es contar con un mapa genético que tiene
sangre indígena, criolla, europea, africana, permitiendo encontrar
compatibilidad más fácilmente para el receptor.
Hasta que aparecieron los
bancos en Argentina, México y Brasil, para un latinoamericano era
menos probable encontrar unidades compatibles en los registros
internacionales existentes, porque esos bancos están conformados, en
gran parte, por donantes de origen caucásico. De este modo, al
promover y difundir la colecta de sangre de cordón, se podrán obtener
muestras de minorías étnicas en el ámbito público y gratuito en el
parto, y habrá material compatible para las personas de esas minorías
que requieran de tratamiento con células progenitoras
hematopoyéticas.
Actualmente, el Banco
Público Nacional tiene convenios con maternidades de la Ciudad de
Buenos Aires, Rosario, y del norte y noroeste del país, con el propósito
de almacenar muestras de personas con diferente genotipo
étnico.
De las muestras
almacenadas en el Banco Público Nacional, alrededor del 52 por ciento
es de argentinos de origen europeo, un 4 por ciento de caucásicos
puros (europeos de la última migración: ucranios, rusos, minorías
étnicas). Los pueblos originarios tienen una representación del 40 por
ciento. El perfil antigénico del Banco se considera argentino-
latinoamericano, no se encuentran en los bancos de sangre de cordón
del resto del mundo.
Otra razón importante
para aumentar las muestras en el Banco Público Nacional es que los
costos de los tratamientos serán inferiores, pues un trasplante con
material de un banco internacional genera un altísimo costo, además
de tener perfiles genéticos autóctonos, que no se encuentran
fácilmente en el mundo.
El 60 por ciento de la
sangre donada sirve para ser conservada y en cada intento la
posibilidad de encontrar un donante compatible es del 25 por ciento,
de allí la importancia de realizar colectas de sangre de cordón en todo
el país.
Cabe destacar que la
colecta de sangre de cordón, plena de células progenitoras
hematopoyéticas, no genera dilemas éticos y es una solución definitiva
para una cantidad enorme de enfermedades graves y con riesgo de
vida; más aún, si no se utiliza para la colecta, es descartada con los
desechos biológicos.
Un avance importante
para la ciencia de la salud.
Por todo lo expuesto, Sr.
Presidente es que solicito a mis pares que me acompañen en la firma
de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0545-D-13 |