PROYECTO DE TP
Expediente 1830-D-2014
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA "EDUCACION PARA LA PREVENCION DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES".
Fecha: 03/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACION DEL PROGRAMA
"EDUCACION PARA LA PREVENCIÓN
DE LA VIOLENCIA CONTRAS LAS MUJERES"
Artículo 1º: Créase el programa
"Educación para la Prevención de la Violencia contra las Mujeres", que tiene como
objeto prevenir todo hecho y situación de violencia en los términos de la Ley
26.485 a través de la instrucción de los docentes y la educación y concientización
de los alumnos de los niveles primarios y secundarios.
Artículo 2º: El programa creado por el
artículo 1º constará de cursos de capacitación para docentes y charlas sobre la
prevención de la violencia contra las mujeres a dictarse por dichos docentes en
todos los establecimientos educativos, teniendo en cuenta cada uno de los niveles,
ciclos y modalidades educativas a las cuales está dirigida. El programa tendrá por
objeto:
mujeres;
b) promover valores de igualdad y
deslegitimación de la violencia contra las mujeres;
c) promover el ejercicio de la
tolerancia, el respeto y la libertad en las relaciones interpersonales, la igualdad
entre los sexos, la democratización de las relaciones familiares, la vigencia de los
derechos humanos y la deslegitimación de modelos violentos de resolución de
conflictos,
d) informar a su vez sobre los
derechos, recursos y servicios que el Estado garantiza.
Artículo 3º: La autoridad de aplicación
del programa creado por esta ley será el Ministerio de Educación de la
Nación.
Artículo 4º: El Ministerio de
Educación, a través de las áreas que estime corresponder, deberá:
a) Acordar y diseñar conjuntamente
con cada jurisdicción dispositivos de formación continua que involucren a
formadores y docentes de los distintos niveles para los que forman, partiendo de
atender estratégicamente aquellas necesidades y problemas en cada
jurisdicción.
b) Establecer el contenido de las
charlas a dictarse por los docentes en todos los establecimientos educativos,
teniendo en cuenta cada uno de los niveles, ciclos y modalidades educativas a las
cuales está dirigida.
c) Organizar conjuntamente con las
jurisdicciones "Charlas Abiertas sobre Prevención de la Violencia contra las
Mujeres" donde se permita la asistencia a familiares de los alumnos, personas que
se encuentren a cargo de los mismos y público en general.
d) Organizar toda actividad de
prevención o acción de concientización que crea conveniente efectuar, tanto en
forma general o particular, privilegiando las zonas con mayor índice Violencia de
Género registrada.
Artículo 5º: Las autoridades
educativas jurisdiccionales organizarán un cuerpo de docentes que integren el
programa, quienes previa capacitación en los términos del inc. a) del artículo 4º de
esta Ley. Tendrán a su cargo el dictado de las "Charlas sobre Prevención de la
Violencia contra las Mujeres" a llevarse a cabo en la totalidad de los
establecimientos educativos de cada jurisdicción.
Artículo 6º: El cuerpo especializado de
capacitación de docente deberá estar integrado por psicólogos y/o psiquiatras y/o
asistentes sociales, y acreditar ante las distintas jurisdicciones educativas
capacitación e idoneidad suficientes en materias pedagógico- asistenciales, para su
desarrollo.
Artículo 7º: Cada jurisdicción
desarrollara los mecanismos necesarios para constatar todo hecho o situación de
violencia de género que pueda evidenciarse a través de los establecimientos
educativos para dar la debida intervención a los organismos
correspondientes.
Artículo 8º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto es una
representación de aquel que tramitó por Expte. 3998-D-2012, su autoría pertenece
al entonces Diputado Gustavo A.H. Ferrari.
El presente proyecto de Ley tiene
como principal objetivo crear el programa "Educación para la Prevención y Lucha
contra la Violencia de Género". Este programa tiene como objeto concientizar y
prevenir todo hecho y situación de violencia de género a través de la instrucción y
educación de los alumnos de los niveles primarios y secundarios en este
tema.
Según datos de la Asociación Civil "La
Casa Encuentro" la tasa de femicidios en nuestro país ha ido en aumento,
reflejando un crecimiento de más del 35% en los últimos cuatro años (sólo en
2011 282 mujeres fueron asesinadas por razones de género y en 2012 fueron 255
femicidios más 24 femicidios vinculados), esta aberrante situación es un claro
ejemplo del avance de los delitos vinculados a la violencia, discriminación y abuso
de género. El aumento de esta problemática que sufren millones de mujeres y
familias argentinas pone de manifiesto la necesidad de debatir, tratar y aprobar
propuestas legislativas que ayuden a frenar y prevenir estas situaciones. En este
sentido es de destacar el avance de la agenda legislativa vinculada a temas de
género en el Congreso Nacional, aprobando proyectos tan importantes como la
derogación de la figura de avenimiento en el Código Penal y avanzando en el
debate de temas claves como la incorporación de la figura de femicidio.
El programa que se propone crear en
el marco de la presente ley, tendrá como principales objetivos prevenir todo hecho
o situación de Violencia de Género a través de la instrucción, educación y
concientización de los alumnos de todos los niveles, ciclos y modalidades del
Sistema Educativo Nacional y constatar todo hecho o situación de Violencia de
Género que pueda evidenciarse a través de los Establecimientos Educativos para
dar debida intervención a los organismos correspondientes.
Fomentar la equidad y educar a los
niños y jóvenes sobre el flagelo de la violencia de género es una responsabilidad
de la cual los legisladores no podemos estar exentos. A nosotros nos corresponde
brindar las normas necesarias para erradicar este tipo de delitos que hoy, en lugar
de disminuir, van en aumento.
Argentina tiene una cultura
androcéntrica fuertemente centrada en la figura masculina poniendo, muchas
veces, a la población femenina en una situación de desventaja que prioriza los
intereses y necesidades del hombre por sobre los de la mujer. En este contexto,
muchas veces, la violencia masculina ha sido tomada como algo natural e incluso
como una fortaleza lo que lleva a afirmar, casi con seguridad, que un gran
porcentaje de los hechos de violencia de género no son denunciados no sólo por
miedo o imposibilidad sino porque son entendidos como consecuencias naturales
del mandato masculino. A esto debemos sumar la realidad de que, incluso en la
actualidad y a pesar del avance de la mujer en el campo social y económico, en
muchos casos los hombres siguen siendo los abastecedores primarios del hogar lo
cual pone a la mujer en una situación de desventaja que le imposibilita romper la
relación víctima-victimario.
En un marco socio-cultural como el
descripto precedentemente es, sin duda, prioritario contar con los mecanismos que
nos permitan garantizar el desarrollo de programas educativos para que niñas,
niños y adolescentes puedan conocer, analizar y debatir problemáticas delictivas
vinculadas a los delitos de género. Formar a las próximas generaciones, desde la
instrucción primaria, en un seno de equidad e igualdad es fundamental si
queremos terminar definitivamente con esta problemática.
Si bien, tanto a nivel nacional como
provincial, se han realizado algunas campañas esporádicas con el objetivo de
concientizar y sensibilizar a la sociedad sobre la problemática de la desigualdad de
género, entendemos que esto no es suficiente.
La violencia, discriminación y abuso
de género son temas históricos. La desigualdad de género ha sido una
problemática latente en nuestra sociedad a través de la historia y, si bien, con el
paso de los años ha pasado de ser invisible para comenzar a ponerse sobre el
tapete de la discusión e instalarse como tema de debate y análisis en los distintos
ámbitos, no ha encontrado aún solución. Consideramos que, para comenzar a
revertir esta problemática, es fundamental informar y educar sobre la misma.
Hoy más de 4.500.000 argentinas son
víctimas de alguna situación de violencia sexista, cerca del 10% de los llamados
que recibe el sistema de denuncia 911 de la Provincia de Buenos Aires están
vinculados a denuncias de violencia doméstica y estas cifran van en aumento año
tras año.
Desmitificar el problema, llevarlo a las
aulas de todos los establecimientos educativos, en los distintos niveles, ciclos y
modalidades, a fin de debatirlo, analizarlo y conocerlo es una tarea clave si
queremos comenzar a dar una solución definitiva a esta aberrante situación.
El presente proyecto se encuentra en
línea con el proyecto presentado por la Senadora Nidia Moirano en la Honorable
Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello, en virtud de las razones
expuestas, venimos a solicitar a nuestros pares la aprobación del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | UNION CELESTE Y BLANCO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
EDUCACION |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |