PROYECTO DE TP
Expediente 1886-D-2013
Sumario: INUNDACIONES OCURRIDAS LOS DIAS 1 Y 2 DE ABRIL DE 2013: SE DECLARA ZONA DE DESASTRE POR 180 DIAS PRORROGABLES A DIVERSOS BARRIO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y A DIVERSAS LOCALIDADES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 11/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1°.- Declárese
zona de desastre por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
prorrogables por el Poder Ejecutivo Nacional, a las localidades de Villa
Urquiza, Núñez, Saavedra. Vega, Belgrano, Villa Ortuza, Mataderos y
Villa Lugano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; las localidades de
Tolosa, Ringuelet, Berisso, Ensenada, La Matanza, San Martín y la
Ciudad de La Plata de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- El Poder
Ejecutivo nacional destinará una partida especial de PESOS
CUATROSCIENTOS MILLONES ($400.000.000) para paliar los daños
ocasionados por el temporal de lluvia a la zona geográfica mencionada
en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- Facúltese al
Poder Ejecutivo nacional a reestructurar, modificar o reasignar las
partidas presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento
a la presente ley.
ARTÍCULO 4°.- El Poder
Ejecutivo nacional, a través de los organismos que correspondan,
instrumentará líneas de créditos con facilidades extendidas para atender
las necesidades inmediatas y diferirá la obligación de pago de impuestos
y contribuciones de la zona afectada, con el objeto de asegurar a su
población el recupero de su actividad y economía.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como es de dominio público,
asistimos a hechos muy dolorosos a raíz de la catástrofe producida por el
temporal de lluvia que comenzó la noche del día 1 de abril de 2013,
registrándose su pico máximo en la madrugada del día 2. Se produjo en
dos horas la caída de agua más significativa que superó los 100
milímetros en la Capital, en Villa Martelli se registraron 175 milímetros en
ese mismo período, siendo las zonas norte y oeste las más afectadas de
la ciudad. También en barrios, como Belgrano, Saavedra, Núñez, Villa
Urquiza, Villa Ortuza, Mataderos y Villa Lugano se registró más de un
metro de agua en las calles.
Asimismo, la tarde del mismo
día, la ciudad de La Plata fue seriamente afectada por otra lluvia: más de
300 milímetros cayeron en menos de dos horas. Localidades como
Ensenada, Tolosa y Berisso fueron las más afectadas junto al casco
céntrico de la ciudad. Más del 50% de la urbe se inundó.
En consecuencia, el agua fue
derribando todo a su camino, destruyendo bienes y servicios, que el
presente proyecto de ley pretende mitigar, así como, segando vidas
humanas, que hasta el momento se ha confirmado en total -C.A.B.A. y
Provincia- el fallecimiento de 59 personas. Motivo por el cual la
presidenta Dra. Cristina Fernández de Kirchner dictó el
Decreto 341/2013, declarando
duelo nacional en todo el territorio de la República Argentina, por el
término de tres días.
Reitero, como consecuencia
de este desastre natural, se produjeron perjuicios irreparables en las
personas y en sus bienes, así como también en las actividades
industriales, comerciales y de servicios, entre otros.
Así también, considero
necesario aclarar, que la presente iniciativa pretende contribuir a reparar
o resarcir lo que la devastación ha dejado a su camino, sin entrar a
analizar responsabilidades por hechos omitidos o desafortunados o
culpabilidades varias.
Resulta justo destacar la labor
solidaria de las organizaciones políticas, sociales, gremiales que
contribuyeron a paliar la situación de emergencia. La solidaridad es una
virtud del pueblo argentino que no necesita ser comprobada. En la calle
todavía se multiplican las muestras de ayuda, entrega y trabajo.
Asimismo, el gobierno
nacional a través de la Señora Presidenta Dra. Cristina Fernández de
Kirchner ha presentado un plan de ayuda a damnificados por las
inundaciones, operativo a partir del día 8-04-13, que alcanzará a una
población de 153.352 personas. Por lo que el presente proyecto de ley
contribuiría a regular desde el Poder Legislativo el aporte del Estado
Nacional, en una situación de excepción al declararla 'de desastre'.
Sr. Presidente, es necesario
que el Estado Nacional adopte las acciones y medidas conducentes a
paliar el impacto generado por la catástrofe climática con la urgencia que
el caso y la gravedad de la situación ameritan.
Por las breves
consideraciones vertidas, solicito a mis pares su acompañamiento para la
aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |