PROYECTO DE TP
Expediente 1993-D-2014
Sumario: LEY 14346, DE PROTECCION DE LOS ANIMALES: INCORPORACION DEL ARTICULO 4, SOBRE EXHIBICION EN LOS EDIFICIOS PUBLICOS DE UN CARTEL CON LA LEYENDA "LOS ANIMALES MERECEN NUESTRO RESPETO. EL MALTRATO Y CRUELDAD HACIA ELLOS ESTA PENADO POR LA LEY".
Fecha: 04/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Incorpórese como
artículo 4º de la Ley 14.346 y complementarias, el siguiente:
Artículo 4º.- Dispóngase que en el
ingreso de todos los edificios afectados al funcionamiento de los organismos
públicos y sus dependencias, se debe exhibir un cartel visible al público con la
leyenda: "Los animales merecen nuestro respeto. El maltrato y crueldad hacia ellos
está penado por la Ley".
En el cartel aludido
deben figurar en forma destacada las direcciones y teléfonos de organismos de
asesoramiento jurídico gratuito, aptos para intervenir en las situaciones
penalizadas en los artículos 2º y 3º de la Ley 14.346.
Artículo. 2° - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley nacional 14.346 tipifica como
delito penal el maltrato y la crueldad hacia los animales, integrando el Código
Penal Argentino y no siendo considerados ni como una contravención o un delito
"menor". Fue pionera en su tipo para toda Latinoamérica, mucho antes de la
Declaración de los Derechos de los Animales (1978) de la U.N.E.S.C.O., O.N.U., a
la que Argentina también adhirió.
El respeto hacia los animales es
necesario para evolucionar individualmente como personas y también como
sociedad. Los animales son seres vivos que por su naturaleza y capacidad de sentir
y sufrir, científicamente comprobada, deben ser protegidos y tratados con respeto
por los seres humanos.
En las sociedades modernas existen,
desde hace décadas, movimientos para la defensa y protección de los animales
cuya labor se ha traducido en el desarrollo de varias normativas que cubren
cabalmente los temas de bienestar, protección y defensa animal.
Sin embargo, lamentablemente los
abusos que se cometen en contra de los animales perduran por múltiples factores,
siendo el preponderante la insuficiente educación que recoja cabalmente los
principios de respeto, protección y defensa de los animales que figuran en tratados
y convenios internacionales; para que brinde suficiente protección a los animales
domésticos y a la fauna silvestre en cautiverio.
Como expresara Mahatma Gandhi:
"La grandeza de una nación y su progreso moral pueden ser juzgados por la
manera en que sus miembros tratan a sus animales. Cada vez que se evidencia
una acción de crueldad contra un animal, se puede inferir que allí radica el germen
de una extrema violencia anidada en personas que desconocen que su evolución
depende directamente de su forma de comportarse con los animales.
En la segunda década del Siglo XXI,
ya es tiempo de saldar la deuda de respeto hacia las criaturas que nos acompañan
en la Tierra. Es necesario considerar que el maltrato y crueldad hacia los animales
constituye un alerta sobre otras conductas de violencia que pueden desembocar en
delitos de extrema gravedad social.
La crueldad hacia los animales
comprende una gama de comportamientos que causan dolor innecesario o estrés
al animal. Los mismos van desde la negligencia en los cuidados básicos hasta el
asesinato malicioso. Existen dos tipos de crueldad animal, el maltrato directo, que
consta de la falta intencional en proporcionar los cuidados básicos, la tortura, la
mutilación o el asesinato de un animal, y el maltrato indirecto. Este abuso
innecesario se ha convertido en un problema social de gran dimensión.
Durante décadas se ha afirmado y
estudiado la existencia de vínculos entre la crueldad animal, conductas antisociales
y violencia interpersonal. Se ha expuesto que los abusadores comparten historial
de castigo brutal y rechazo, así como de crueldad hacia los animales y violencia
contra personas. Es frecuente observar que las víctimas de violencia familiar
fueron más propensas a experimentar o presenciar actos de maltrato animal a
diferencia de los individuos que no fueron víctimas de este tipo de violencia
interpersonal. Además, los resultados indicaron que las víctimas de abuso infantil y
violencia doméstica, fueron más propensos a incurrir en prácticas de abuso animal
en algún momento.
Un mejor entendimiento de estos
vínculos, así como educar en el respeto y la consideración, puede ayudar a la
prevención de potenciales víctimas y su reconocimiento permitiría acciones para
promover su bienestar.
Por las razones expuestas, señor
Presidente, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del
presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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