PROYECTO DE TP
Expediente 1826-D-2009
Sumario: DEVOLUCION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - IVA -.
Fecha: 21/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
El Senado y Cámara de Diputados...
Devolución del Impuesto al
Valor Agregado
Artículo 1.- A las personas
beneficiarias de planes sociales, asistenciales o de la seguridad social, sean ellos
nacionales o provinciales, que en carácter de consumidores finales abonen sus
compras de bienes y servicios mediante tarjetas de débito emitidas por las
entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526 y sus modificaciones, les
será retribuido el monto correspondiente al (cien) 100% del Impuesto al Valor
Agregado abonado.
Artículo 2.- La Administración
Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas, será la autoridad de aplicación, y deberá dictar las
normas reglamentarias necesarias para poner en vigencia el presente
régimen.
Artículo 3.- Invitase a las
Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente
ley.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene por
objeto establecer un mecanismo de devolución del total del Impuesto al Valor
Agregado a las personas beneficiarias de programas y planes sociales
implementados tanto por el Gobierno Nacional, como por los Gobiernos
Provinciales, que realicen sus compras a través del mecanismo de tarjetas de
débito.
En los últimos años los diferentes
programas y planes sociales instrumentados por la Nación y las jurisdicciones
provinciales tienen como modalidad de cobro de los beneficios, las tarjetas de
débito, en las cuales se deposita el ingreso monetario de los mismos.
El mecanismo de devolución de IVA
vigente prevé la restitución del 4,13% para todas las operaciones comerciales
inferiores a los $1.000 que se abonen con tarjetas de débitos, mientras que en
este proyecto de ley se propone implementar un mecanismo exclusivamente para
los destinatarios de planes sociales, que consiste en la devolución del 100% del
IVA abonado par las compras que realicen con las tarjetas que les suministran
para el pago de tales beneficios, como una forma de mejorar el monto de la
asignación recibida.
Es importante tener en cuenta que los
efectos del incremento inflacionario de los últimos años se tradujeron en un
deterioro significativo de los indicadores sociales, en especial los relativos a tasa
de pobreza e indigencia, que llegaron a alcanzar en el último mes el 32% y 10%
(lo que representa más de 12 millones y 4 millones de personas respectivamente),
por lo que la política gubernamental en la materia, en lugar de avanzar en una
mejora en la inclusión social por el contrario tendió a empeorar la redistribución de
los ingresos.
Por lo tanto en un contexto en que el
aumento de la tasa de inflación de los últimos años tendió a erosionar
significativamente el poder adquisitivo de la población de menores recursos, se
considera importante buscar los mecanismos que permitan mitigar esta situación,
que sin lugar a dudas está relacionado con la actualización del monto de los
beneficios recibidos, pero como reconocemos que ello no se está dando,
proponemos que por lo menos a través de la devolución IVA puedan recibir una
mejora relativa de los mismos.
Por todo lo expuesto solicito el
acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
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Comisión |
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