PROYECTO DE TP
Expediente 1953-D-2011
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY 23349; DEVOLUCION DEL IVA A BENEFICIARIOS DE PLANES SOCIALES O ASISTENCIALES, INCLUIDA LA ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO PARA LA PROTECCION SOCIAL, QUE ABONEN SUS COMPRAS CON TARJETAS DE DEBITO.
Fecha: 19/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
El Senado y Cámara de Diputados...
Devolución del Impuesto al Valor
Agregado
Artículo 1.- Las personas beneficiarias
de planes sociales o asistenciales, incluida la Asignación Universal por Hijo para la
protección social, otorgados por el gobierno nacional, los gobiernos provinciales o
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en carácter de consumidores finales
abonen sus compras de bienes y servicios mediante tarjetas de débito emitidas por
las entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificaciones, les
será retribuido el monto correspondiente al (cien) 100% del Impuesto al Valor
Agregado abonado.
Artículo 2.- La Administración Federal
de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas, será la autoridad de aplicación, y deberá dictar las normas
reglamentarias necesarias para poner en vigencia el presente régimen.
Artículo 3.- Invitase a las Provincias y
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene por
objeto establecer un mecanismo de devolución del total del Impuesto al Valor
Agregado a las personas beneficiarias de programas y planes sociales
implementados tanto por el Gobierno Nacional, como por los Gobiernos
Provinciales y de la Ciudad Autónoma, que realicen sus compras a través del
mecanismo de tarjetas de débito.
Este proyecto toma como base el
texto del que fuera presentado en abril del 2009 bajo el número de expediente
1826-D-2009, e incorpora de manera específica a los beneficiarios de la Asignación
Universal por Hijo creada por el DNU 1602/09, que si bien fue clara la posición de
la Coalición Cívica que dista mucho de ser un programa de alcance universal, que
cuenta con un financiamiento que es absolutamente regresivo, y representa una
copia muy imperfecta del Ingreso Ciudadano para la Niñez (INCINI), que hace más
de catorce años que impulsamos como un derecho ciudadano, no queremos excluir
a dichos beneficiarios del aumento que representaría en el monto que perciben en
concepto de asignación, la restitución del IVA que estamos proponiendo en este
proyecto.
En los últimos años los diferentes
programas y planes sociales instrumentados por la Nación y las jurisdicciones
provinciales tienen como modalidad de cobro de los beneficios, las tarjetas de
débito, en las cuales se deposita el ingreso monetario de los mismos.
El mecanismo de devolución de IVA
vigente prevé la restitución del 4,13% para todas las operaciones comerciales
inferiores a los $1.000 que se abonen con tarjetas de débitos, mientras que en
este proyecto de ley se propone implementar un mecanismo exclusivamente para
los destinatarios de planes sociales, que consiste en la devolución del 100% del
IVA abonado por las compras que realicen con las tarjetas que les suministran
para el pago de tales beneficios, como una forma de mejorar el monto de la
asignación recibida.
En un contexto en que el aumento de
la tasa de inflación de los últimos años tendió a erosionar significativamente el
poder adquisitivo de la población de menores recursos, se considera importante
buscar los mecanismos que permitan mitigar esta situación, que sin lugar a dudas
está relacionado con la actualización del monto de los beneficios recibidos, pero
como reconocemos que ello no se está dando, proponemos que por lo menos a
través de la devolución IVA puedan recibir una mejora relativa de los mismos.
Aunque una de las grandes banderas
del gobierno actual es la política social, el dinamismo que está adquiriendo en los
últimos años la tasa de inflación no han originado mejoras significativas en las
condiciones de vida de miles de familias en situación de pobreza, ya que aunque
se implementaron una serie de planes sociales, ello no se tradujo en un cambio
sustancial en términos de distribución de la riqueza y ascendencia social. Así
aunque el gobierno no lo quiera reconocer con estos niveles de inflación se
terminó echando por tierra gran parte de los beneficios que se habían
logrado.
Los datos oficiales dan cuenta que el
índice de pobreza era en el 2010 del 12% y el de indigencia del 3,1%, pero la
mayoría de las mediciones que toman como base de comparación los datos
elaborados tanto por las direcciones de estadísticas provinciales como por
diferentes entidades privadas, ubican a la pobreza en alrededor del 30% y a la
indigencia en el 12%. Tampoco la distribución del ingreso muestra mejoras
significativas, ya que continúa persistiendo una concentración importante de la
riqueza, en donde el 10% de la población con mayores ingresos concentra el 33%
del ingreso total, mientras que el 10% más pobre sólo tiene el 1,5%. Así la brecha
entre la participación de ambos segmentos en la distribución de la riqueza es de 22
veces.
Por último cabe mencionar que desde
la Coalición Cívica sostenemos la necesidad de una reforma integral del sistema
tributario argentino que promueva un esquema tributario con mayor equidad y
progresividad, en este sentido es necesario incrementar la participación de los
impuestos directos sobre el total de la recaudación ya que estos captan mejor la
capacidad contributiva de los ciudadanos que los indirectos, entre los cuales se
encuentra el IVA cuyo impacto es más fuerte en los sectores vulnerables de la
población que destinan la mayor parte de sus ingresos al consumo.
Por todo lo expuesto solicito el
acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
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Comisión |
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