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PROYECTO DE TP


Expediente 1987-D-2012
Sumario: "EDUCACION AMBIENTAL": SE INCORPORA SU ENSEÑANZA EN EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL.
Fecha: 10/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º: Incorpórese a la currícula educativa de todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, la enseñanza de la siguiente asignatura:
- Educación Ambiental
ARTICULO 2º: El Ministerio de Educación definirá, conjuntamente con el Consejo Federal de Educación, y la asistencia consultiva de los organismos competentes los lineamientos curriculares básicos de las mencionadas asignaturas, que permitan el cumplimiento de lo dispuesto por la presente ley.
ARTICULO 3º: El Ministerio Educación, como órgano de aplicación y organismo rector de la presente ley, deberá implementar políticas de capacitación, perfeccionamiento y actualización docente, así como la producción de material didáctico específico.
ARTICULO 4°: Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 5°: La reglamentación de la presente ley deberá realizarse dentro de los noventa (90) días a contar de su promulgación.
ARTICULO 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Tres grandes temas hacen forman parte de las preocupaciones del mundo actual: la Pobreza, la Violencia y el Medio Ambiente, no solo desde la reflexión de los teóricos, humanistas, etc., sino desde las agendas internacionales que los han posicionado como prioridades básicas.
Todo parece indicar que la solución de estos problemas, o al menos contribuir de algún modo, debe partir de la necesidad de consolidar una nueva cultura, espacio en el cual la educación deberá ser reconocida y valorada como elemento clave.
La Educación Ambiental debe considerarse como el proceso que le permite al individuo comprender las relaciones de interdependencia con su entorno, a partir de un conocimiento reflexivo y critico de su realidad biofísico, social, política, económica y cultural para que, a partir de la apropiación de la realidad concreta, se pueden generar en él, y en su comunidad actitudes de valoración y respeto por el ambiente. Estas actitudes, obviamente, deben estar enmarcadas en criterios para el mejoramiento de la calidad de vida y en una concepción de desarrollo sostenible, entendido este como la relación adecuada entre medio y desarrollo, que satisfaga las necesidades de las generaciones presentes y asegurando el bienestar de las generaciones futuras.
La Carta de Belgrado, realizada en octubre de 1975, propone como meta: "Formar una población mundial consciente y preocupada con el medio ambiente y con los problemas asociados, y que tenga conocimiento, aptitud, actitud, motivación y compromiso para trabajar individual y colectivamente en la búsqueda de soluciones para los problemas existentes y para prevenir nuevos" y los Objetivos de la Educación Ambiental a nivel mundial son:
Toma de conciencia. Ayudar a las personas y a los grupos sociales a que adquieran mayor sensibilidad y conciencia del medio ambiente en general y de los problemas.
Conocimientos. Ayudar a las personas y a los grupos sociales a adquirir una comprensión básica del medio ambiente en su totalidad, de los problemas conexos y de la presencia y función de la humanidad en él, lo que entraña una responsabilidad crítica.
Actitudes. Ayudar a las personas y a los grupos sociales a adquirir valores sociales y un profundo interés por el medio ambiente.
Aptitudes. Ayudar a las personas y a los grupos sociales a adquirir las habilidades necesarias para resolver los problemas ambientales.
Capacidad de evaluación. Ayudar a las personas y a los grupos sociales a evaluar las medidas y los programas de educación ambiental en función de los factores ecológicos, políticos, sociales, estéticos y educativos.
Participación Ayudar a las personas y a los grupos sociales a que desarrollen su sentido de responsabilidad y a que tomen conciencia de la urgente necesidad de prestar atención a los problemas del medio ambiente, para asegurar que se adopten medidas adecuadas al respecto.
La Educación Ambiental se posiciona como una instancia que permite la construcción colectiva de nuestros valores y garantiza en cambio a largo plazo. Para lograr un nuevo ciudadano se requiere de la construcción de un proceso de sensibilización, concientización y participación y que, a través de la Educación Ambiental, el hombre mejore su actuación sobre la naturaleza, haciendo un aprovechamiento sostenible de los recursos que dispone y a los cuales tiene acceso.
Es preciso garantizar la Política de Educación Ambiental en todo el territorio argentino, sobre la base de los principios de la preservación del ambiente, el mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo sustentable, conforme lo dispuesto en el Articulo 41 de la Constitución Nacional y las disposiciones especificas de las leyes 25.675 -Ley General del Ambiente- y 26.206 -Ley de Educación Nacional- y los tratados y acuerdos internacionales en la materia, suscritos por el país.
La Política de Educación Ambiental debe formar ciudadanos y ciudadanas éticas frente a la vida y al ambiente que los rodea; por lo que solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación de este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARNERO, ESTELA RAMONA CORDOBA CORDOBA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA