PROYECTO DE TP
Expediente 1940-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA HOMOLOGAR EL DECRETO N 79-7-111-14 PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL N 3092 DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA QUE DECLARA LA EMERGENCIA AGROPECUARIA POR LA SEQUIA EN LAS EXPLOTACIONES GANADERAS Y GANADERO - AGRICOLAS AFECTADAS EN LOTES DE DEPARTAMENTOS EN EL SUR, CENTRO Y OESTE DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA.
Fecha: 03/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que proceda a homologar el Decreto Nº 79-7-III-14 publicado en el Boletín Oficial
Nº 3092 de la Provincia de La Pampa que declara la Emergencia Agropecuaria por
sequía en las explotaciones ganaderas y ganadero-agrícolas afectadas en lotes de
departamentos en el sur, centro y oeste de la Provincia de La Pampa cuya
nominación y ubicación catastrales se detallan en el artículo 2 del presente, desde
el 3 de febrero del 2014 hasta el 31 de diciembre del 2014
Los lotes afectados a la emergencia y/o
desastre agropecuario son los siguientes:
Departamento Hucal: Sección IV,
fracción A, Lote 2;
Departamento Loventue:
Sección VIII, fracción A, Lote 23,
Sección VIII, fracción D, lotes 2 y
3,
Sección IX, fracción A, lote10;
Sección XIV, fracción A, lotes 7 y 8;
Departamento Utracan:
Sección III, fracción A, lote 11,
Sección IX, fracción A, lotes 11,14 y 20
al 22 ,
Sección IX, fracción B, lote14,
Sección IX, fracción C, lote 8,
Sección IX, fracción D, lotes 1, 2 y 10,
Sección XIV, fracción A, lotes 11 al
14,17 al 20, 23 Y 24,
Sección XIV, fracción D, lotes 3,4 Y 7;
Departamento Lihuel-Calel: Sección X,
Fracción B, lote 6;
Departamento CHALILEO; Sección
XVIII, Fracción A, lotes 6 al 9, 12 al 19, 23 y 25.
Sección XVIII, fracción B, lotes 9 al 12,
14, 17 y 19 al 22
Sección XVIII, fracción C, lotes 1 al 4,
7,11,13,16,20,21,24 y 25;
Sección XVIII, fracción D, lotes 14 al 17
y 25;
Departamento Lima y Mahuida:
Sección XIX, fracción A, lotes 5 al
7;
Sección XIX, fracción B, lotes 1 al 8, 14
al 17 y 24;
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene como
finalidad solicitar al Poder Ejecutivo Nacional la homologación de la declaración de
Emergencia Agropecuaria dispuesta por el Gobierno de la Provincia de La Pampa
mediante el dictado del Decreto Número 78-7-III-14 publicado en el Boletín Oficial
3092 a fin de que se apliquen los beneficios previstos por la Ley 23.509 a los
productores agropecuarios cuya actividad se desarrolla en las zonas declaradas
en emergencia.
Mediante la Ley Número 26.509 se
crea el Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y
Desastres Agropecuarios. Para que sean aplicables los beneficios de esta ley a
los productores agropecuarios afectados la declaración provincial o municipal
debe ser homologada a nivel nacional.
Cabe destacar que el dictado del
decreto provincial fue producto de exhaustivos relevamientos y de un trabajo
pormenorizado en el área afectada a fin de saber, en base a informes técnicos, el
estado real de situación de los distintos departamentos provinciales.
Todo esto quedó plenamente demostrado en los trabajos y análisis realizados por
distintos organismos e instituciones con directa injerencia y capacidad técnica en
la materia, como lo son los Técnicos del Instituto Nacional de Tecnología
Agropecuaria (INTA), autoridades del Banco de La Pampa, Banco Nación y
Dirección de Rentas de la Provincia quienes, junto a Diputados Provinciales,
miembros del Ministerio de la Producción de la Provincia de La Pampa y dirigentes
de distintas Instituciones Agropecuarias formaron parte de la Mesa de Emergencia
que por consenso decidió recomendar con urgencia al Gobernador decretar la
emergencia agropecuaria en distintos lotes de departamentos en el sur, centro y
oeste de la Provincia de La Pampa descriptos detalladamente en el artículo 2 del
presente proyecto de ley.
Frente a sequías prolongadas, altas
temperaturas y fuertes vientos que persistieron durante los meses de diciembre,
enero y febrero y aún hoy se presentan, el Ministerio de la Producción de la
Provincia de La Pampa realizó la propuesta de Emergencia que fue plenamente
comprobada en varias recorridas y reuniones con productores y referentes de
distintas regiones y formaron la base de los profundos y documentados trabajos
efectuados por los Técnicos y Subsecretarios de Asuntos Agrarios.
Miles de hectáreas en distintos puntos
de la Provincia de La Pampa han sido arrasadas por el fuego resultado de la
sequía y altas temperaturas entre un 20 y un 30 % superiores al promedio
histórico, generando situaciones extremas, por lo que la homologación del Decreto
provincial requiere un tratamiento urgente acelerando así la aplicación de una ley
que ayudará a paliar los daños en las zonas afectadas minimizando de este modo
el impacto futuro sobre los distintos actores de la producción.
De este modo, y tal como lo establece
el mencionado decreto, la declaración de emergencia será aplicable a los ciclos
productivos hasta el 31 de diciembre del 2014 pudiendo ser prorrogado por el
Poder Ejecutivo Nacional.
Es necesario destacar que un principio
básico de solidaridad y asistencia exige tanto al Estado Nacional como al
Provincial acudir en auxilio de zonas que se han visto expuestas a situaciones
climáticas de tipo extraordinarias y que afectan su misma subsistencia.
Cabe destacar que el 50 % del PBI de
la Provincia de La Pampa proviene de la actividad agrícola ganadera y esta
situación tiene directo impacto en las comunidades del interior de la provincia. Sin
el mínimo auxilio financiero que se otorga por la ley 26.509, muchas de estas
comunidades estarían condenadas a su misma extinción ante la falta de recursos
que les permita recomponerse.
Constituye un pilar fundamental de
nuestra vida en comunidad, el principio de la solidaridad social entendido como un
deber indelegable del Estado y que debe ser ejercido con la debida premura y
responsabilidad para atender situaciones extraordinarias como la aquí planteada.
Es este principio el que inspira el presente Proyecto de Ley para que el Estado
garantice la satisfacción de las necesidades básicas de las comunidades
afectadas.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares y a esta Honorable Cámara la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
TORROBA, FRANCISCO JAVIER | LA PAMPA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |