PROYECTO DE TP
Expediente 2023-D-2015
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL DICTADO DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS - CIDH -, DEL DIA 20 DE ABRIL DE 2015 DE MEDIDAS CAUTELARES EN BENEFICIO DE LOS LIDERES OPOSITORES VENEZOLANOS LEOPOLDO LOPEZ Y DANIEL CEBALLOS, PRESOS EN EL PENAL DEL CENTRO NACIONAL DE PROCESADOS MILITARES -CENAPROMIL-, EN RAMO VERDE, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Fecha: 21/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su beneplácito ante el
dictado el día 20 de abril de 2015, por la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) de medidas cautelares en beneficio de los líderes opositores
venezolanos Leopoldo López y Daniel Ceballos, al considerar que sus vidas corren
peligro en el penal del Centro Nacional de Procesados Militares (CENAPROMIL) en
Ramo Verde.
Exhortar al gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela a observar el decisorio de la CIDH, como estado parte del
Sistema Interamericano de Derechos Humanos y miembro de la OEA y, por
consiguiente, a acatar las medidas precautorias a fin de prevenir daños
irreparables a las aludidas personas, que se encuentran en ostensible situación de
riesgo.
Ratificar la solicitud a las autoridades
venezolanas para que concedan la libertad de todos los presos políticos, que por
ser miembros de la oposición democrática o por arbitrarios procesos sumarios, han
sido encarcelados por el gobierno, como ha quedado en evidencia con los líderes
políticos Leopoldo López, Daniel Ceballos y Antonio Ledezma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En un comunicado, la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) instó al Estado venezolano a
proteger a los líderes opositores, que "se encuentran en una situación de gravedad
y urgencia, puesto que su vida e integridad personal se encontrarían en riesgo" en
el penal de Ramo Verde, donde se encuentran recluidos.
"La Comisión estima (...) que los
derechos a la vida e integridad personal de Leopoldo López se encontrarían en una
situación de riesgo", señaló el organismo autónomo de la OEA en su decisión.
El líder opositor Leopoldo López está
preso desde hace más de un año, acusado de instigación pública y daños a la
propiedad e incendio por los hechos violentos del 12 de febrero de 2014 en
Caracas, que fueron el comienzo de las protestas antigubernamentales que se
registraron hasta mayo pasado. El alcalde de Caracas, Antonio Ledezma, detenido
el pasado 20 de febrero por agentes del Servicio Bolivariano de Inteligencia
(Sebin), está acusado de conspiración y asociación para delinquir.
López, perteneciente al partido de
oposición Voluntad Popular, se encuentra preso desde el 18 de febrero del año
pasado luego de ser acusado de instigar las protestas que sacudieron a este país a
comienzos del año pasado.
La solicitud de medidas cautelares
también fue extendida al Alcalde del Municipio de San Cristóbal Daniel Ceballos. El
opositor está detenido desde marzo del año pasado y, al igual que López, se
encuentra encarcelado en el Centro Nacional de Procesados Militares
(CENAPROMIL).
Así mismo, en el pronunciamiento de
la CIDH se le otorga 15 días al gobierno para que informe sobre la implementación
de estas medidas y que, a partir de esa fecha, reporte de manera periódica el
estado de los detenidos.
Para la CIDH, con sede en
Washington, la detención continuada de López y de Ceballos en las condiciones
denunciadas estaría violando los derechos humanos de los detenidos.
"La posible continuidad, en el tiempo,
de las actuales presuntas condiciones de detención y de la alegada reiterada
exposición a aislamiento podría implicar serias afectaciones a los derechos a la vida
e integridad personal, física y psicológica" de López y Ceballos, señaló el
organismo.
En agosto de ese año, la ONG
Observatorio Venezolano de Prisiones presentó una solicitud de medidas cautelares
ante la CIDH. Con el fallo, la Comisión ejerce su facultad para solicitar a un Estado
que prevenga daños irreparables a personas en situación de riesgo. El organismo,
que mantiene a Venezuela desde 2002 entre las naciones del continente que
requieren seguimiento especial, adoptó la decisión un mes después de que sus
siete miembros sesionaran en la capital estadounidense.
Sin duda las medidas generarán un
nuevo enfrentamiento entre la CIDH y el gobierno venezolano que lleva años
protestando por lo que llama injerencia de este órgano hemisférico en sus asuntos
internos.
En septiembre 2012 Venezuela
denunció formalmente la Convención Americana de los Derechos Humanos y por lo
tanto salió de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(Corte IDH). Sin embargo, la CIDH, que también hace parte del Sistema
Interamericano de Derechos Humanos, aún tiene potestad y solo terminaría si
Venezuela decide salir de la Organización de Estados Americanos (OEA).
La decisión de la CIDH es motivo de
beneplácito y el mismo amerita ser declarado por esta H. Cámara, a la par que se
impone exhortar al gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a aceptar el
decisorio de la Comisión Interamericana y dar cumplimiento a las medidas
cautelares adoptadas, si es que se considera parte del sistema interamericano y
respeta la vigencia del Estado de Derecho, el cual se halla cuestionado
grandemente y en especial con las arbitrarias detenciones y persecuciones de
dirigentes políticos y sociales opositores, el asesinato a mansalva de jóvenes
manifestantes, la abrogación de la independencia de los poderes legislativo y
judicial y la sumisión de la ciudadanía en un marco de autoritarismo y
miseria.
Pido el acompañamiento de mis pares
a fin de aprobar el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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