PROYECTO DE TP
Expediente 2025-D-2014
Sumario: ADHERIR A LAS DECLARACIONES REALIZADAS POR LA PRESIDENTA DE LA NACION, CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER, RESPECTO AL CARACTER "INACEPTABLE" DEL "DOBLE ESTANDAR DE ALGUNOS PAISES OCCIDENTALES Y ORGANIZACIONES INTERNACIONALES".
Fecha: 04/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su adhesión a las
declaraciones realizadas por la Presidenta de la Nación Cristina Fernández de
Kirchner respecto al carácter "inaceptable" del "doble estándar de algunos países
occidentales y organizaciones internacionales", que según sus necesidades
geopolíticas establecen una ponderación diferenciada de los principios de
autodeterminación de los pueblos y de integridad territorial. En virtud de ello, si
debe regir el principio de integridad territorial para el caso de Ucrania, con
motivo del referéndum celebrado en Crimea el pasado 16 de marzo, no puede
aplicarse el principio de autodeterminación de los pueblos en el caso de las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos
circundantes.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A raíz del referéndum en Crimea,
celebrado el pasado 16 de marzo y con un claro resultado en favor de la
reunificación con Rusia, la Presidenta de la Nación Cristina Fernández de
Kirchner realizó importantes declaraciones sobre el "doble estándar" que
sostienen algunas potencias occidentales y organizaciones internacionales con
respecto al caso de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur. El 19
de marzo, en ocasión de la inauguración del Salón del Libro de París, y a partir
del desconocimiento por parte dichas potencias e instituciones acerca de la
validez de los resultados del referéndum, la mandataria afirmó: "Si carece de
valor el [referéndum] que ha hecho Crimea, a escasos kilómetros de Rusia,
mucho menos puede tener valor uno de una colonia de ultramar a más de
13.000 kilómetros de distancia".
El 10 y 11 de marzo de 2013 se
realizó en las Islas Malvinas un referéndum convocado por las autoridades
locales, en el cual la gran mayoría de los habitantes se manifestó a favor de
mantener su estatus político como territorio del Reino Unido de ultramar. De
acuerdo al comunicado de prensa 041/13 de la Cancillería argentina, dicho
referéndum fue utilizado para "tergiversar la verdadera condición jurídica en que
se encuentran esas islas". En virtud de la disputa de soberanía entre la Argentina
y el Reino Unido, reconocida por esos dos países y por la comunidad
internacional en su conjunto, el Reino Unido carecía y carece aún hoy de
"derecho alguno a pretender alterar el estatuto jurídico de esos territorios, aún
con el disfraz de un hipotético 'referéndum'", según detalla el documento.
En este marco, la Presidenta
Fernández de Kirchner consideró "inaceptable la política de doble standard de
algunos países occidentales y organizaciones internacionales", en tanto que "no
se puede estar de acuerdo con la integridad territorial en Crimea y en
desacuerdo con la de las Islas Malvinas". Las declaraciones ratifican una política
de Estado, pues el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en reiteradas
oportunidades hizo conocer la posición argentina respecto al doble estándar de
algunas potencias coloniales en contra de lo dispuesto en materia de
descolonización por la carta de la organización plurinacional.
Es en virtud de lo planteado por
este argumento, que el Gobierno argentino y los gobiernos de los países
latinoamericanos, en una sólida postura unificada, votaron en abstención la
resolución del 27 de marzo referida a la situación en Ucrania dentro de la ONU.
Esto fue tergiversado por algunos medios de comunicación (exponentes del
doble estándar), a raíz de que en la anterior votación respecto de un proyecto de
Resolución referida al tema, del 15 de marzo, el Gobierno argentino había
votado a favor. No obstante, fueron dos resoluciones completamente diferentes,
en virtud del distinto contexto y de la intencionalidad manifiesta, en el segundo
texto, de algunas potencias occidentales. La explicación la da el propio Canciller
argentino, Héctor Timerman, en un artículo periodístico: "El pasado 15 de marzo
se planteó ante el Consejo de Seguridad un proyecto de resolución en un
momento de la crisis en la que parecía altamente probable que la situación fuera
escalando hacia hechos de violencia. Era necesario que el Consejo diera el
mensaje claro de que correspondía a Ucrania resolver sus asuntos internos y
también que la comunidad internacional tenía una responsabilidad" (Página/12:
"Argentina, Ucrania y el doble estándar", 20/3/14).
En cambio, el proyecto de
resolución que se planteó a la Asamblea General de las Naciones Unidas el 27 de
marzo "ya no buscaba un mensaje que pusiera fin a una potencial escalada de
violencia. Fue presentado y explicado como una demostración de apoyo, pero no
sólo a las normas del derecho internacional, sino de alineamiento con una
lectura parcial y sesgada del desarrollo del conflicto. En ese sentido, planteaba la
revitalización de un concepto de división de la comunidad internacional en
bloques de influencia. Una concepción de relaciones internacionales basadas en
el poder de la que fuimos víctimas directas los pueblos de América latina, África
y Asia, en un pasado no lejano que debemos dejar atrás. En nuestro análisis, el
voto positivo o negativo contenía una indisimulada expresión de alineamiento
propio de la Guerra Fría" (ibíd.).
Cabe mencionar que el primer
proyecto también contenía elementos que se juzgaron "inconvenientes y
contradictorios": se reafirmaba la soberanía, la integridad territorial y la
independencia de Ucrania, a la vez que se pronunciaba sobre la legalidad del
referéndum en Crimea. Como lo consigna el artículo del Canciller, para nuestro
país, en semejante contexto, fue suficiente hacer una salvedad sobre este punto
(la clara injerencia política en un asunto interno de Ucrania) al explicar su voto
positivo. No obstante, como se dijo ya, aunque el segundo texto era similar, su
contenido político era distinto.
La cuestión del "doble estándar"
involucra entonces una ponderación diferenciada, según las conveniencias y
necesidades geopolíticas de las potencias mundiales que lo aplican, de dos
principios generales del derecho: la autodeterminación de los pueblos y la
integridad territorial. En el caso de las Islas Malvinas, la posición argentina,
puesta de manifiesto con el referéndum del 10 y 11 de marzo de 2013, es que el
principio de autodeterminación rige siempre y cuando se trate de una población
nativa y no trasplantada, por lo que en el caso de las Islas Malvinas debe primar
el principio de integridad territorial. Es este equilibrio el que rompe el "doble
estándar", que celebra en determinadas circunstancias aquello que censura en
otras.
Es por ello que durante el debate
del 27 de marzo pasado, durante el proceso de negociaciones, Argentina
propuso que si el tema en cuestión era el respeto a la integridad territorial
debían mencionarse todos los territorios cuya soberanía se encuentra disputada
de acuerdo a las Naciones Unidas. En este aspecto el Canciller Timerman se
pregunta "¿Cómo hubiesen votado las potencias si la resolución incluía la lista
solicitada por nuestro país? Argentina hubiera votado a favor" (Ibíd.).
Por tales razones, Señor Presidente,
solicito a mis pares se apruebe el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASTRO, SANDRA DANIELA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ISA, EVITA NELIDA | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ABRAHAM, ALEJANDRO | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MADERA, TERESITA | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MARCOPULOS, JUAN FERNANDO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SORIA, MARIA EMILIA | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
AVOSCAN, HERMAN HORACIO | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
TOMAS, HECTOR DANIEL | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/05/2014 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |