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PROYECTO DE TP


Expediente 1993-D-2014
Sumario: LEY 14346, DE PROTECCION DE LOS ANIMALES: INCORPORACION DEL ARTICULO 4, SOBRE EXHIBICION EN LOS EDIFICIOS PUBLICOS DE UN CARTEL CON LA LEYENDA "LOS ANIMALES MERECEN NUESTRO RESPETO. EL MALTRATO Y CRUELDAD HACIA ELLOS ESTA PENADO POR LA LEY".
Fecha: 04/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Incorpórese como artículo 4º de la Ley 14.346 y complementarias, el siguiente:
Artículo 4º.- Dispóngase que en el ingreso de todos los edificios afectados al funcionamiento de los organismos públicos y sus dependencias, se debe exhibir un cartel visible al público con la leyenda: "Los animales merecen nuestro respeto. El maltrato y crueldad hacia ellos está penado por la Ley".
En el cartel aludido deben figurar en forma destacada las direcciones y teléfonos de organismos de asesoramiento jurídico gratuito, aptos para intervenir en las situaciones penalizadas en los artículos 2º y 3º de la Ley 14.346.
Artículo. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley nacional 14.346 tipifica como delito penal el maltrato y la crueldad hacia los animales, integrando el Código Penal Argentino y no siendo considerados ni como una contravención o un delito "menor". Fue pionera en su tipo para toda Latinoamérica, mucho antes de la Declaración de los Derechos de los Animales (1978) de la U.N.E.S.C.O., O.N.U., a la que Argentina también adhirió.
El respeto hacia los animales es necesario para evolucionar individualmente como personas y también como sociedad. Los animales son seres vivos que por su naturaleza y capacidad de sentir y sufrir, científicamente comprobada, deben ser protegidos y tratados con respeto por los seres humanos.
En las sociedades modernas existen, desde hace décadas, movimientos para la defensa y protección de los animales cuya labor se ha traducido en el desarrollo de varias normativas que cubren cabalmente los temas de bienestar, protección y defensa animal.
Sin embargo, lamentablemente los abusos que se cometen en contra de los animales perduran por múltiples factores, siendo el preponderante la insuficiente educación que recoja cabalmente los principios de respeto, protección y defensa de los animales que figuran en tratados y convenios internacionales; para que brinde suficiente protección a los animales domésticos y a la fauna silvestre en cautiverio.
Como expresara Mahatma Gandhi: "La grandeza de una nación y su progreso moral pueden ser juzgados por la manera en que sus miembros tratan a sus animales. Cada vez que se evidencia una acción de crueldad contra un animal, se puede inferir que allí radica el germen de una extrema violencia anidada en personas que desconocen que su evolución depende directamente de su forma de comportarse con los animales.
En la segunda década del Siglo XXI, ya es tiempo de saldar la deuda de respeto hacia las criaturas que nos acompañan en la Tierra. Es necesario considerar que el maltrato y crueldad hacia los animales constituye un alerta sobre otras conductas de violencia que pueden desembocar en delitos de extrema gravedad social.
La crueldad hacia los animales comprende una gama de comportamientos que causan dolor innecesario o estrés al animal. Los mismos van desde la negligencia en los cuidados básicos hasta el asesinato malicioso. Existen dos tipos de crueldad animal, el maltrato directo, que consta de la falta intencional en proporcionar los cuidados básicos, la tortura, la mutilación o el asesinato de un animal, y el maltrato indirecto. Este abuso innecesario se ha convertido en un problema social de gran dimensión.
Durante décadas se ha afirmado y estudiado la existencia de vínculos entre la crueldad animal, conductas antisociales y violencia interpersonal. Se ha expuesto que los abusadores comparten historial de castigo brutal y rechazo, así como de crueldad hacia los animales y violencia contra personas. Es frecuente observar que las víctimas de violencia familiar fueron más propensas a experimentar o presenciar actos de maltrato animal a diferencia de los individuos que no fueron víctimas de este tipo de violencia interpersonal. Además, los resultados indicaron que las víctimas de abuso infantil y violencia doméstica, fueron más propensos a incurrir en prácticas de abuso animal en algún momento.
Un mejor entendimiento de estos vínculos, así como educar en el respeto y la consideración, puede ayudar a la prevención de potenciales víctimas y su reconocimiento permitiría acciones para promover su bienestar.
Por las razones expuestas, señor Presidente, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL