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PROYECTO DE TP


Expediente 1845-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA EL CUMPLIMIENTO DE LO NORMADO EN LA LEY 24314, SISTEMA DE PROTECCION PARA LAS PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA.
Fecha: 28/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, disponga el cumplimiento de las medidas establecidas por la Ley Nº 24.314 y el decreto 467/98, referentes a la obligatoriedad de garantizar la accesibilidad con autonomía y seguridad de las personas con movilidad reducida, en el transporte automotor.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nº 24.314 instituyó un sistema de protección para las personas con movilidad reducida tendiente a asegurarles condiciones de seguridad y accesibilidad en los medios de transporte público. De esta manera, se busca neutralizar la desventaja que la movilidad reducida provoca y brindarles la oportunidad, mediante su esfuerzo, de desarrollarse sin inconvenientes dentro de la comunidad.
En el año 1998 el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto Nº 467, establece un sistema de protección integral para las personas con movilidad reducida en el transporte público automotor de pasajeros. Esta dispone la adaptación de las unidades del parque automotor, para el ingreso y egreso de manera autónoma y segura de personas con movilidad reducida, ante la renovación de aquéllas. Esto significa unidades con piso bajo, espacios destinados para sillas de ruedas, pisos antideslizantes, pulsadores de llamada a baja altura, existencia de barrales y asideros para sujetarse, entre otros requisitos.
A pesar de los años que han pasado desde la creación de tan necesaria legislación, lamentamos observar que es incumplida por algunas empresas de transporte.
La Constitución Nacional garantiza la igualdad de trato y oportunidades de las personas con discapacidad en su artículo 75 inciso 23, la negación de sus derechos impedirá el pleno ejercicio de su ciudadanía hasta que la legislación vigente se traduzca en los hechos.
Por estas razones, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIOJA, JUAN CARLOS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA
FERRA DE BARTOL, MARGARITA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LOPEZ, ERNESTO SEGUNDO SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
08/05/2008 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
22/05/2008 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0347/2008 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION 06/06/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 20/08/2008 APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 20/05/2009