PROYECTO DE TP
Expediente 1853-D-2013
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 61 Y 67 SOBRE DENOMINACION Y COMPETENCIA. DE LA COMISION DE CIENCIA Y TECNOLOGIA,
Fecha: 11/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Artículo 1.-
Reformase el artículo 61 del Reglamento de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación, que quedará redactado de la siguiente
manera: "COMISIONES PERMANENTES. Las Comisiones Permanentes
de asesoramiento de la Cámara serán las siguientes:...........Ciencia,
Tecnología e Innovación Productiva..................".
Artículo. 2.-
Sustitúyese el artículo 67 del Reglamento de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación, que quedará redactado de la siguiente
forma:
Art. 67.
Compete a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva,
dictaminar sobre todo asunto o proyecto vinculado a la investigación
científica, al desarrollo tecnológico y a la innovación productiva, así
como también en lo relativo a sus diversas aplicaciones.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Innovar
etimológicamente viene del término latín innovare, que significa
cambiar o alterar las cosas introduciendo novedades.
En su
oportunidad la Real Academia de Española define la palabra innovación
como "creación o modificación de un producto, y su introducción en un
mercado".
También podemos ver a
la innovación como el proceso de integración de la tecnología existente
y los inventos para crear o mejorar un producto, un proceso o un
sistema.
Asimismo hemos visto
que el concepto ha evolucionado en el tiempo, ampliándose desde
inicialmente la innovación en productos, incorporándose luego a los
servicios, hasta llegar a la inclusión de las innovaciones en procesos y
en las estructuras organizativas.
Además como lo han
observado y expuesto distintos autores en diversos trabajos de
investigación, se produjo un cambio de paradigma en la historia,
habiendo un punto de inflexión entre los años '70 y '80 del siglo XX.
Hasta ese momento la innovación únicamente era concebida desde un
enfoque lineal, el cual suponía que con la sola inversión en
investigación y desarrollo era suficiente para que las innovaciones sean
óptimas para la sociedad. Se consideraba que alcanzaba con esas
inversiones para que las innovaciones se produzcan y luego se
adopten, la difusión se concebía prácticamente como automática.
Ahora bien con respecto a
la "innovación productiva", consideramos adecuada la definición que la
presenta como "un nuevo conocimiento tecnológico, diferente de la
invención que es la creación de alguna idea científica teórica o
concepto que pueda conducir a la innovación cuando se aplica el
proceso de producción"
A su vez entendemos que
la innovación está indisolublemente asociada con el desarrollo local.
Por esto es importante en todos sus aspectos, pero principalmente la
innovación lo es en la organización. A diferencia de la forma tradicional
de buscar el desarrollo de una comunidad, en la que los lineamientos,
la manera y la metodología surgen desde el exterior de la comunidad,
el desarrollo local parte de las necesidades locales, de los recursos
locales y de la decisión de los agentes locales. Por eso es sumamente
importante la manera en que éstos se agrupen y organicen, y es
primordial que sean innovadores en ese proceso para que puedan
buscar la manera más eficiente de fomentar las capacidades de los
individuos y del lugar en el que habitan, aumentando las libertades
fundamentales que ellos poseen y retroalimentándolas
positivamente.
El anclaje
valioso de este concepto lo encontramos,- siguiendo al reconocido
especialista en Desarrollo Local, Francisco Albuquerque-, en que "la
innovación depende esencialmente de las vinculaciones que se logran
concretar entre el sector de conocimiento y los actores locales que
están a cargo del sector productivo y empresarial y de los servicios
públicos en cada ámbito territorial. El enfoque de los sistemas locales
de innovación muestran que la innovación es esencialmente un hecho
territorial, igual que lo es la política de empleo, la formación de
recursos humanos, la promoción económica o la política
medioambiental".
En función de la
organización política-institucional del país, la federalización de la
ciencia, la tecnología y la innovación permite una transferencia
equilibrada de sus aplicaciones en todo el territorio nacional.
En definitiva la innovación
hay que verla también como factor de dinamización del desarrollo
territorial que permite la inclusión social y la sostenibilidad de ese
desarrollo.
Por otra, cabe señalar que
el Poder Ejecutivo Nacional ha impulsado en los últimos nueve años
políticas públicas en materia de innovación con un fuerte acento en lo
productivo, tendiente al fortalecimiento de un modelo que genere
mayor inclusión social y mejore la competitividad de la Argentina.
En este orden de cosas, el
diseño institucional de un Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación en el marco de la ley 25.467, se reforzó y comenzó a
articularse con la creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación Productiva que se creó a fines del 2007, por decisión del
Poder Ejecutivo Nacional que propició la ley 26.338 modificatoria de la
ley de Ministerios.
Cabe destacar que este
Ministerio con las competencias que se le han asignado es el primero
de Latinoamérica que contempló la Innovación Productiva asociada a la
Ciencia y la Tecnología.
De esta manera el
Ministerio tiene la posibilidad de llevar adelante las políticas de
innovación no sólo como instrumento para favorecer la competitividad
empresarial sino también como herramienta para definir las directrices
para que el Sistema Nacional de Ciencia, tecnología e Innovación
provea soluciones a los problemas sociales prioritarios del país
Así, la denominación de
Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, es un
término acorde con el contexto actual y en sintonía con las políticas
públicas que en la materia se vienen sosteniendo en los últimos años
en el país.
Cabe mencionar que este
proyecto fue presentado el 15 de Noviembre de 2012 bajo el numero
de expíe. 8077-D-12
Por todo lo expuesto,
solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEROTTI, OMAR ANGEL | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIANNETTASIO, GRACIELA MARIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
CIENCIA Y TECNOLOGIA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
01/10/2013 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
19/11/2013 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
20/11/2013 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2824/2013 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 28/11/2013 |