PROYECTO DE TP
Expediente 1894-D-2009
Sumario: EXPRESAR ADHESION AL "DIA NACIONAL DE LA DONACION DE ORGANOS", A CELEBRARSE EL 30 DE MAYO DE CADA AÑO.
Fecha: 23/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su adhesión al
"Día Nacional de la Donación de Órganos", que se celebra el 30
de mayo de cada año, instituido por el Decreto 1079/97.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Adherirnos a éste día, es
celebrar la vida, reflexionar sobre la oportunidad de darle vida a una
persona mediante un transplante, y entender la importancia que todos
seamos posibles donantes.
Se eligió este día por el
nacimiento del hijo de la primera paciente trasplantada adulta en el
Hospital Dr. Cosme Argerich.
Este hecho es tomado
para simbolizar la posibilidad de dar vida tras haber recibido un
trasplante. La donación de órganos permite no sólo salvar seres
humanos o mejorar su calidad de vida, sino también dar continuidad al
ciclo vital. Con este fin, los pacientes trasplantados y en lista de
espera organizan actividades para trasmitir el mensaje solidario, en
pos de una comunidad donante.
Fue decretado por el
presidente de la Nación durante el acto inaugural de la Fundación
Argentina de Trasplante Hepático. Decreto 1079/97 Declárase el 30 de
mayo de cada año como "Día Nacional de la Donación de
Órganos".
La donación de órganos
no sólo implica prolongar una vida, sino también ayudar a quien recibe
un transplante para que tenga la oportunidad de seguir viviendo y de
mejorar su calidad de vida.
El 30 de mayo, fecha
elegida para esta celebración mediante el decreto 1079/97 del Poder
Ejecutivo Nacional, es también un ejemplo de lo que se puede lograr
mediante la donación de órganos, ya que se instituyó este día en
conmemoración del nacimiento del hijo de la primer mujer a la que se
le realizó un transplante hepático en un hospital público de Argentina.
Sin el acto generoso de una familia en un momento crítico, esta mujer
no hubiera podido continuar con su vida ni dar vida.
Al entrar en vigencia la
Ley del Donante Presunto, a raíz de las modificaciones que se le
hicieron a la Ley de Transplante 24.193, (por Ley 26066 - artículo 5)
se incorporó la figura del consentimiento presunto para las donaciones
de órganos. Ahora las personas fallecidas mayores de edad son
consideradas "Donantes", con excepción de quienes manifiestan en
forma expresa su oposición.
El presidente de
INCUCAI, Dr. Carlos Soratti, manifestó que "esta actualización se
produce porque la necesidad de transplante deja de ser un hecho
individual para ser un problema del conjunto de la sociedad"; ya que
en nuestro país hay más de 5000 pacientes esperando por un
transplante de órganos y 3000 de córneas.
La nueva legislación creó
un registro de expresión que recoge tanto la voluntad positiva como
aquella de oposición a la donación. Cualquier ciudadano que lo desee
puede incorporarse a él acudiendo a las oficinas del Registro Civil o a
la Sección de Documentación de la Policía Federal.
Otra posibilidad para
manifestarse, sólo disponible para asentar la negativa a donar, es
enviando un telegrama gratuito desde cualquier oficina del Correo
Argentino. En caso de que no se registre la manifestación expresa en .
vida, se consulta a la familia para que brinde testimonio sobre la
voluntad de la persona fallecida.
Ahora bien, para que
cuando llegue el momento la donación sea efectiva, la gente tiene que
entender bien de qué se trata y para lograr esto el medio más
eficiente para crear conciencia acerca de la donación sigue siendo la
educación, de que la población entienda que este es un acto
voluntario, solidario y desinteresado hacia los demás, y que sobre
todas las cosas es necesario para salvar vidas.
¿Qué es el transplante de órganos?
* Es un tratamiento que
el médico indica cuando se ha agotado TODA otra posibilidad de
curar.
* Es el reemplazo de un
órgano vital (o tejido) enfermo, sin posibilidad de recuperación, por
otro sano.
* Sólo es posible gracias
a la voluntad de aquellos que solidariamente dan su consentimiento
para la donación.
¿Se pueden donar
órganos en vida?
- Sólo en casos de
extrema necesidad y ante la falta de donantes cadavéricos.
* Debe existir un vínculo familiar de acuerdo a la legislación vigente
(Ley 24.193).
* Esta alternativa se refiere únicamente al caso de:
- un riñón, una
sección del hígado.
El donante vivo
¿siempre debe ser un familiar?
* Para trasplante de
MEDULA OSEA puede no serlo.
En ese caso, el dador
siempre es un DONANTE VIVO y puede no ser familiar.
* La ley habilita a cualquier persona mayor de 18 años que desee ser
dador, aunque no esté emparentado.
¿Toda persona que
muere puede ser donante?
Todos podemos ser
donantes, pero...
*Llegado el momento
los médicos especialistas determinarán cuáles son los órganos y
tejidos que podrán ser utilizados para trasplante.
* Nuestra familia debe dar su consentimiento.
¿Cómo se expresa la
voluntad de donar los órganos?
- Comunicándoselo a
nuestros seres queridos, para que conozcan nuestra voluntad.
* Firmando un Acta de Donación del INCUCAI, asentándolo en el DNI.
* Telefónicamente al 0800-555-4628 o en Internet
www.incucai.gov.ar
¿Una vez firmada el
acta, se puede cambiar de opinión?
Por supuesto. El acto
de donar es libre y voluntario. Siempre se puede cambiar de opinión.
Cada
donante puede salvar varias vidas y mejorar la calidad de
muchas más!
Pero sólo 1 de cada 100 defunciones serán aptas como
donantes efectivos.
La necesidad de órganos y tejidos
En el país se
encuentran 8000 personas esperando un trasplante de órganos
(corazón, pulmones, hígado, riñón), o de córneas. Sólo 4 de cada
1000 muertes se pueden transformar en donantes, y un sólo donante
puede salvar hasta 7 vidas y recuperar a 2 discapacitados visuales.
Todos
podemos ser donantes
"Todos podemos ser
donantes" afirman los miembros del CUCAICOR.
"Llegar a ser donantes voluntarios de órganos es otorgarse en vida la
posibilidad de expresar un deseo, el de sobrevivir en otros, y el de
otorgarles a otros una nueva oportunidad desde una entrega de
máxima solidaridad. Ser donante voluntario es poder llegar a decir y a
certificar en vida, la adhesión solidaria, gratuita, anónima y equitativa,
a un acto médico-social grandioso y trascendente como lo es la
donación de órganos para trasplantes.
La persona que expresa
su voluntad por escrito debe ser mayor de 18 años y consciente de
sus actos. Así lo expresa el artículo 19 de la Ley 24.193 de Trasplantes
de Órganos y Materiales Anatómicos de la República Argentina" afirma
la Lic. Susana Chercasky Art. 19: "Toda persona capaz mayor de 18
años podrá autorizar para después de su muerte la ablación de
órganos o materiales anatómicos de su propio cuerpo, para ser
implantados en seres humanos vivos o con fines de estudio o
investigación. La autorización a que se refiere el presente artículo
podrá especificar los órganos cuya ablación se autoriza o prohíbe, de
un modo específico o genérico. De no existir esta especificación, se
entenderán abarcados todos los órganos o tejidos anatómicos del
potencial donante"... "Esta autorización es revocable en cualquier
momento por el dador..." Existen distintas formas de expresar nuestra
voluntad de ser donantes de órganos y tejidos. Se puede expresar en
los Libros de Actas de Donación Voluntaria de Órganos de CUCAICOR.,
que se encuentran en los Hospitales, Centros de Salud e Instituciones
Intermedias de Corrientes, capital y localidades del Interior. Se puede,
asimismo, expresar en el propio D.N.I. acudiendo al Registro Civil, y
en la Policía Federal cuando se tramita la Cédula Federal y el
Pasaporte. Existe, además la posibilidad de donar a través de la WEB
ingresando a www.cucaicor.com.ar. Para realizar el registro en las
Actas de Donación Voluntaria no hay límites máximos de edad, ni
razón de salud, el único requisito es llevar consigo el Documento
Nacional de Identidad. Es un trámite muy simple y rápido, durante el
cual se confecciona, con los datos personales y la decisión de donar,
un Acta de Donante Voluntario, en el cual la persona con su firma
confirma su voluntad y recibe su Cédula de Donante o el registro
correspondiente en su Documento Nacional de Identidad.
El artículo 19 aclara que
en el Acta de Donación el donante puede especificar que dona
determinados órganos, eligiendo solo uno o algunos de los que se
necesitan, o bien puede optar por expresar "todos los órganos que la
Ley permite". Asimismo, puede retractarse y retirar su Donación
Voluntaria con sólo acudir a CUCAICOR y solicitar que el Acta sea
anulada. En el caso de menores de 18 años y frente a su muerte, son
sus padres o familiares directos quienes toman la decisión de la
donación de órganos.
La familia debe
saberlo y respetar la voluntad del donante
Es muy importante
informar a la propia familia sobre la decisión de convertirse en
Donante de Órganos. Si bien, la decisión de donar los órganos en vida
es una decisión personal, y expresa el compromiso asumido por el
donante frente a miles de enfermos en lista de espera, debe estar
siempre acompañada de una aceptación respetuosa del grupo familiar
directo para que cobre real sentido.
La familia del
donante debe conocer su decisión y respetarla, porque frente a
su muerte, son ellos quienes serán consultados por los médicos.
Muchas familias argentinas y correntinas que han tenido que enfrentar
la muerte dolorosa de un ser querido y han sido consultadas con
respecto a la donación de los órganos han respondido: "sí donamos,
porque sabemos que era donante" o "no, no donamos, porque no
sabemos que pensaba".
La palabra de la
familia es siempre respetada por los médicos, y, en nuestro país y en
muchas partes del mundo, es determinante de la donación. Solo si
nos situamos en el lugar de la familia y de los médicos, podremos
comprender que ambos grupos se encuentran frente a una de las
situaciones límites más difíciles que nos toca vivir como seres
humanos, la muerte de una persona querida, y, en medio del
sufrimiento y del dolor, tomar la decisión de donar los órganos
requiere estar preparado para ello. Si el donante le informa a su
familia de su decisión y solicita que la respeten, los prepara y les
otorga el valor suficiente para poder decir "sí" en ese momento de
gran dolor, aún cuando ellos mismos no estén decididos frente a la
donación.
Por estas razones, es
que solicito a mis pares el apoyo en la aprobación del mismo.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |