PROYECTO DE TP
Expediente 1918-D-2014
Sumario: JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA, CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE SANTA FE: CREACION
Fecha: 03/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º- Créase un JUZGADO
FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA con asiento en la ciudad de SAN LORENZO,
Provincia de SANTA FE el que funcionará con DOS (2) Secretarias, UNA (1) con
competencia en materia
criminal correccional y la otra en lo civil, comercial, laboral, tributario, de la
seguridad social y contencioso administrativo, respectivamente.
ARTICULO 2º- El juzgado que se crea en virtud del artículo 1º, tendrá competencia
territorial en los departamentos de SAN LORENZO, IRIONDO, BELGRANO, VILLA
CONSTITUCIÓN y CASEROS, todos ellos de la provincia de SANTA FE.
ARTICULO 3º- Modificase la competencia territorial de los Juzgados Federales de la
Ciudad de ROSARIO, de la que quedarán excluidos los departamentos referidos en
el artículo 2º de la Presente Ley.
ARTICULO 4º- Créanse UNA (1) Fiscalía de Primera Instancia y UNA (1) Defensoría
Pública Oficial, que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia, creado
por la Presente Ley, ambas con asiento en la Ciudad de SAN LORENZO, Provincia
de SANTA FE
ARTICULO 5º- El Juzgado Federal de la Ciudad de ROSARIO remitirá al Juzgado
que se crea en virtud de esta Ley, previo consentimiento de las partes en juicio,
las causas en trámite que le correspondan según la jurisdicción territorial
establecida, con excepción de las causas penales y de las que se encuentren en la
etapa de sentencia.
ARTICULO 6º- La CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO ejercerá la
Superintendencia y será Tribunal de Alzada del Juzgado que se crea en el artículo
1º.
ARTICULO 7º- Créanse los cargos de Juez, Secretarios del Juzgado, Fiscal de
Primera Instancia, Defensor Público Oficial, y los de los funcionarios y empleados
que se detallan en el ANEXO I, que forma parte de la presente Ley.
ARTICULO 8º- La presente Ley se implementará una vez que se cuente con el
crédito presupuestario necesario para la atención del gasto que su objeto
demande, el que se imputará a los presupuestos del PODER JUDICIAL DE LA
NACIÓN, del MINISTERIO PUBLICO FISCAL y del MINISTERIO PUBLICO DE LA
DEFENSA.
ARTICULO 9º- Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen para
desempeñarse en los órganos judiciales y en los ministerios públicos creados, solo
tomarán posesión de sus respectivos cargos, cuando se de la condición financiera
precedentemente establecida.
ARTICULO 10º- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Creación del juzgado de San
Lorenzo es una necesidad insoslayable .Los Departamentos de San Lorenzo,
Belgrano Iriondo, Villa Constitución y Caseros, dependen del Juzgado de Rosario,
con todas las incomodidades y desventajas que tal situación acarrea.
Por un parte,: La ciudad de Rosario,
ha sido una de las ciudades que más ha crecido en la Argentina, la misma se ha
convertido en el centro de la explosión , agrícola industrial de los últimos 15 años,
el aumento de su población y la compleja trama urbana, productiva-comercial y
social, ha devenido en una sociedad con múltiples conflictos y el aumento de
demandas, causas y arbitrajes, han tenido un crecimiento exponencial
repercutiendo en el atosigamiento y lentitud de los tribunales de la ciudad de
Rosario,
Por otra parte: es de público
conocimiento, el fenómeno más reciente, que se manifiesta el aumento de causas,
que tienen por origen el cometido de delitos federales en la ciudad de Rosario y su
zona de influencia. Los delitos vinculados a la trata, al lavado de dinero, al
narcotráfico, a la evasión de los tributos aduaneros y de la A.F.I.P. en general, han
impactado sobre los ya demorados tribunales de los juzgados federales con sede
en el Departamento de Rosario.
Los cinco Departamentos
mencionados: San Lorenzo, Caseros, Belgrano, Villa Constitución e Iriondo, que se
encuentran en la jurisdicción del juzgado federal de Rosario, sufren estos
inconvenientes en forma agravada, porque a los conflictos de Rosario, le agregan
los propios.
Esta región ha crecido del mismo
modo y velocidad que la ciudad de Rosario y en ellas también se ha manifestado la
repetida ocurrencia de delitos Federales.
La creación del Juzgado Federal en la
Ciudad de San Lorenzo, cumpliría con varios fines, que son responsabilidad del
estado realizarlos.
El acceso a la justicia. Los ciudadanos
que viven en estos 4 departamentos, se ven privados de un acceso adecuado y
verosímil a la justicia, no solo por la distancia, a los tribunales de Rosario, en
algunos casos llegan a estar a más de 200 km., sino que el abarrotamiento de
causas en Rosario, impide obtener las justas reparaciones en tiempo y forma. Es
popular el dicho en este sentido. "La justicia cuándo es tarde no es justicia".
La persecución y juzgamiento de los
delincuentes: Es tarea esencial del estado brindar seguridad a sus habitantes, esta
debe proveerse, con las garantías necesarias, que brinda la persecución del delito
con la ley en la mano, Las garantías que deben asegurarse en este cometido, son
imprescindibles, así como la justa reparación a las víctimas, cuya satisfacción
mayor se ve reflejado en la condena y su debido cumplimiento, lejos está de que
estos propósitos se verifiquen en la realidad cotidiana, si los tribunales están
abarrotados y lentos en el trámite de sus causas.
No es casual que el aseguramiento
del estado de derecho, se vea desbordado por varios lados. Por los delincuentes,
que poniendo en estado de zozobra a la población, eluden a la ley y quienes
angustiados ante la impotencia, reaccionan violando la ley y haciendo justicia por
mano propia, con el espantoso escándalo de los linchamientos públicos. Que
agravan el estado de las injusticias y el clima de inseguridad
Proveer de fuerzas policiales
necesarias, y de estrategias persecutorias y de investigación es una parte del
combate a la inseguridad, La misma no es completa si la justicia federal
organizada no actúa plenamente.
Para los ciudadanos de la Provincia de
Santa Fe y de los departamentos de San Lorenzo, Iriondo, Villa Constitución,
Caseros y Belgrano, es vital la creación de este Juzgado Federal y para el estado
provincial de Santa Fe, una gran ayuda que complementa la obligación de proveer
de justicia y seguridad a sus habitantes.
Ponemos a consideración un Proyecto de Ley tendiente a la creación de un
Juzgado Federal de Primera
Instancia con asiento en la Ciudad de SAN LORENZO, Provincia de SANTA FE.
Esta medida ha sido propiciada por fuerzas vivas del área de influencia de SAN
LORENZO.
Existen numerosos antecedentes Legislativos con igual objeto a la presente
iniciativa.
El Juzgado que se crea funcionará con dos SECRETARIAS, de las que UNA tendrá
competencia en asuntos criminales y correccionales, y la OTRA contará con
competencia en asuntos civiles, comerciales, laborales, de la seguridad social,
tributarios y contencioso administrativo.
Ejercerá la Superintendencia y será Tribunal de Alzada del nuevo Juzgado Federal
la CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO.
Se dispone además la creación de una Fiscalía de Primera Instancia y de una
Defensoría Pública Oficial que actuarán ante el Juzgado Federal, con asiento en la
ciudad de San Lorenzo.
Asimismo, se establece en el artículo 8º del proyecto que la presente ley se
implementará una vez dispuestos los créditos presupuestarios que la medida
demande para atender los gastos que ocasione, y se condiciona a dicho requisito
financiero la toma de posesión en sus cargos por los magistrados, funcionarios y
empleados que se designen para desempeñarse en aquellos órganos.
Por lo expuesto, solicitamos se sancione la presente iniciativa.
ANEXO
PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS Juez Federal de Primera Instancia 1 Secretario de Juzgado 2 PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO Oficial Mayor 2 Oficial 2 Escribiente 2 Escribiente Auxiliar 2 Auxilia 2 Auxiliar Administrativo 2 PERSONAL DE SERVICIO, OBRERO Y MAESTRANZA Ayudante 2 MINISTERIO PUBLICO FISCAL MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS Fiscal de Primera Instancia 1 PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO Oficial Mayor 1 Oficial 1 Escribiente 1 Escribiente Auxiliar 1 Auxiliar 1 Auxiliar Administrativo 1 PERSONAL DE SERVICIO, OBRERO Y MAESTRANZA Ayudante 1 MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS Defensor Público Oficial 1
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y
TÉCNICO
Oficial Mayor 1
Oficial 1
Escribiente 1
Escribiente Auxiliar 1
Auxiliar 1
Auxiliar Administrativo 1
PERSONAL DE SERVICIO, OBRERO Y MAESTRANZA
Ayudante 1
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BARLETTA, MARIO DOMINGO | SANTA FE | UCR |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
CARRIZO, ANA CARLA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SUMA + UNEN |
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
AGUILAR, LINO WALTER | SAN LUIS | COMPROMISO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RICCARDO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA ANA CARRIZO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ZABALZA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO AGUILAR (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0864-D-16 |