PROYECTO DE TP
Expediente 1816-D-2014
Sumario: AMPLIACION DEL AMBITO DE APLICACION DEL REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL A LAS EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO.
Fecha: 03/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
El Senado y Cámara de Diputados...
AMPLIACIÓN DEL ÁMBITO DE
APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
NACIONAL A LAS EMPRESAS Y SOCIEDADES DEL ESTADO
Capítulo I
Ampliación del Régimen de
Contrataciones
Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1º
del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, por el siguiente:
"Artículo 1° - OBJETO. El Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional y de las Empresas y Sociedades del
Estado tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la
mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al
menor costo posible, como así también la venta de bienes al mejor postor,
coadyuvando al desempeño eficiente y al logro de los resultados requeridos por el
conjunto de la sociedad. Toda contratación de la Administración Nacional y de las
Empresas y Sociedades del Estado se presumirá de índole administrativa, salvo que
de ella o de sus antecedentes surja que está sometida a un régimen jurídico de
derecho privado".
Artículo 2º.- Sustitúyese el artículo 2º
del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, por el siguiente:
"Artículo 2° - AMBITO DE
APLICACION. El presente régimen será de aplicación obligatoria a los
procedimientos de contratación en los que sean parte las jurisdicciones y entidades
comprendidas en los incisos a) y b) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus
modificaciones".
Artículo 3º.- Las empresas y
sociedades que se nominan en el Anexo a la presente quedan sujetas al Régimen
de Contrataciones del Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus
modificatorios, no obstante cualquier disposición legal y/o estatutaria dictada en
contrario.
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo
adecuará los estatutos de las empresas y sociedades del Estado a lo establecido en
la presente.
Artículo 5º.- La presente entrará en
vigencia a partir de los doce (12) meses de publicada en el Boletín Oficial.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto es una
representación de aquel que tramitó por Expte. 0788- D-2011, su autoría
pertenece al entonces Diputado Gustavo A.H. Ferrari.
El presente proyecto de ley posee
como finalidad ampliar el ámbito de aplicación del Régimen de Contrataciones
aprobado mediante el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 a las empresas y
sociedades del Estado, en pos de dotar de mayor transparencia y uniformidad a los
procesos de compras y contrataciones de las mismas.
De acuerdo a la redacción vigente del
Decreto Nº 1023/2001, el Régimen de Contrataciones es de aplicación sólo para
las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a) del artículo 8º de la Ley
Nº 24.156, o sea para la "Administración Nacional", la que comprende la
Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de la
Seguridad Social.
De este modo, quedan excluidas de
su órbita y se rigen por normas particulares o del derecho privado las Empresas
del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación
Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras
organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación
mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.
Es por esto que, con el impulso del
presente proyecto de ley se busca aplicar mecanismos transparentes y
homogéneos de compras mediante la aplicación del Régimen de Contrataciones
vigente a las empresas y sociedades del Estado. La importancia de esta medida se
manifiesta no sólo en la búsqueda de transparencia en todos los actos de
gobierno, sino también al observar la magnitud de las erogaciones que llevan a
cabo estas sociedades y empresas. Para el Ejercicio 2011 se espera que realicen
gastos corrientes y de capital por más de $ 27.000 millones, de acuerdo al Mensaje
de Presupuesto para el año 2011 remitido por el Poder Ejecutivo a este Honorable
Congreso Nacional en septiembre de 2010, lo que representa aproximadamente el
7% del monto total solicitado para la Administración Nacional.
Si bien en la actualidad, y de acuerdo
a lo establecido por la Ley Nº 24.156 antes mencionada, el accionar de estas
empresas y sociedades del Estado se encuentra sujeto al control externo de la
Auditoría General de la Nación, es importante tener presente que el mismo se
realiza ex post, es decir con posterioridad a su efectiva ejecución, por lo que el
hecho de ampliar el ámbito de aplicación del Régimen de Contrataciones agrega
una etapa de control procedimental previo dotando de mayor transparencia a las
compras y contrataciones estatales, protegiendo de este modo el interés de los
recursos públicos y por ende de toda la ciudadanía.
Se destaca también, que el inciso b)
del artículo 8º de la Ley Nº 24.156, incluye a "... todas aquellas otras
organizaciones empresariales donde el Estado Nacional tenga participación
mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias" por lo que
el presente proyecto también que el Régimen de Contrataciones sea de aplicación
para las empresas Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima y Austral Líneas
Aéreas Cielos del Sur Sociedad Anónima y para sus controladas Optar Sociedad
Anónima, Jet Paq Sociedad Anónima y Aerohandling Sociedad Anónima, ya que el
Poder Ejecutivo Nacional ejerce en la actualidad los derechos de las acciones
sujetas a expropiación, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 26.466.
Por los argumentos expuestos solicito
a mis pares el acompañamiento necesario para dar sanción al presente proyecto
de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | UNION CELESTE Y BLANCO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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