PROYECTO DE TP
Expediente 1844-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SITUACION DE LA "POLICIA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES - PEN -".
Fecha: 11/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
que, a través de los organismos que resulten competentes, informe lo que a
continuación se solicita referente a la situación de la Policía de
Establecimientos Navales (PEN):
1) Cuántos efectivos
integran actualmente la institución, discriminados por grado y destino;
2) Explique los
motivos por los cuáles se excluyó a dicho personal de las recomposiciones
salariales establecidas mediante los Decretos Nº 1305/2012, Nº 1306/2012,
Nº 245/2013 y Nº 246/2013;
3) Qué medidas
prevé adoptar para garantizar la efectiva recomposición salarial de los
integrantes de dicha fuerza;
4) Informe qué
porcentaje promedio de los haberes de los efectivos de dicha fuerza asumen
el carácter de no remunerativo y no bonificable;
5) Si se prevé la
solución de dicha distorsión y las medidas previstas al respecto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Policía de Establecimientos
Navales dependiente de la Armada Argentina, fue creada el 5 de enero de
1907. La misma posee un Estatuto propio que fue aprobado por Decreto-Ley
5177/58, modificado por las Leyes Nº 16.563 y Nº 17.144, reglamentado por
el Decreto Nº 9928/67 y actualizado por el Decreto Nº 2126/77.
Actualmente cuenta con 269
efectivos repartidos entre las Comisarías que funcionan en la Base Naval
Puerto Belgrano, Base de Infantería de Marina Baterías, Base Aeronaval
Comandante Espora, Base Naval Mar Del Plata y un destacamento en el
Comando de Transportes Navales de Buenos Aires.
A través del Decreto Nº 400/89
(BO 26.607) se realizó una recomposición salarial al personal de la Policía de
Establecimientos Navales (PEN), facultándose a los Ministerios de Defensa y
Economía para fijar mediante resolución conjunta, remuneraciones al
personal policial en concordancia con las Fuerzas de Seguridad en ese
momento dependientes del Ministerio de Defensa.
Luego, a través del Decreto Nº
1901/94 se incorporaron Suplementos y Compensaciones a la
Reglamentación de la Policía de Establecimientos Navales y con el Decreto Nº
1784/06 se fijaron los niveles para esos Suplementos y Compensaciones,
previa interposición de reclamos por no haberse dictado esa norma en el
momento de promulgarse los decretos correspondientes al Personal Militar y
al Personal Civil de Inteligencia (Nº 1104/05 y Nº 1782/06).
Posteriormente, a través del
Decreto Nº 871/07 se actualizaron los niveles mencionados anteriormente,
pero esta vez incluyendo a los tres organismos en un solo decreto, al igual
que el año siguiente, cuando con el Decreto Nº 1053/08 se actualizaron los
montos para los Suplementos y Compensaciones del Personal Militar,
Personal Civil de Inteligencia y Policía de Establecimientos Navales.
Durante el año 2009 se volvió a
realizar una actualización de montos de esos suplementos mediante el
Decreto Nº 751/09, incluyéndose nuevamente a los tres y con el Decreto Nº
926/11 se fijó el haber mensual para el Personal Militar, Personal de
Inteligencia y Policía de Establecimientos Navales.
A partir de allí, la Policía de
Establecimientos Navales desapareció de todos los decretos que otorgaron
aumentos a las Fuerzas Armadas.
El Decreto Nº 1305/12 (B.O.
32452 del 03-08-2012), mediante el cual el Poder Ejecutivo Nacional fijó una
nueva escala salarial para las Fuerzas Armadas, omitió por completo a la
Policía de Establecimientos Navales.
También la omitió el Decreto Nº
1306/12 que fijó la nueva escala de haberes para el Personal Civil de
Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas.
Recientemente, mediante el
Decreto Nº 245/2013 (B.O. 32593 del 05-03-2013) el gobierno nacional
pretendió enmendar algunos de los groseros errores que surgieron en la
aplicación del Decreto Nº 1305/12, y nuevamente omitió a la Policía de
Establecimientos Navales.
Estas sospechosas omisiones
agravan la de por sí situación delicada situación laboral que se caracteriza
por la percepción de un 70% (promedio) de sus haberes constituidos por
suplementos y compensaciones no remunerativas y no bonificables, con
todas las consecuencias que la misma acarrea en cuanto a la discriminación,
y los perjuicios económicos ocasionados a la hora de percibir el Sueldo Anual
Complementario (SAC) y al retirarse.
Queda claro entonces que la
problemática salarial de la Policía de Establecimientos Navales no difiere, en
cuanto a la situación de virtual pago en negro, del resto de las Fuerzas
Armadas y de Seguridad.
Por todo lo expuesto, solicito a
mis pares me acompañen en la aprobación del presente pedido de
informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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