PROYECTO DE TP
Expediente 1870-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ESTRATEGIA DE FINANCIAMIENTO DEL TESORO NACIONAL.
Fecha: 22/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional para que a través de los Organismos que corresponda, informe cual es
la programación y la estrategia de financiamiento del Tesoro Nacional para el
corriente ejercicio en lo que se refiere a los recursos provenientes del Sector
Público no Financiero mediante la imposición de letras o pagares a distintas
entidades, empresas y organismos que tienen misiones especificas como
ANSES; Programa de Asistencia Medica Integral (PAMI), AFIP, Agua y
Saneamientos Argentinos(AYSA); Instituto de Ayuda Financiera; Lotería
Nacional;- Administración General de Puertos (AGP ) y distintos Fondos
Fiduciarios , entre ellos - Fondo Fiduciario de Infraestructura de Transporte
(FFIT); Fondo Fiduciario de Recuperación de Empresas (FFRE) ; y en particular
por qué operaciones por más de 8437 millones de pesos se hacen publicas
con importantes demoras respecto de la emisión de las respectivas
obligaciones- y conforme a esto cuál es el endeudamiento que a la fecha aun
podría permanecer oculto y sin instrumentar; asimismo porque no se
comunican de manera fehaciente y detallada al Congreso de la Nación dentro
del plazo de (30) días de efectivizadas las operaciones de crédito, tal como lo
especifica la normativa presupuestaria y por qué se incumple el articulo 60 de
la Ley 24156 de Administración Financiera que exige la sanción de una ley para
realizar estas colocaciones financieras.
En este sentido se solicita la
siguiente información:
1. Cuál es la programación y la
estrategia de financiamiento del Tesoro Nacional para el corriente ejercicio
en lo que se refiere a los recursos provenientes del Sector Público no
Financiero mediante la imposición de letras o pagares a distintas entidades,
empresas y organismos que tienen misiones específicas como las detalladas
más arriba. Al respecto se requiere conocer el detalle de las imposiciones
totales a fin del año en curso, previstas para cada organismo, como así
también la moneda en la cual se tomará la deuda, sus plazos y condiciones
correspondientes.
2. Si existe a la fecha
endeudamiento del Tesoro Nacional con estos organismos que se ha
concretado pero que aun no se encuentra instrumentado ni publicado en el
Boletín Oficial. En caso afirmativo detallar. En este aspecto se requiere
conocer las razones por las cuales el Poder Ejecutivo Nacional no informó
durante más de 30 días el endeudamiento contraído con diversas entidades y
organismos públicos por un monto de alrededor de 8437 millones de pesos
según el siguiente detalle:
3. Asimismo se requiere el monto
total de las deudas u obligaciones del Tesoro Nacional con las diversas
entidades del Sector Público no Financiero, instrumentado mediante letras u
otro mecanismo al 31-12-2008 y el existente a la fecha del presente informe.
4. ¿Cuál es la normativa legal que
avala la colocación de Letras del Tesoro Nacional en diversas entidades de la
Administración Nacional, toda vez que no se ha informado de manera
fehaciente y detallada al Congreso Nacional, dentro del plazo de 30 días de
efectivizadas las operaciones impuestas a estas entidades del Sector Público,
tal como lo exigen las distintas leyes de Presupuesto? ¿Si no esta
incumpliendo, además con el artículo 60 de la Ley de Administración
Financiera, en lo que se refiere a operaciones de crédito público no
autorizadas por el Congreso Nacional y que en tal carácter requieren de la
sanción de una ley especifica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los mecanismos que arbitra el
Poder Ejecutivo para financiar el Tesoro Nacional adquieren día a día nuevas
variantes que generan una degradación alarmante de la estructura de las
finanzas públicas, lo cual a no dudar supone un costo creciente para la
ciudadanía argentina.
Como señalamos en el pedido de
informes Expte. 5188-D-08 de fecha 18/09/08 el Gobierno Nacional ha estado
derivando importantes recursos provenientes de organismos, que como ANSES
, AFIP, y PAMI entre otros tienen misiones específicas, dentro de las cuales no
se encuentra precisamente la de operar como entidades financieras al
servicio del Tesoro Nacional. ¿Qué duda cabe, como enfatizamos
oportunamente, que esta imposición solo se puede conformar sobre la base
de la reducción de las prestaciones y las obligaciones propias de estas
entidades?
Esta distorsión, como referimos en
el pedido de informes antes mencionado, se profundizó cuando a fines del
año pasado el Gobierno Nacional capturó a título gratuito para sostener al
Tesoro Nacional, según todo lo hace presumir, recursos de las provincias por
un monto de 7000 millones de pesos. En este caso, como marcamos en ese
proyecto, el Poder Ejecutivo avanzó en este camino, deteriorando todavía
más la ley de Coparticipación Federal de Impuestos al intervenir sobre
recursos de afectación especifica destinados a cubrir los desequilibrios
financieros y económicos de las provincias (Fondo de Aportes del Tesoro
Nacional a las provincias argentinas).
En pocos meses el Gobierno
Nacional generó un entorno que empeorará lo servicios brindados por las
provincias y diversos organismos del Sector Público, que debilitará el
cumplimiento de las obligaciones tributarias y obstaculizará la reapertura
de las fuentes crediticias nacionales e internacionales
En este contexto las últimas
resoluciones en materia de financiamiento irregular del Tesoro Nacional a
través de entidades del Sector Público y que son objeto de este proyecto,
lamentablemente, no hacen más que acelerar las consecuencias antes
mencionadas.
La revisión al respecto, de las
últimas resoluciones (según detalle del presente informe: Pregunta Nº 2)
muestra rasgos cada vez más preocupantes.
Por un lado las imposiciones
obligadas a favor del Tesoro Nacional parecen extenderse sin respetar ningún
tipo de limitaciones, comprometiendo ahora los servicios sanitarios y de agua
(AySA), los servicios portuarios ( AGP), el transporte (Fondo Fiduciario de
infraestructura del Transporte) y las prestaciones jubilatorias del personal
militar, entre otras. No hay que ahondar demasiado para imaginar un
esquema insostenible ¿como pueden afrontar los distintos entes las obras y el
mantenimiento en tiempo y forma si el Tesoro de manera indiscriminada y
constante utiliza sus recursos financieros?
Por otro lado y mucho más grave
aún, estas resoluciones muestran que el Gobierno Nacional avanza por un
camino de manifiesta ilegalidad, visto que sobre el cierre del año 2008 a
través de las mismas, se colocaron letras del Tesoro Nacional en distintas
entidades públicas por valor de 8437 millones de pesos mediante un
procedimiento cuasi clandestino.
Decimos esto porque todas ellas
tienen un rasgo clave en común: fueron publicadas en el Boletín Oficial con
una demora que supera holgadamente los 30 días desde el momento que
efectivamente fue instrumentada la deuda, tal como lo exige la normativa
vigente. Lo que la evidencia indica en estos casos, mas allá del
incumplimiento de los plazos legales para este tipo de operaciones, es que el
Tesoro Nacional habría contraído un endeudamiento oculto lejos del alcance
del Congreso Nacional y de la opinión publica que el cierre del ejercicio
fiscal del año 2008 y la falta de recursos obligaron finalmente a
explicitar.
La crisis internacional nos ha
colocado ante grandes desafíos que no pueden ignorarse y si el Gobierno
Nacional persiste en el rumbo descripto las dificultades se agudizarán; ¿qué
otra cosa puede esperarse cuando en lugar de exponer de manera fehaciente
una estrategia de financiamiento detallada y coherente ante el Parlamento
Nacional se recurre a un improvisado circuito que solo posterga la verdadera
definición de los problemas fiscales existentes? Si el gobierno nacional,
además persiste en perfeccionar un esquema de financiamiento que bordea
lo ilegal en lugar de formularlo en forma transparente de cara a la sociedad y
las instituciones los daños se potenciarán.
Por estas consideraciones este
proyecto le requiere al Poder Ejecutivo Nacional que informe sobre la
programación y la estrategia de financiamiento del Tesoro Nacional para el
corriente ejercicio en lo que se refiere a los recursos provenientes del Sector
Público no Financiero mediante la imposición de letras o pagares a distintas
entidades, empresas y organismos. Se trata en este caso de conocer en primer
lugar la magnitud del esfuerzo global y la distribución del mismo entre las
distintas entidades y en que medida estas demandas financieras afectarán sus
obras y la mantención de los servicios.
Conforme a esto se pide también
que se especifique las imposiciones totales a fin del año en curso, previstas
para cada organismo y las condiciones de colocación.
Corresponde agregar aquí, que
como además no se informa el destino de los recursos tomados, todas las
apelaciones a la supuesta instrumentación de una política fiscal por parte del
Gobierno Nacional tendiente a impulsar la actividad económica constituyen
una mera expresión de deseos. Lo que se promete gastar, en la práctica,
queda sujeto a la cuantía de los recursos que a la par podría absorber el
Tesoro Nacional con estas colocaciones. Los interrogantes en este campo por
lo demás se refuerzan, apenas se considera que el Tesoro Nacional cuenta,
también con la posibilidad de tomar parte de los recursos de la
Administración Nacional que se depositan en el Banco de la Nación.
Más adelante el proyecto le
requiere Poder Ejecutivo Nacional que dé a conocer las razones por las
cuales no informó durante más de 30 días el endeudamiento contraído a fines
del año pasado con diversas entidades y Organismos Públicos por un monto de
alrededor de 8437 millones de pesos según el detalle de resoluciones que se
presenta en el punto 2 de este proyecto. En este aspecto se pregunta
también si existe a la fecha endeudamiento del Tesoro Nacional con estos
organismos que se ha concretado pero que aun no se encuentra instrumentado
ni publicado en el Boletín Oficial. En este caso conforme al antecedente
referido se intenta básicamente que el Gobierno Nacional comunique en
forma certera a la ciudadanía y al Congreso Nacional el verdadero estado de
las finanzas publicas argentinas.
Con igual objetivo el proyecto
requiere también el monto total de las deudas del Tesoro Nacional con las
diversas entidades del Sector Público no Financiero, instrumentado mediante
letras u otro mecanismo al 31-12-2008 y el existente a la fecha del presente
informe.
Por ultimo el proyecto reclama
conocer la normativa legal que avala la colocación de Letras del Tesoro
Nacional en diversas entidades de la Administración Nacional toda vez que
conforme a lo descripto no se ha informado al Congreso Nacional de manera
fehaciente y detallada, dentro del plazo de 30 días de efectivizadas las
operaciones impuestas a estas entidades del sector público, tal como lo
señala la normativa presupuestaria. Se pregunta asimismo si esta falta de
comunicación no se encuentra agravada porque dado que los presupuestos
últimos no validan de manera expresa estas operaciones de crédito publico se
requeriría el envío por parte del poder ejecutivo de un proyecto de ley
especifica según lo dispone el articulo 60 de la ley de Administración
Financiera, cuestión que manifiestamente hasta aquí no se ha formalizado.
Sr. Presidente, el financiamiento
de la política fiscal es una cuestión relevante que condiciona el crédito y la
previsibilidad de la moneda. Si el Gobierno Nacional se decide a actuar en
consonancia con esas restricciones para preservar así de manera genuina
nuestras posibilidades de crecimiento y desarrollo debe abandonar en este
terreno, de inmediato, la improvisación que deviene de la falta de un
planeamiento coherente, la utilización arbitraria de los recursos de las
provincias, del ANSES, del AFIP y demás Entes Públicos y las prácticas cuasi
ilegales para obtener fondos y ocultar endeudamiento.
Por los motivos expuestos es que
solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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LEMOS, SILVIA BEATRIZ | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |