PROYECTO DE TP
Expediente 1931-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES EN FORMA MENSUAL AL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES- Y DEL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE JUBILACIONES.
Fecha: 23/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Que hasta tanto se constituya la Comisión
bicameral creada por ley Nº 26425 convóquese en forma mensual, por intermedio del
Poder Ejecutivo al Sr. Director Ejecutivo del ANSES y al Sr. Jefe de Gabinete de
Ministros, en este último caso sin perjuicio de lo establecido en el art.101 de la
Constitución Nacional a que concurran a la Cámara de Diputados con el objeto de
rendir informe sobre lo siguiente:
1) Cual es el superávit al sistema de
jubilaciones, su origen, composición, destino y en su caso el resultado.
2) Cuáles son los motivos por los que no
se tiene acceso a la información pública de ese organismo vinculada con sus nuevas
funciones.
3) Si se encuentra constituido y en
funcionamiento el Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema
previsional. Si no fuera así indicar los motivos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante los últimos tiempos la
Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ha tenido un importante
superávit en su estructura financiera. El destino de estos fondos excedentes resultó
diverso; se realizaron diferentes tipos de inversiones en el sector financiero, se
financiaron proyectos de infraestructura y proyectos productivos, y también se
utilizaron esos fondos para financiar al Tesoro del Gobierno Nacional. Una muestra de
este último punto puede observarse en la Resolución Conjunta 14/2008 y 6/2008 de la
Secretaría de Hacienda y Secretaría de Finanzas en la cual se aprueba la emisión de
Letras del Tesoro en pesos a ser suscriptas por la Administración Nacional de la
Seguridad Social por hasta un monto de $ 1.600.000.000.
El superávit del organismo se encuentra
hoy magnificado a partir de la estatización del sistema de jubilaciones. Esta acción
trasfirió a la Administración Nacional de la Seguridad Social activos por $94.000
millones (10% del PBI) y flujos de aportes anuales por $13.000 millones (1,5% del
PBI).
A pesar de la importancia del organismo
en función a los activos y fondos que maneja; actualmente no existe ningún tipo de
mecanismo mediante el cual se brinde información pública respecto de como se utilizan
estos fondos y ahorros de los contribuyentes. Las estadísticas están totalmente ausentes
en la página Web del organismo, en un contexto en el cual la Anses ha traspasado
ampliamente la finalidad básica de administrar el sistema nacional de previsión social.
Que no se conoce que el Consejo del
Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema previsional establecido por ley
26425 se encuentre constituido y funcionando y que aún no se ha constituido
la Comisión Bicameral de Control de los Fondos de la Seguridad Social creada
por la misma norma.
Por ello se hace indispensable
hasta tanto se constituya dicha Comisión que este congreso tenga acceso a la
información que se indica en el presente proyecto con el objeto de cumplir el
rol que la Constitución le ha atribuido.
Resulta por otro lado esencial que
el Señor Jefe de Gabinete cumpla con la responsabilidad política que tiene ante
este Honorable Congreso de la Nación en virtud de lo establecido en el art. 100
de la Constitución Nacional y teniendo en cuenta los efectos previstos en el art.
101 de nuestra Carta Magna.
Por las razones expuestas se solicita a
nuestros pares la aprobación de la presente resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MONTERO, LAURA GISELA | MENDOZA | CONSENSO FEDERAL |
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | CONSENSO FEDERAL |
SCALESI, JUAN CARLOS | RIO NEGRO | CONSENSO FEDERAL |
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