PROYECTO DE TP
Expediente 1902-D-2009
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LOS CORTES INTENCIONALES DE FIBRA OPTICA PERPETRADOS EL DIA 9 DE ABRIL DE 2009 EN LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, DEJANDOLA PARCIALMENTE INCOMUNICADA.
Fecha: 23/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar preocupación por los cortes
intencionales de fibra óptica perpetrados el día jueves 9 de abril de 2009 en la provincia
de Tierra del Fuego, dejándola parcialmente incomunicada por más de 15 horas
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El motivo de este pedido es expresar una
profunda preocupación por el grave delito cometido en la Provincia de Tierra del Fuego
el día 9 de abril de 2009. En esa fecha se realizaron cinco cortes en la red de fibra
óptica, dos de ellos al norte de la ciudad de Río Grande, y los tres restantes al sur de la
ciudad, cercanos a la localidad de Tolhuin, los cuales provocaron la sumisión de la
provincia a un estado de crisis operativa y comunicacional.
El incidente afectó el servicio de banda
ancha en amplias zonas de las Ciudad de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin, desde las
2.30 de la madrugada cuando se produjo el corte del enlace principal hasta las 21.30
horas, cuando pudo ser restituido el servicio en su totalidad.
La intencionalidad de los cortes ha sido
confirmada por Telefónica de Argentina, la cual comunicó que habían sido realizados
"por terceros ajenos a la empresa". Ello nos permite calificar el hecho de sabotaje, el
cual está ligado a conflictos gremiales internos de la provincia.
Nuestra preocupación central es que el
mecanismo delictivo adoptado haya tomado como objeto a las redes de comunicación,
convirtiendo en rehenes a toda la población de la provincia, pues no sólo fue afectada
la administración pública sino también el sector privado, dado que sufrió la mayor parte
de las consecuencias al encontrarse sin servicios de comunicación ni redes
informáticas, sumamente necesarias para desarrollar su actividad laboral.
El corte de la fibra óptica provocó pérdidas
millonarias, tal como lo hicieron saber comerciantes de todos los rubros. "El hecho de
no poder operar con tarjetas de crédito o débito hizo que se perdieran ventas que en
algunos casos en un solo comercio llegaron a más de 10 mil pesos". Turismo, pasajes,
reservas, supermercados, tiendas, artículos del hogar, farmacias, casas de regalos,
chocolaterías, transporte aéreo, hoteles, restaurantes: "Todo un sector de la sociedad
perjudicado por un grupo de delincuentes que ahora todo el mundo espera sean
descubiertos en el menor tiempo posible" (1) .
Ante la justicia hemos solicitado que se
encuentren y condenen a los responsables de una conducta claramente tipificada en el
Código Penal que sanciona los hechos que atentan contra las redes de
comunicaciones (Título VII, Delitos contra la Seguridad Pública, Capítulo II, Delitos
contra la seguridad de los medios de transporte y de comunicación). Los artículos 192,
194 y 197 (actualizado por la ley de Delitos Informáticos, que nos permite incluir las
comunicaciones digitales dentro del tipo penal) que sancionan la interrupción y el
entorpecimiento de las comunicaciones:
"ARTICULO 197. - Será
reprimido con prisión de seis (6) meses a dos (2) años, el que interrumpiere o
entorpeciere la comunicación telegráfica, telefónica o de otra naturaleza o resistiere
violentamente el restablecimiento de la comunicación interrumpida."
Se suma a nuestra preocupación el
antecedente más reciente de sabotaje contra las redes de comunicación que sucedió
en Tierra del Fuego en el año 2007. En aquella ocasión también se registraron cinco
cortes intencionales entre los días 14 y 15 de junio, 72 horas antes de llevarse a cabo
las elecciones provinciales.
La intencionalidad política del
delito en esa oportunidad también fue clara y estuvo ligada a evitar la difusión de
determinado material, lo cual, además de representar un delito contra la seguridad
pública, se encuadra en una violación al derecho a la comunicación en la medida en
que la fibra óptica es un canal de transporte de informaciones y opiniones. En ese
sentido, las redes digitales también están protegidas por el Artículo 13 de la
Convención Americana de Derechos Humanos: "No se puede restringir el derecho de
expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o
particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y
aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios
encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones".
La intención de la presente declaración es
expresar, como legisladores, nuestra profunda preocupación por los cortes ocurridos.
Pero también, debemos llamar la atención sobre la recurrente modalidad de sabotear
las redes digitales como vía de entorpecer las comunicaciones o el funcionamiento de
un organismo administrativo, tal como ha ocurrido en la provincia de Tierra del Fuego.
El hecho de que la fibra óptica se convierta en un objeto sobre el cual perpetrar un
delito debe ponernos en alerta respecto de su importancia para el funcionamiento de la
sociedad y de la consecuente necesidad de protegerla con todas las herramientas a
nuestro alcance.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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20/04/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
01/06/2010 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0418/2010 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION | 10/06/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 128 (2010), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | 17/03/2010 | |
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 29/06/2010 | APROBADO |