PROYECTO DE TP
Expediente 1827-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 25997, NACIONAL DE TURISMO.
Fecha: 26/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que
determine la reglamentación de la Ley Nº 25997, sancionada el 16 de Diciembre de
2004, Ley Nacional de Turismo, en atención al interés nacional que el turismo tiene
como actividad socio-económica, estratégica y esencial para el desarrollo del país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La iniciativa de referencia, pretende
acompañar la puesta en marcha e implementación de la Ley 25997 de Turismo, la cual
fuera sancionada el 16 de Diciembre de 2004.
A nadie escapa la importancia que ha
cobrado la actividad Turística en la Republica Argentina, que por su valor precisamente,
ha sido declarada por la norma en cuestión "de interés nacional", como una actividad
socioeconómica, estratégica y esencial para el desarrollo del país, siendo estimada la
misma como prioritaria dentro de las políticas de estado.
El repunte del turismo en la Argentina no
solo se refleja en la mayor llegada de turistas extranjeros (3.9 millones), el incremento
de vuelos a la ciudad de Buenos Aires o el aumento del índice de ocupación del sector.
La inauguración de complejos hoteleros de norte a sur del país también da cuenta de la
importancia que ha adquirido esta industria para la economía del país, que representa
cerca del 8 por ciento del PBI.
Este año según datos previstos por la
Secretaria de Turismo de la Nación, se inauguraron 19 hoteles de la mano tanto de
cadenas internacionales como de emprendedores locales, a esto se suman 201
establecimientos en construcción en todo el país durante el presente año, con una
inversión de 1.300millones de pesos.
La actividad turística resulta prioritaria dentro
de las políticas de Estado. El turismo receptivo es una actividad de explotación no
tradicional para la generación de divisas, resultando la actividad privada una aliada
estratégica del estado.
La ley en cuestión aprobada en diciembre del
2004 y promulgada el 5 de Enero del 2005, según lo establece en su articulo 45, debía
ser reglamentada en 180 días, ya pasaron 18 meses y aun no ha sido reglamentada por
a Secretaria de Turismo.
Es por esto, que consideramos necesario la
reglamentación de la misma ya que es lamentable, que en este rubro, no tradicional de
exportación, el cual genera mayores ingresos que el de cereales y carne, y ha tenido un
gran crecimiento en el ultimo tiempo sin que se haga lo que dispone la ley. Por ejemplo,
la creación del Comité Internacional de Facilitación Turística, que debe atender y
resolver los asuntos administrativos de la actividad o el Instituto Nacional de Promoción
Turística, que debe promocionar y ejecutar los planes y estrategias.
Cabe señalar que deseamos acompañar la
labor de la Secretaria de Turismo de la Nación, tal como lo hicimos al tiempo de
acompañar esta iniciativa hoy convertida en ley, pero para que la Ley 25.997 sea eficaz
es necesario que sea reglamentada en su totalidad a los efectos que pueda cumplir con
el fin social previsto al momento de sancionarse.
Por las razones arriba expuesta, solicito a
mis pares su acompañamiento a la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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OVIEDO, ALEJANDRA BEATRIZ | LA RIOJA | JUSTICIALISTA NACIONAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TURISMO (Primera Competencia) |