PROYECTO DE TP
Expediente 1861-D-2008
Sumario: PLAN FEDERAL DE LUCHA CONTRA EL HIDROARSENICISMO CRONICO REGIONAL ENDEMICO.
Fecha: 29/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
El Senado y Cámara de Diputados...
PLAN FEDERAL DE LUCHA
CONTRA EL HIDROARSENICISMO CRONICO REGIONAL ENDEMICO
Art. 1º: Toda persona tiene
derecho a gozar del máximo nivel de salud posible y a un ambiente sano,
equilibrado y apto para el desarrollo humano y por consiguiente, tiene derecho a
consumir agua libre de contaminantes.
Art. 2: El Estado tiene el deber
de garantizar el acceso y provisión de agua apta para el consumo y asegurar el
respeto a los valores máximos de sustancias contaminantes aceptados a nivel
internacional, en todo el territorio nacional.
Art. 3: Declarase de interés
nacional la lucha contra el Hidroarsenicismo crónico regional endémico
(HACRE) comprendiendo las medidas tendientes a la minimización de riesgos y
reducción de daños producidos por la exposición a arsénico en agua de
consumo.
Art. 4: Incorpórese al listado de
enfermedades de notificación obligatoria previsto por la ley 15.465, al
hidroarsenicismo crónico regional endémico (HACRE).
Art. 5: A los efectos de dar
cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley la autoridad sanitaria
deberá:
a) Realizar un mapa nacional de las
áreas arsenicales y delimitar las zonas de riesgo, que debe ser
permanentemente actualizado.
b) Realizar la vigilancia
epidemiológica de la incidencia y seguimiento de casos de HACRE en todo el
país.
c) Minimizar los daños en la
población afectada elaborando el protocolo de atención médica que posibilite
la detección temprana del HACRE y asegure la asistencia médica gratuita e
integral y la provisión del tratamiento adecuado para su curación, incluyendo la
medicación correspondiente en forma gratuita.
d) Minimizar el tenor de arsénico en
el agua de consumo con la finalidad de reducir el tenor máximo al admitido por
el Código Alimentario Nacional en sus artículos 982 y 983 de 0,01 mg/l. La
reglamentación fijará las etapas a cumplimentar progresivamente para alcanzar
el tenor de arsénico conforme lo precedentemente establecido en un plazo
máximo de diez (10) años.
e) Promover el desarrollo e
implementación de métodos para la reducción, compatibles con las
particularidades y necesidades locales, brindando capacitación a los
operadores y proveyendo la asistencia necesaria para asegurar la
sustentabilidad del método, así como la distribución planificada de las plantas
potabilizadoras.
f) Minimizar los riesgos en la
población expuesta al consumo de agua con arsénico, desarrollando programas
de prevención, campañas de capacitación y educación para los grupos de
salud, agentes sanitarios y la comunidad en general.
g) Elaborar un Plan Federal con la
participación de las provincias y el asesoramiento de un Consejo de Expertos
que establezca las metas y el cronograma de acción, así como el monitoreo de
los programas implementados en cumplimiento de la presente ley.
Art. 6: Las empresas públicas o
privadas responsables del suministro de agua potable, deberán realizar el
control del nivel de arsénico en forma semestral y suministrar la información a la
autoridad de aplicación de la presente ley y a la autoridad sanitaria local, bajo
apercibimiento de las sanciones administrativas que correspondan y sin
perjuicio de su responsabilidad civil y/o penal.
La autoridad de aplicación deberá
asegurar la difusión pública de dichos datos y la información a la comunidad
involucrada.
Art. 7: La autoridad de
aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación que a través de sus
organismos competentes en la materia deberá concurrir a cualquier parte del
país para contribuir al cumplimiento de esta ley. Su ejecución en cada
jurisdicción estará a cargo de las respectivas autoridades sanitarias a cuyos
fines podrán dictar normas complementarias.
Art. 8: Los gastos que demande
el cumplimiento de la presente ley serán solventados por la Nación imputado a
la partida correspondiente, y por los respectivos presupuestos de cada
jurisdicción.
Art. 9: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El arsénico es un elemento tóxico que está
presente en todas las aguas pero generalmente en cantidades muy pequeñas. Señala
la OMS (Boletín de la OMS volumen 78 página 1096- año 2001) que la mayoría de las
aguas en el mundo tienen concentraciones arsenicales naturales de menos de
0.01mg/litro. El contenido de arsénico en el agua en cantidades superiores a las
señaladas, constituye un factor de preocupación por los daños a la salud que puede
acarrear.
El consumo de agua con arsénico durante
un período largo, conduce al envenenamiento denominado ARSENICISMO. Este
puede ser agudo, sub-agudo o crónico; en este último caso, por consumo prolongado
de agua contaminada con valores altos de arsénico, generalmente por un período entre
5 a 20 años, manifestándose los efectos sobre la salud en forma tardía, ocasionando
lesiones de piel, cáncer de piel, cáncer de vejiga, riñón y pulmón, entre otros órganos,
así como enfermedades vasculares y trastornos endócrinos (páncreas, tiroides),
tensión arterial alta y desórdenes reproductivos y teratogénicos.
La contaminación arsenical natural es un
tema de inquietud en muchos países del mundo, incluyendo la Argentina, Bangladesh,
Chile, China, la India, México, Tailandia y EEUU. Debido a la manifestación tardía, la
divulgación escasa y los bajos niveles de conocimiento de algunas comunidades sobre
los problemas de salud adversos causados por el arsénico en agua potable, la
situación aún está confusa y no bien documentada, destaca el organismo internacional.
Consecuentemente, no hay estimación confiable del grado del problema en todo el
mundo. La medida preventiva más eficaz consiste en bajar la concentración de
arsénico en el agua de consumo humano.
Nuestro país registra altos niveles de
arsénico en aguas subterráneas, localizándose pozos tanto en las provincias del norte
como en el sur, de acuerdo al mapeo que se encuentra en permanente revisión,
realizado por el Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud de la Nación
en el Instituto Geográfico Militar, en base a datos suministrados por la ex Obras
Sanitarias de la Nación, del año 1942. Se advierte que muy pocas provincias están
exentas de sufrir este problema y en algunos casos, la concentración detectada es
alarmante como en la Provincia de La Pampa donde 500 veces superior al límite
admitido por el Código Alimentario Nacional.
Destacamos que nuestro Código
Alimentario Nacional contiene una proporción admisible de arsénico del orden de los
0,01 miligramos por litro, valor que fue adaptado al admitido por la OMS por medio de
las resoluciones Nº 68/2007 y 196/2007 de fecha 22 de mayo de 2007 emanadas de la
Secretaría de Política, Regulación y Relaciones Sanitarias y de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos respectivamente.
Debemos destacar que numerosas
provincias admiten legalmente valores por encima de lo permitido por el C.A.A.. En
efecto, por ejemplo la Provincia de La Pampa admite por ley 1027 valores entre 0,15 y
0,16 mg/litro, es decir 15 veces más que el Código Alimentario Nacional.
El área con problemas de arsénico en sus
acuíferos coincide con la llanura pampeana hasta el norte de Santa Fe y Santiago del
Estero, área de mayor producción ganadera y mayor concentración de población. Los
relevamientos han precisado la existencia de acuíferos con contenidos de arsénico
superiores a 0,05 miligramos por litro de agua, cifra que excede el límite establecido
para agua de bebida humana por el Código Alimentario Argentino, llegando a ser esta
superación en determinadas situaciones sumamente grande. Así, pueden mencionarse
situaciones en el norte de la provincia de La Pampa, con más de 5 miligramos/litro el
sudeste de la provincia de Córdoba, con más de 3 miligramos/litro la llanura oriental de
la provincia de Tucumán, con mas de 1,6 miligramos/litro, y otras áreas con valores
altos en las provincias de Santiago del Estero, Chaco, Salta, Santa Fé y Buenos Aires
(1) .
Alrededor de 1.000.000 km2 de la llanura
chaco-pampeana pueden albergar áreas con contenido de arsénico potencialmente
elevados. El origen de la alta ocurrencia de arsénico se encuentra en los sedimentos
que constituyen el sustrato de los suelos de la llanura, los que contiene una proporción
importante de vidrios de origen volcánico que fueron transportados por los vientos
hasta la llanura, siendo tales materiales los responsables del aporte al agua
subterránea de arsénico y otros elementos tales como selenio, vanadio, uranio, boro y
molibdeno.
Según señalan Nicolli, Tineo,
Imerino en "Movilidad del arsénico y de otros oligoelementos asociados en aguas
subterráneas de la cuenca de Burruyacú, provincia de Tucumán, Republica Argentina"
(2) ; "...Los contenidos de oligoelementos en aguas freáticas en la cuenca de Burruyacú
presentan un amplio intervalo de variación, pero en general son altos, destacándose el
arsénico, cuya mediana es 4 veces mayor que el valor límite establecido por la OMS
para aguas de bebida (10 microgramo/litro) y cuyo contenido máximo es 160 veces
ese limite. Los contenidos son también altos para flúor ( el máximo supera en más de 5
veces el límite de la OMS: 1500 microgramo/litro), para uranio, que en al totalidad de
las muestras supera el valor límite establecido por la OMS (2 microgramo/litro) con un
contenido máximo de 155 microgramo/litro, y para boro, con un máximo que supera en
mas de 13 veces el limite establecido por la OMS (500 microgramo/litro). Los
contenidos de esos oligoelementos en aguas de niveles profundos y de pozos
surgentes, son significativamente menores".
Asimismo, el primer trabajo publicado sobre
estudio geoquímico completo de aguas subterráneas con elevados contenidos de As
fue realizado por Nicolli et al. en 1985, en la llanura Sud-oriental de la Provincia de
Córdoba. Abarcó una superficie de 10.000 km2 y determinándose que el 75% de las
muestras analizadas contenían concentraciones de arsénico superiores a 100
microgramos por litro. El valor máximo hallado fue de 4000 microgramos por litro.
Durante el mismo año, de Sastre et al.,
publicaron un informe sobre "Estudio cuantitativo de As en las aguas de la Provincia de
Salta", en el que evaluaron la concentración de As en aguas subterráneas y
superficiales. Los valores más altos se encontraron en la zona de la Puna (mayores a
10.000 microgramos por litro) y en el Departamento de Anta en el Chaco Salteño
(mayores a 2.000 microgramos por litro). Los mismos autores (1987) realizaron un
informe similar en referencia a aguas superficiales y subterráneas de la Provincia de
Jujuy, hallándose valores que también superaban los límites establecidos por la
legislación nacional.
En 1989, Nicolli et al., publicaron un
segundo artículo donde se describe la contaminación de aguas por Arsénico y otros
oligoelementos sobre 60 muestras, captadas en pozos de la misma región. En este
caso el 84% de ellas contenían niveles de As superiores a 50 microgramos por litro.
Ello impone una primera reflexión: ajustar los niveles provinciales al valor del Código
Alimentario Nacional y emprender acciones urgentes y concretas para que el agua de
consumo respete dicho límite máximo. De lo contrario, tendremos que admitir que en
nuestro país se está envenenando a la población, y peor aún, a la población más
pobre, que no puede evitar consumir agua con arsénico, porque no puede adquirir
agua embotellada libre de esta sustancia.
Es por consiguiente absolutamente
indispensable abordar integralmente este tema que constituye además de una cuestión
de salud pública, una cuestión de justicia social.
Mucho es lo que falta comprender acerca
del mecanismo de acción de este toxico. En el mundo y en nuestro país numerosos
investigadores dedican su tiempo a profundizar el tema en cuestión, pero lo que sí se
tiene ya constancia es que la evidencia epidemiológica acerca del poder carcinogénico
de este tóxico parece ser irrefutable, como destaca la investigadora Lic. Silvia Carolina
Lenzken (3) .
En nuestro país ya en 1913 el Dr. Mario
Goyeneche ha descrito la enfermedad denominada HACRE (Hidro Arsenincismo
Crónico Regional Endémico) que se produce por el consumo reiterado de agua de
bebida con alto contenido de arsénico. Esta enfermedad se caracteriza por presentar
distintos estadios que involucran principalmente afecciones a nivel dérmico y cáncer no
sólo de piel, sino de otros órganos como vejiga, pulmón, riñón etc.
Según las investigaciones difundidas, de las
personas expuestas el 20 a 30% desarrollan HACRE y de ellos el 1 al 15% tumores. El
arsénico es un carcinógeno del grupo I.
Muchos profesionales de diversas
disciplinas están profundizando las investigaciones sobre la relación del arsénico y la
salud de nuestra población. En general, lo hacen en la más absoluta soledad, tratando
luego de difundir la gravísima realidad que detectan a fin de poder incidir en el diseño
de programas y de aplicación de políticas públicas que posibiliten prevenir la
enfermedad y asistir a quienes la padecen.
En algunos casos, la investigación del alto
contenido de arsénico en el agua de consumo provino de la propia comunidad que con
su iniciativa impulsó reconocimiento de la situación por parte de las autoridades y
empresa responsables del suministro de agua. Tal fue el caso de Carlos Casares,
donde los chicos de una escuela media fueron quiénes dieron los primeros signos de
alerta. (4)
Algunas provincias han avanzado en la
aplicación de programas concretos, por ejemplo el programa realizado en Santiago del
Estero, coordinado con otros que se llevan a cabo en Salta, Santa Fe, Tucumán,
Chaco, La Pampa, Catamarca, Jujuy, Prov. de Buenos Aires y Ministerio Salud de la
Nación.
Las estadísticas actuales muestran en la
Provincia de Santiago del Estero un total de 167 casos de intoxicados, comprendidos
entre 1 a 83 años de edad, muchos de ellos con manifestaciones crónicas.
"Los pacientes detectados son notificados
mediante una ficha de notificación obligatoria provincial y asentados en el programa;
gran parte de esta información es girada a la secretaría técnica de epidemiología. Se
pretende que ésta patología sea considerada de notificación obligatoria a nivel
nacional, dado que en la actualidad no se registra obligatoriamente. Se han detectado
intoxicaciones graves en niños de corta edad lo que obliga a un replanteo en nuevas
definiciones y lineamientos de trabajo sobre la problemática del hidroarsenicismo".
Otros informes oficiales dan cuenta de la
magnitud del problema y de los obstáculos para afrontarlos. Por ejemplo en Salta, un
estudio conjunto realizado por la Universidad Nacional y el Ministerio de Salud, en el
año 1990, informa que de 60 personas visitadas en la zona sudeste de la provincia, el
40% sufría lesiones compatibles con el hidroarsenicismo crónico regional endémico.
Podríamos seguir con la mención de
estudios y casos analizados, pero lo cierto es que se requiere una sistematización a los
efectos de tener una estadística nacional que posibilite programar las investigaciones y
evaluar sus resultados a fin de prevenir y asistir adecuadamente.
En el año 2001 el Ministerio de Salud de la
Nación dictó la Resolución Nº153 (B.O.1/3/2001) para implementar el "Programa de
Minimización de riesgos por exposición a arsénico en aguas de consumo", del
Departamento de Salud Ambiental de la Dirección de Promoción y Protección de la
Salud, dependiente de la Subsecretaria de Atención Primaria de la Salud, de acuerdo a
las disposiciones que constan en su Anexo 1. Este programa tiene como objetivo
general disminuir la morbimortalidad debido al HACRE, priorizando el enfoque de
promoción y protección de la salud, desarrollando acciones sobre las personas y sobre
el medio ambiente. Ello implica -según señala el anexo- la promoción de la vigilancia
epidemiológica y ambiental, la minimización de los tenores de arsénico en agua de
consumo, los riesgos en la población expuesta y los daños en la población afectada.
Entre los objetivos especificados figuran además "Identificar y localizar
geográficamente los niveles y la población; promover soluciones para distribución de
agua potable; el trabajo interdisciplinario e intersectorial y la participación de la
comunidad".
Entre las metas 2001-2003 del citado
programa, figuran tres:
1. Acciones tendientes a la determinación
de mapas de riesgo.
2. Acciones tendientes a minimizar los
tenores de arsénico en agua de consumo humano
3. Acciones tendientes a disminuir la
exposición al riesgo y la detección temprana del HACRE.
Consideramos que este programa
constituye un primer paso a destacar en la lucha por una mayor prevención y
asistencia en este tema, pero que hoy resulta necesario potenciar con el dictado de la
normativa necesaria para ajustar los niveles de arsénico al valor prescripto en el propio
Código Alimentario Nacional.
Asimismo, uno de los aspectos
fundamentales, es declarar de notificación obligatoria la enfermedad, que posibilitará
tener un diagnóstico más certero de la situación, con estadísticas precisas.
En efecto, éste ha sido uno de los temas
más recurrentemente demandados por los estudiosos en la materia, constituyendo una
herramienta valiosa para la detección y seguimiento de la enfermedad así como para
desarrollar una eficaz campaña comunitaria destinada a controlar el agua.
En la reunión nacional de arsénico, llevada
a cabo en Córdoba en noviembre de 2003, los/las expertos/as señalaron que aún en
nuestro país, pese al esfuerzo de algunos equipos provinciales y a los investigadores,
no se cuenta con datos en cantidad y calidad suficientes como para tener una
evaluación adecuada de los parámetros reales de la situación. No existen planes de
evaluación ambiental, lo cual torna imperioso diseñar una programación destinada a
recolectar datos y evaluarlos.
Se propuso:
- Profundizar y promover estudios
epidemiológicos;
- Revisar el protocolo de atención
medica formando una comisión interdisciplinaria;
- Concientizar a las poblaciones con
educación preventiva (educación para la salud con prioridad al tema arsénico).
- Seleccionar métodos de
abatimiento compatibles con las características de cada lugar, asegurando su
sustentabilidad.
- Implementar programas de
asistencia integrales porque la mayoría de las jurisdicciones carecen de ellos; no hay
suficiente atención médica para asistir a los enfermos de HACRE.
Otro de los aspectos generales para la
prevención constituye la implementación de respuestas tecnológicas adecuadas y
eficaces. En efecto, la respuesta tecnológica a la problemática de las altas
concentraciones del arsénico en el agua ambiente incluye un conjunto de alternativas
para asegurar el abastecimiento de agua apropiada para el consumo humano, y ,
eventualmente para otros usos, que deben ser evaluadas consistentemente en cada
caso. Entre las alternativas, pueden ser mencionadas las siguientes:
- Provisión de agua a través de
acueductos
- Estudios de explotación de acuíferos
a distintas profundidades
- Abatimiento del arsénico mediante
técnicas de tratamiento
- Coagulación/ Floculación/
Decantación / Filtración
- Osmosis inversa
- Intercambio iónico
- Vaporización.
Un informe sobre arsénico elaborado
por la investigadora Dra. Silvia Farias (5) ,
resume las experiencias reales llevadas a
cabo en la República Argentina.
Entre ellas señala que:
"...las primeras plantas de tratamiento
fueron construidas en la zona del este de Córdoba (zona de Bell Ville), ya que los
casos de muertes por cánceres era notablemente superiores al promedio nacional.
Astolfi. Et al., 1982, mencionan en su libro
la construcción de una planta de "desarcenización", en Monte Quemado, en Santiago
del Estero, que emplea óxido de aluminio, fosfato de calcio, sales de hierro y óxido de
magnesio para la remoción del metaloide. Los niveles de Arsénico pasaron de 300
microgramos de arsénico/litro a 120 microgramos de arsénico/litro.
En el VI Taller de Evaluación y Manejo de
Riesgos por Exposición a Arsénico en Aguas de consumo, Santiago, Santiago del
Estero, el Ingeniero Violante, del Departamento de Estudios y proyectos del SDPAN
(La Plata), expuso un trabajo en el que comentó sobre la instalación de plantas de
osmosis inversa en el sur y en el suroeste de la provincia de Buenos Aires, en Santa
Fe y en La Pampa.
En La Pampa, se tiene información
proporcionada por la Lic. Buitrón (Buitrón, B., 2001), sobre la instalación de plantas de
tratamiento para 79 localidades, que representan un 93% de la población. En el 33%
de los casos, después de su tratamiento (osmosis inversa), las aguas provistas a
algunas poblaciones presentan niveles de arsénico que están en valores de
concentración superiores 0,3 miligramos/litro de arsénico.
En la provincia de Santa Fe, en el estudio
epidemiológico que esta llevando a cabo el ENREES con apoyo de la OPS (2001), se
menciona que en esa provincia existen 213 servicios de agua potable, que cubren el
86% de la población urbana, 196 hacen uso de agua subterránea y 11 suministran
agua de fuentes superficiales. Existen prestadores comunales, municipales,
cooperativas y la empresa Aguas Provinciales de Santa Fe S.A. (privado), que hacen
uso de distintas tecnologías de depuración (mayormente osmosis inversa y
coagulación/filtración). El CEPIS-OPS-OMS ha propuesto realizar un estudio sobre la
utilización de arcillas activadas, específicamente el producto ALIFLOC para el
abatimiento de arsénico en el agua de bebida.
En el Centro de Ingeniería Sanitaria, de la
Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de Rosario, Ingallinella et al.
(2001) han desarrollado una planta de tratamiento que se basa en un proceso de
coagulación -coprecipitación utilizando cloruro de polialuminio y una etapa de doble
filtración para la retención de los precipitados formados. El sistema se denomina
ARCIS-UNR y está operando desde abril del 2001 en la ciudad de Villa cañas, en
Santa Fe. Han logrado reducir la concentración de arsénico en aguas de 0,15
miligramos/litro a 0,02 miligramos/litro.
En la Dirección Técnica y Calidad de Aguas
provinciales de Santa Fe, Madiec et al., (2000) han realizado un estudio (actualmente a
escala planta piloto), para tratamiento de aguas arsenicales por coagulación sobre
filtro. El método está basado en la modificación del pH del agua cruda, la oxidación de
arsénico (III) a arsénico (V) y un proceso que permite la absorción del arsénico sobre
flóculos, con posterior filtración. Se eligieron flóculos a base de hidróxido de hierro (III),
obtenidos a partir de Fe Cl3. El proceso es confiable y controlable y la tecnología es
simple, de bajo costo y de bajo costo de mantenimiento. En el agua cruda la
concentración de arsénico es de 0,29 miligramos/litro y en el agua tratada de 0,03
miligramos/litro. Los estudios se llevaron a cabo en la localidad de Rufino.
En Salta la Dirección General de Obras
Sanitarias /Figueroa et al., 1998) ha instalado una planta de tratamiento en Aguas de
Pompeya, San Antonio de los Cobres, Departamento Los Andes empleando la técnica
de coagulación química. El agua es tratada con sulfato de aluminio, cal hidratada y
polielectrolito de sodio. Se ha logrado que aguas que contienen entre 0,27 y 0,30
miigramos/litro a la entrada de la planta reduzcan esos valores a 0,12 - 0,15
miligramos/litro. Para remover el arsénico a valores aceptables faltaría la adecuación
de la infraestructura de la planta y los procesos de tratamiento (coagulación,
floculación, sedimentación, filtración, desinfección).
CEPIS-OPS-OMS ha llevado a cabo
ensayos de abatimiento de As en pequeñas poblaciones y comunidades rurales en
Salta (1998)m Chaco (1997-1998), Santiago del Estero (1997-2001), Tucumán (1998) y
Santa Fe (1998-1999) empleando la metodología de coagulación filtración usando el
producto ALUFLOC (FERRIFLOC). Estos ensayos son realizados en pequeños
reactores domiciliarios (balde de 20 litros con paleta agitadora y canilla inferior para
extracción de agua tratada) en pequeñas poblaciones y en zonas rurales, donde a
veces ni siquiera llega la luz eléctrica. Se trata de una tecnología simple y que con un
costo razonable logra producir aguas con arsénico residual en el rango de 0,04 - 0,05
miligramos/litro.
En la Universidad de La Plata se han
realizado estudios sobre remoción de arsénico utilizando esponjas de hierro...",
concluye la investigación citada.
Asimismo el Dr. Antonio Somaini, Secretario
del consejo de Administración de CONAMED ha destacado que "la Ingeniera María
Hidalgo ha ideado un método que consiste en una membrana de óxido de hierro a
través de la cual pasa el agua supuestamente contaminada. Únicamente ese óxido de
hierro, aobsorbería el arsénico hasta agotar el agua. Por otra parte, el Ingeniero
Francisco de Mendoza diseño otro equipo, un poco más compñejo, cuya producción ha
sido estimulada por el
Gobierno de los EE.UU.; desde el año pasado se está fabricando para algunos estados
de ese país. Aparentemente son equipos de mucha resistencia, de fácil manejo y que
no provocarían ningún inconveniente..." (6) .
Hoy debemos profundizar la discusión
sobre la calidad del agua de consumo porque es un recurso crítico en el mundo.
Mientras que la población mundial se cuadriplicó en un siglo, el consumo de agua se
multiplicó por 9, y los consumos industriales por 40. La cantidad de agua en la tierra es
limitada, no renovable y heterogéneamente repartida. Por ello, el hombre está
condenado a almacenar, bombear, reciclar, o desalinizar cantidades cada vez mayores
de agua.
Desde hace muchos años los países
desarrollados han instado a reducir severamente los contenidos de elementos tóxicos-
nocivos en las aguas destinadas al consumo humano en todo el mundo. Se ha
entendido, por fin, que la provisión de agua segura es la mejor política sanitaria en la
profilaxis de patologías de origen hídrico cuyo tratamiento médico resulta
sustancialmente más costoso.
Sin embargo esta simple ecuación ha sido
de muy difícil cumplimiento en algunos países emergentes como el nuestro, ya que se
ha dado la particularidad de que por un lado las aguas subterráneas presentan
contaminante naturales como el arsénico, en concentraciones varios cientos de veces
superiores a los máximos admisibles, mientras que por otro, no se aplican tecnologías
de tratamiento que permitan disminuir los tenores a costo razonable y métodos de
análisis que detecten niveles de contaminantes naturales tan bajos como marcan las
normas.
La contaminación con arsénico no es
exclusivamente de origen natural sino que puede ser provocada por actividades
humanas. Como lo señala la investigadora del CONICET, Dra. Blanca Rosales, se han
detectado casos de muerte de familias enteras por envenenamiento debido a la
infiltración hacia los acuíferos de productos arsenicales, intensamente utilizados como
agroquímicos en cultivos de cítricos, en la zona agrícola del valle del río de San
Francisco en la provincia de Jujuy. En otros casos, las actividades industriales y
mineras también se constituyen en focos de contaminación a poblaciones expuestas.
En esta Cámara de Diputados el Bloque
Socialista presentó un proyecto de ley en el año 2004 (7797-D-2004) y convocó a dos
reuniones consultivas con numerosos expertos/as que aportaron experiencias y
propuestas sobre la problemática del arsénico en nuestro país, muchas de las cuales
son recogidas en este proyecto de ley.
Asimismo el Bloque Socialista volvió a
presentar el proyecto en el año 2006 (3294 -D- 2006) tras lo cual se modificó por vía
del las resoluciones Nº 68/2007 de la Secretaría de Política, Regulación y Relaciones
Sanitarias y la Resolución Nº 196/ de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Pesca y
Alimentos de fecha 22 de mayo de 2007, los artículos 982 y 983.
Sin embargo, es necesario acompañar las
medidas tomadas en referencia a los art. 982 y 983 del C.A.A. con una normativa que
permitan luchar contra el Hidroarsenicismo crónico regional endémico (HACRE),
principalmente tendientes a la minimización de riesgos y a la reducción de daños
producidos por la exposición a arsénico en agua de consumo.
En ese sentido el proyecto busca:
- La realización un mapa nacional de
las áreas arsenicales y delimitar las zonas de riesgo.
- La vigilancia epidemiológica de la
incidencia y seguimiento de casos de HACRE en todo el país.
- Minimizar los daños en la población
afectada elaborando el protocolo de atención médica que posibilite la detección
temprana del HACRE y asegure la asistencia médica.
- Minimizar el tenor de arsénico en el
agua de consumo en etapas con el fin de adecuar el tenor máximo al admitido por el
art. 982 y 983 el Código Alimentario Argentino de 0,01 miligramos/ litro. (0,01 mg/l).
- Promover el desarrollo e
implementación de métodos para la reducción del arsénico en el agua proveyendo la
asistencia necesaria para asegurar la sustentabilidad del método, así como la
distribución planificada de las plantas potabilizadoras.
- Minimizar los riesgos en la población
expuesta al consumo de agua con arsénico, desarrollando programas de prevención,
campañas de capacitación y educación para los grupos de salud, agentes sanitarios y
la comunidad en general.
- Elaborar un Plan Federal con la
participación de las provincias y el asesoramiento de un Consejo de Expertos que
establezca las metas y el cronograma de acción, así como el monitoreo de los
programas implementados en cumplimiento de la presente ley.
- Realizar un control del nivel del
arsénico en el agua a cargo de las empresas públicas o privadas responsables del
suministro de agua potable.
- Que el Estado Nacional solvente los
gastos que demande el cumplimiento de las acciones que se mencionan.
Proponemos por todo lo expuesto, el
tratamiento del presente proyecto considerando que reúne las pautas normativas
necesarias para enfrentar la reducción de arsénico en el agua de consumo y sus
consecuencias sobre la salud, partiendo de los programas existentes a niveles
nacionales y provinciales y de los aportes e inquietudes que nos han hecho llegar
muchos investigadores/as comprometidos/as con la búsqueda de soluciones para un
gravísimo problema de salud pública que nos afecta a todos, pero en especial a los
más humildes, que carecen de posibilidades para acceder al goce de la salud, derecho
que reconocemos como un derecho humano básico.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
GEREZ, ELDA RAMONA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BENAS, VERONICA CLAUDIA | SANTA FE | ARI AUTONOMO 8 + |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI AUTONOMO 8 + |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |