PROYECTO DE TP
Expediente 1856-D-2010
Sumario: PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO. ESTABLECER COMO PRESTACION DE COBERTURA MINIMA LA ATENCION AMBULATORIA EN EL AREA DE SALUD MENTAL.
Fecha: 08/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACIÓN
PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO
AMPLIANDO
PRESTACIONES COBERTURA ÁREA SALUD MENTAL
ARTÍCULO 1.- Establécese
como prestación de cobertura mínima en el área de salud mental del Programa
Médico Obligatorio la atención ambulatoria de hasta 52 visitas por año calendario,
incluyendo las modalidades de entrevista psiquiátrica, psicológica,
psicopedagogía, psicoterapia individual, psicoterapia grupal, psicoterapia de
familia y de pareja y psicodiagnóstico.
ARTÍCULO 2.- Derógase toda
norma o disposición que se oponga a la presente Ley.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El artículo 1 de la
Resolución Nº 1991/2005 del Ministerio de Salud -Boletín Oficial 5-6/1/2005- dice
"Apruébese como parte integrante del Programa Médico Obligatorio las
previsiones de la Resolución Nº 201/02MS, sus ampliatorias y modificatorias, con
más las inclusiones de los anexos que conforman el presente acto administrativo",
y el artículo 4 indica que "El Programa Médico Obligatorio a que se refiere el
artículo 1 del presente comenzará a regir a partir del 1° de enero de 2006."
La Resolución 201/02
del Ministerio de Salud establece el Plan Médico Obligatorio, es decir las
prestaciones mínimas que los agentes del sistema de salud le tiene que garantizar
a sus usuarios. Así lo establece en el Anexo I: "Este Programa de Salud se refiere
al Conjunto de Prestaciones esenciales que deben garantizar los Agentes del
Seguro a sus beneficiarios. Es de carácter obligatorio para los Agentes del Seguro
de Salud, quienes no son meramente financiados del sistema, sino, y por sobre
todo, responsables de la cobertura de salud de la población beneficiaria."
Las Obras Sociales y las Empresas
de Medicina Prepaga deben cubrir, como mínimo y en todos los diferentes planes
que ofrezcan, básicamente todas las prestaciones previstas en la Resolución del
Ministerio de Salud 201/02, denominada Plan Médico Obligatorio (P.M.O.).
La Resolución 201/02 del Ministerio
de Salud establece, en el Anexo I, Ítem 4, las prestaciones mínimas que se deben
satisfacer en lo relativo a la Salud Mental, estableciendo, en el ítem 4.3, una
cobertura hasta 30 visitas ambulatorias por año calendario, no pudiendo exceder
la cantidad de 4 consultas mensuales. Esto incluye las modalidades de entrevista
psiquiátrica, psicológica, psicopedagogía, psicoterapia individual, psicoterapia
grupal, psicoterapia de familia y de pareja, psicodiagnóstico.
Consideramos que es necesario, a
fin de darle continuidad a los tratamientos relativos a la salud mental, ampliar la
cobertura descripta a 52 visitas por año calendario. El Estado debe garantizar que
el acceso a la Salud sea un derecho humano de cumplimiento efectivo
fundamental para todo ciudadano. Es por ello que proponemos la presente
reforma ampliando el derecho al acceso a la salud. En los últimos años se hizo
evidente el profundo impacto de lo social sobre la subjetividad de la población, lo
que ha generado cambios en las características que adopta la demanda de
tratamientos que van mudando junto con las modalidades de padecimiento y las
formas en que cada sujeto vive su malestar.
Las recurrentes crisis socio-
económicas provocan en las personas alteraciones psicosociales que se
manifiestan en ansiedad, tristeza y estrés y pueden derivar en condiciones
crónico-degenerativas como depresión, trastornos de ansiedad y frustración. La
tensión provocada por las crisis sociales, políticas y económicas afecta a los
mecanismos encargados de proteger al organismo y genera padecimientos físicos
y mentales. La crisis global que estamos experimentando influye sobre las
conductas, actitudes, emociones y expectativas de los ciudadanos. Ante las crisis,
las personas reaccionan negando la realidad en un primer momento para después
convertir sus posibles consecuencias en foco de atención, generalmente
acompañado de la sensación de pérdida de control, tensión, miedo y estrés.
Alteradas constantemente por la información que se va recibiendo, se mueven en
la incertidumbre y el miedo que supone la posibilidad de no poder mantener el
nivel de vida, los proyectos prefijados e incluso el puesto de trabajo. Cuando las
personas, por la razón que fuere, no pueden adaptarse o ajustarse a la influencia
del medio económico, se reactiva el sistema generando tensión, impotencia,
descontento, ira, desesperanza, indefensión, menosprecio, frustración y
miedo.
La profundización de la crisis del
estado de bienestar y el neoliberalismo, la crisis de representatividad del 2001 y la
crisis del campo a partir del 2008, sumado a la crisis financiera mundial, han
repercutido en la subjetividad de los argentinos generando nuevas demandas de
atención en el campo de la salud mental dirigidas a brindar un mayor cuidado,
previniendo los riesgo de enfermar, colaborando a disminuir la fármaco-
dependencia y ayudando a reparar los daños al intentar devolver parte del
bienestar perdido al paciente, que, ante la incertidumbre de un mundo cada vez
menos previsible, necesita recurrir a la atención con profesionales del campo de la
salud mental para poder continuar normalmente su vida. Esto redunda en menor
deserción laboral y mayor equilibrio emocional para afrontar las vicisitudes diarias
de la postmodernidad.
Es necesario que el Estado brinde a
los ciudadanos herramientas en el campo de la salud, que les posibiliten transitar
las diferentes crisis del mejor modo posible con el acompañamiento y tratamiento
profesional adecuado a cada subjetividad, brindando cobertura y asegurando la
continuidad de los mismos en el tiempo.
Consideramos, pues, atinado que el
Plan Médico Obligatorio se modifique, ampliando la cobertura de las prestaciones
referidas al tratamiento ambulatorio de las dolencias relativas a la salud mental.
Por las razones expuestas
solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
RE, HILMA LEONOR | ENTRE RIOS | COALICION CIVICA |
COMI, CARLOS MARCELO | SANTA FE | COALICION CIVICA |
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