PROYECTO DE TP
Expediente 2000-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA PROHIBICION DE REALIZAR TRATAMIENTOS ESTETICOS NO INVASIVOS, COMO LA MESOTERAPIA, HASTA TANTO SE INVESTIGUEN SUS RESULTADOS EFECTIVOS O LAS COMPLICACIONES RIESGOSAS PARA LA SALUD.
Fecha: 25/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo, a través de las autoridades competentes, la prohibición de
realización de tratamientos estéticos no invasivos, como la
mesoterapia, hasta tanto se investigue acerca de los resultados
efectivos ó las complicaciones riesgosas para la salud. Asimismo
conocer y registrar si las personas que realizan estos tratamientos
son profesionales de la salud debidamente matriculados en Salud
Pública.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hemos recibido con
suma preocupación la noticia que en Francia, cuna de la Cirugía
plástica y estética, prohibía la ejecución de tratamientos estéticos no
invasivos.
En nuestro País hay
muchos profesionales que coinciden en esto; porque muchos de
ellos no han sido probados científicamente; con el agravante que se
comercializa muchas veces con productos directamente no
recomendados con efectos nocivos para la salud.
Muchos señalan que
son tratamientos alternativos a la liposucción, ya que se trata de
prácticas no quirúrgicas muy extendidas para eliminar la grasa
localizada y la celulitis; pero también sabemos que se venden los
mismos en centros de estética donde no existen profesionales
médicos en su prescripción y tratamiento.
La decisión tomada por
la Dirección General de Sanidad de Francia se basó en un detallado
informe encargado a la Alta Autoridad Sanitaria, a partir de
"complicaciones graves" sufridas por decenas de pacientes. Los
especialistas también pidieron al Ministerio de Salud que reglamente
estos procedimientos, ya que al no ser considerados como
intervenciones médicas, tampoco se encuentran regulados.
Se trata de prácticas
que emplean distintos aparatos e instrumentos para realizar lipólisis
, es decir, destrucción de la grasa : mesoterapia (inyecciones
intradérmicas de sustancias), ultrasonido, electrolipólisis, láser,
carboxiterapia e infrarrojos, entre otras.
"Lo que se prohibió fue
cualquier método de lipólisis que no aspire la grasa disuelta , porque
pueden ser riesgosos si no son realizados por médicos y sin control
previo del paciente -señaló a Clarín el doctor Francisco Famá,
vocero de la Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, Estética y
Reparadora (SACPER)-.
Si no se aspira esa
grasa, tiene que metabolizarla el organismo por vía biliar, o
eliminarla por el riñón. Y eso puede provocar una sobrecarga para el
hígado y/o los riñones ".
"Por ley, cualquier
procedimiento donde deba aplicarse un fármaco a través de la piel,
o introducirlo en el organismo, debe ser realizado por un médico -
subrayó el presidente de la Sociedad Argentina de Dermatología
(SAD), Ricardo Galimberti-; en segundo lugar por un enfermero,
pero sólo por indicación escrita de un médico. Por consiguiente, no
puede hacerlo una cosmetóloga ni un profesor de gimnasia ".
Las direcciones de
Tecnología Médica y de Evaluación de Medicamentos de la ANMAT
"están reuniendo toda información, para ver en qué campo nos
compete tomar una medida al respecto", anticipó a Clarín el
director de Planificación y Relaciones Institucionales del organismo,
Roberto Lede. Agregó que incluso la Agencia Europea de Medicina
(EMA) tiene el tema en observación, "porque son prácticas que
realizan los médicos por su propia decisión, y no hay estadísticas
formales a nivel país donde se pueda contar con datos
confiables respecto de los resultados ".
En Argentina, "estos
procedimientos no siempre están en manos idóneas -insiste el
titular de la SAD-. No pueden hacerse en peluquerías, gimnasios o
centros de belleza, que no están habilitados para eso". El doctor
Lede, por su parte, coincide en que, según la ley Argentina, "son
prácticas médicas, sin ninguna duda". Por lo tanto, si no las realiza
un médico, "sería una práctica ilegal de la medicina" .
Las expresiones antes
descriptas, fundamentan este proyecto, dado que el ANMAT mismo
expresa que son prácticas que realizan los profesionales por
decisión propia, sin estadísticas de resultados y no estudiada, ni
investigada; con el agravante que a veces no son profesionales de
la salud los que la realizan; amerita ser suspendidas como en
Francia, para la investigación científica y registro de todos los que
las practican, con las sanciones y expulsiones
correspondientes.
Por todo lo expuesto,
Sr. Presidente, le solicito a mis colegas que me acompañen en la
firma de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |