PROYECTO DE TP
Expediente 2016-D-2013
Sumario: LEY 25188, DE ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA: INCORPORACION DEL ARTICULO 4 BIS, SOBRE INCLUSION EN LA DECLARACION JURADA PATRIMONIAL LOS PROBLEMAS RELACIONADOS CON LAS ADICCIONES.
Fecha: 15/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
El Senado y Cámara de Diputados...
INCORPORACIÓN
ARTÍCULO 4 BIS A LA LEY 25188
Artículo 1:- incorporar
el artículo 4 bis a ley 25188 y quedara redactado de la siguiente
forma:
Art. 4 bis: Las
personas referidas en art. 5º de ley 25188, deberán presentar una
declaración jurada de adicciones, dentro de los treinta días hábiles desde
la asunción de sus cargos, lo mismo deberán realizar quienes se postulen
a elecciones en cargos electivos.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el sentido que desde el
Poder Ejecutivo Nacional se impulsa la democratización de la Justicia y
en esta cámara de diputados ingreso un proyecto con número 0376 -PE
-2013, por el cual se establece el carácter público y de libre accesibilidad
por internet de las declaraciones juradas, pues entonces me pregunto
señor presidente estamos más preocupados por cuanto tiene o gasta un
funcionario, o un político y no que adicciones acarrea, esto no es invadir
la vida privada de nadie, quien decide participar en política ya sea desde
un cargo ejecutivo o legislativo debe saber bien que su vida privada
pasa a ser publica en todos los sentidos no nos engañemos y digamos las
cosas con toda crudeza y realidad.
En mi provincia se dieron
casos que salieron en la prensa nacional, de funcionarios involucrados en
casos de adicciones y algunas conductas delictivas derivadas como
consecuencias de las mismas.-
Señores legisladores
busquemos solucionar los problemas que tiene nuestra sociedad y no los
problemas de los políticos, por lo expuesto solicito la aprobación y
acompañamiento del presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | SALTA SOMOS TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO |