PROYECTO DE TP
Expediente 1817-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA "ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL" ANTE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS RECURSOS DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO.
Fecha: 21/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar la presencia del Director
Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Lic. Amado
Boudou, para que brinde un informe ante la Comisión de Presupuesto y
Hacienda de esta Honorable Cámara de Diputados, acerca del manejo que se
está realizando de los recursos del Sistema Integrado Previsional Argentino y
explique las razones por las cuales a la fecha aún no se dio cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 12 de la Ley 26.425, referente a la constitución del
Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado
Provisional Argentino.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 21 de julio de 2007 el Poder
Ejecutivo Nacional dictó el Decreto Nº 897/07 de creación del Fondo de
Garantía de Sustentabilidad del Sistema Previsional, integrado principalmente
por los recursos percibidos por la Administración Nacional de la Seguridad
Social que resulten de libre disponibilidad.
El art. 13 del citado decreto
dispuso la creación en el ámbito de la ANSeS de la Comisión de Seguimiento
del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional, compuesta
por representantes de entidades empresariales, sindicales y dependencias
gubernamentales.
A pesar de lo dispuesto en el art.
13 del Decreto Nº 897/07, la ANSeS nunca creó la Comisión de Seguimiento
del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional, por lo
tanto, no existió ningún tipo de control sobre el manejo de los fondos
superavitarios del organismo desde mediados del año 2007.
Posteriormente, el 20 de
noviembre de 2008 este honorable Congreso de la Nación sancionó la Ley
26.425 de unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un
único régimen previsional público denominado Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA) y de eliminación del régimen de capitalización. El art. 7º de
esta ley dispuso la transferencia en especie a la ANSeS de los recursos que
integraban las cuentas de capitalización individual y que administraban la AFJP
y estableció que esos activos pasaran a integrar el Fondo de Garantía de
Sustentabilidad creado por el Decreto Nº 897/07.
El artículo 12 de la mencionada
ley dispuso la creación en el ámbito de la Administración Nacional de la
Seguridad Social del Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del
SIPA, cuyo objeto es el monitoreo de los recursos del sistema y cuya
integración es similar al de la Comisión de Seguimiento del Fondo de Garantía
de Sustentabilidad del Régimen Previsional.
Frente a un pedido
de informes de la diputada Fernanda Reyes la ANSeS respondió que "a los
fines de la conformación del Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad
del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIPA) que prevé el art. 12
de la Ley Nº 26.425, se labraron actuaciones al respecto, se cursaron sendas
notas de estilo a las entidades allí individualizadas, recibiéndose a la fecha
respuestas parciales de la Confederación General del Trabajo (CGT) y de la
Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y una manifestación
por parte de la Unión Industrial Argentina (UIA)".
En consecuencia, tampoco se ha
constituido el Consejo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del SIPA, por
lo tanto, en la actualidad, no existe monitoreo alguno sobre los recursos del
sistema previsional argentino.
Como es de público
conocimiento los fondos del SIPA están siendo utilizados para planes de
incentivo del consumo y obras públicas, así como también para financiar las
"deficiencias de caja" del Gobierno Nacional. En efecto, sólo en la semana que
fue del 13 de abril al 17 de abril de 2009 se publicó en el Boletín Oficial la
suscripción en forma directa de la ANSeS de Letras del Tesoro por
$3.100.000.000 (Tres mil cien millones de pesos), sin que a la fecha se hayan
aplicado ninguno de los controles previstos en la ley 26.425.
En conclusión la falta de
información pública referida al manejo de los fondos del sistema previsional
que ostenta una masa de recursos que supera la suma de los 100 mil millones
de pesos, además de los 18 mil millones que se adicionarán en el año en curso
y la dilación en la constitución del Consejo del Fondo de Garantía de
Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino, hacen necesario
solicitar la presencia del Director Ejecutivo del Anses en esta Honorable
Cámara, para que brinde las explicaciones del caso, atento a que se trata de
recursos que pertenecen a la seguridad social y que por lo tanto que deben
servir para atender a la movilidad de los haberes provisionales, y a generar en
el mediano plazo las condiciones de sustentabilidad del sistema.
En atención a todo lo expuesto
solicito a las/los señoras/es diputadas/os que acompañen en la aprobación en
el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |