PROYECTO DE TP
Expediente 1910-D-2007
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA: MODIFICACION DEL ARTICULO 101 QUINQUIES, SOBRE FUNCIONES Y COMPETENCIA DE LA COMISION DE LIBERTAD DE EXPRESION.
Fecha: 02/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Modificar el artículo 101 (quinquies)
del reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación, el que quedará redactado
de la siguiente forma:
Artículo 101 (quinquies) - LIBERTAD
DE EXPRESIÓN
Compete a la Comisión de Libertad de
Expresión asesorar y dictaminar en toda legislación o norma jurídica de cualquier
orden que sea atinente a la libertad de expresión, de las ideas y creencias que
garantiza la Constitución Nacional, tendiendo al respeto y la seguridad de quienes
se manifiesten por cualquier medio, con arreglo a las disposiciones vigentes, tanto
las resultantes de la Carta Magna, cuanto las contenidas en los tratados
internacionales suscriptos por la República; expresadas en declaraciones y
compromisos con organizaciones de derecho internacional o con países en
particular, a las cuales adhiera la Nación. Para el cumplimiento de sus fines, la
Comisión deberá recopilar las informaciones referidas a su competencia
y presentar un informe anual parlamentario con todas las denuncias
recepcionadas durante el período legislativo ordinario, así como también
de los pedidos de informe elevados al Poder Ejecutivo y sus
correspondientes respuestas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El derecho a decir y el derecho de las
sociedades a ser informadas son ajenos, como cultura política, a nuestra tradición
histórica, dominada por más de medio siglo por el autoritarismo. Alcanza con
mostrar que el primer acto de las tiranías es imponer la censura para reducir el
poder al que se teme: la opinión pública. Por otro lado, con la llegada de la
democracia, la sociedad consumió su mayor energía en la revisión y el castigo del
pasado de terror, pero postergó la construcción de una auténtica cultura de
ciudadanía conocedora de sus derechos.
La Comisión de Libertad de Expresión
es un fiel reflejo de este proceso, dominada antes por la denuncia que por el
trabajo formativo, educativo, de los derechos consagrados por nuestra
legislación y los compromisos asumidos por nuestro país ante la comunidad
internacional a respetar y garantizar la libertad de expresión y opinión de toda
persona. De lo que se trata ahora es de que los ciudadanos usufructúen esos
derechos. Y para que los derechos sean efectivos, la información es una condición
esencial. No sólo para medir el real estado de la libertad de expresión en nuestro
país sino para promover acciones que jerarquicen a esta Comisión.
Si el estado de la libertad expresión
es un buen barómetro para medir la calidad democrática de una sociedad, el
trabajo de la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados
debiera servir, también, como medida de la calidad institucional de nuestro
país.
Por todo lo expuesto, solicitamos la
aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TATE, ALICIA ESTER | SANTA FE | UCR |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | PARTIDO NUEVO CONTRA CORRUP. POR HONEST. Y TRANSP. |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
LIBERTAD DE EXPRESION |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/05/2007 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |