PROYECTO DE TP
Expediente 1804-D-2014
Sumario: PROGRAMA "SEPARACION DE RESIDUOS EN ORIGEN EN LOS EDIFICIOS PUBLICOS". CREACION EN EL AMBITO DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION.
Fecha: 03/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
El Senado y Cámara de Diputados...
PROGRAMA "SEPARACION DE
RESIDUOS EN ORIGEN EN LOS EDIFICIOS PUBLICOS". CREACION EN EL AMBITO
DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES,
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION.
Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la
Subsecretaría de Coordinación de Políticas Ambientales, dependiente de la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Jefatura de Gabinete de
Ministros de la Nación, el Programa "Separación de residuos en origen en los
edificios públicos".
Artículo 2°.- El Programa tendrá los
siguientes objetivos:
a) reducir la cantidad de residuos
domiciliarios originados por las dependencias públicas nacionales,
b) generar conciencia ambiental en
los empleados públicos, para que además de aplicarla en su lugar de trabajo,
repliquen el modelo en sus domicilios,
c) iniciar un cambio cultural dentro
del sector público nacional respecto de la toma de conciencia del cuidado
ambiental,
d) reducir paulatinamente el negativo
impacto ambiental que producen los residuos domiciliarios, mediante su separación
en origen y eventual reciclado y reutilización.
Artículo 3.- El Programa se llevará a
cabo en los edificios de la Administración Pública Nacional, tanto central como
organismos descentralizados. Será implementado a través de la colocación de
contenedores de basura diferenciados, debidamente identificados, distinguiendo
entre desechos secos/reciclables y húmedos/orgánicos. A su vez los primeros se
dividirán entre plásticos, vidrios y cartones/papales, lo que produce una totalidad
de 4 contenedores de basura diferentes.
Artículo 4°.- Los contenedores de
basura serán colocados en lugares comunes a todos los empleados en cada piso
de los distintos edificios públicos, donde puedan acceder todos de manera cómoda
y directa. Será la autoridad de aplicación quien determine dónde y cuántos
contenedores de basura se pondrán en cada piso, atendiendo a la necesidad de
que este nuevo procedimiento no signifique un problema u obstáculo al trabajo
diario de los empleados.
Artículo 5°.- Las empresas
contratadas para la limpieza y recolección de la basura en los edificios públicos,
deberán comenzar a utilizar bolsas de distintos colores que diferencien los residuos
de cada contenedor de basura. La recolección y el transporte serán coordinados
por las autoridades competentes designadas por la Ley 25.916 de Gestión de
Residuos Domiciliarios.
Artículo 6°.- Como complemento del
artículo precedente, los máximos responsables de cada una de las dependencias
públicas deberán debidamente identificar cada uno de los contenedores de basura
con los carteles correspondientes, además de una descripción detallada de qué
tipo de residuos corresponde tirar en cada uno de ellos.
Artículo 7°.- Todo el proceso de
incorporación de contenedores de basura de separación de residuos en origen,
deberá ir acompañado de una campaña de difusión, concientización y capacitación
de los empleados públicos de las distintas dependencias, para que incorporen la
práctica de separación de residuos como una rutina habitual en su lugar de
trabajo. Para lograr dicho objetivo podrán cursarse invitaciones a las
organizaciones de la Sociedad Civil especializadas en el tema, para que brinden un
asesoramiento completo. La autoridad de aplicación de la presente Ley
determinará el responsable de gestionar esta iniciativa en cada una de las
dependencias públicas.
Artículo 8°.- En aquellas jurisdicciones
que aún no lleven adelante una recolección y transporte diferenciado de residuos,
el Poder Ejecutivo Nacional alentará a que comiencen a hacerlo lo antes posible en
el marco de la obligación impuesta por la Ley 25.916. Además, en estos casos, se
procederá a una separación de la basura diferenciada con un menor nivel de
segregación, dividiéndola solamente en 2 contenedores de basura/bolsas:
seca/reciclable en bolsas verdes y húmedo/orgánico en bolsas negras.
Artículo 9°.- En consonancia con el
art. 5° de la presente Ley serán celebrados convenios con organizaciones de la
sociedad civil que se dediquen al tratamiento de los distintos tipos de residuos por
separado, para que las empresas recolectoras, les lleven en la forma en que sea
más conveniente, las bolsas retiradas de las dependencias públicas. Para dar
cumplimiento al presente artículo se trabajará conjunta y coordinadamente con las
autoridades designadas por la Ley 25.916, en el marco del Capítulo V
"Tratamiento, transferencia y disposición final".
Artículo 10.- El presente proyecto de
separación de residuos en origen en las dependencias públicas de la
Administración Pública Nacional central y organismos descentralizados, será
llevado adelante por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la
Nación y por todas aquellas subsecretarías y direcciones que la Secretaría estime
necesario. Podrá solicitar asesoramiento y colaboración al Consejo Federal de
Medio Ambiente en todas aquellas cuestiones en que así lo requiriere.
Artículo 11.- La Secretaría de
Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, como autoridad de aplicación,
deberá presentar anualmente al Congreso de la Nación, un informe detallado del
funcionamiento del plan de separación de residuos en origen, para que
oportunamente se puedan implementar los mecanismos necesarios para evaluar el
impacto ambiental de la presente iniciativa.
Artículo 12.- Presupuesto. Los gastos
que demande la aplicación de la presente Ley serán imputados a las partidas
presupuestarias correspondientes a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable.
Artículo 13.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto es una
representación de aquel de autoría de la Diputada Natalia Gambaro que, tramitó
por Expte. 5750-D-2012, que fue acompañado con su firma, por los siguientes
Diputados:FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO - DE NARVAEZ,
FRANCISCO.
El mismo se inserta en el marco de la
Ley 25.916 de Gestión de Residuos Domiciliarios que en su artículo 1°
establece:
"Las disposiciones de la presente Ley
establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión
integral de los residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano,
comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de
aquellos que se encuentren regulados por normas específicas".
Asimismo la Ley establece en su
artículo 4°:
Son objetivos de la presente
Ley:
a) Lograr un adecuado y racional
manejo de los residuos domiciliarios mediante su gestión integral, a fin de proteger
el ambiente y la calidad de vida de la población;
b) Promover la valorización de los
residuos domiciliarios, a través de la implementación de métodos y procesos
adecuados;
c) Minimizar los impactos negativos
que estos residuos puedan producir sobre el ambiente;
d) Lograr la minimización de los
residuos con destino a disposición final.
Entendemos que los residuos de las
dependencias públicas son residuos domésticos de tipo institucional, caracterizados
especialmente por el gran volumen que adquieren debido a la cantidad de
personas que trabajan en el sector. Es importante resaltar la falta de datos
oficiales completos sobre empleo público en todas las jurisdicciones;
particularmente en Nación, como así también la discontinuidad de los informes que
elaboraba y difundía periódicamente la Dirección Nacional de Ocupación y Salarios
del Sector Público. Sin embargo según números de elaboración propia sobre la
base de datos parciales contenidos en el último Boletín Fiscal (III trimestre 2011) y
relevamiento elaborado por FIEL respecto de Empleo Público podemos afirmar que
hay:
- Aproximadamente 452 toneladas de
basura diarias en total en el Sector Público Nacional
Según datos relevados en el último
estudio realizado conjuntamente entre el CEAMSE y el Instituto de Ingeniería
Sanitaria de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires en 2009,
en Argentina las personas producen aproximadamente 1kg de basura por día, esto
quiere decir que en el Sector Público Nacional se genera por día al menos 452.000
kg de basura, o sea, 452 toneladas diarias aproximadamente. Al mes este número
asciende a 13.748 toneladas, correspondiente solamente al Sector Público
Nacional. Al año son 164.980 toneladas.
La basura representa, para las
ciudades y pueblos, un alto costo ambiental además del elevado gasto económico
y social de su manejo. Es por esto que es fundamental reducir el volumen de lo
que tiramos y el primer paso para lograrlo es empezar a clasificarlos y a separarlos
en origen. Si bien estas prácticas requieren del acompañamiento de un cambio
cultural, creemos que es importante desde el Estado mostrarse como un ejemplo
para que luego las personas incorporen estas conductas en sus hogares
particulares. Cuantos más sean los pueblos y ciudades que realicen campañas de
comunicación y educación para concientizar a la población sobre la reducción de la
generación de basura y la utilización de productos más duraderos o reutilizables, la
separación y el reciclaje de productos susceptibles de serlo, mayores serán los
ciudadanos que, con información suficiente, se comprometan y sean fieles
representantes y transmisores de un ambiente más sano. El efecto multiplicador de
una nueva cultura ambiental retornará en ciudades más responsables y saludables
involucradas en la construcción de su presente y futuro.
Esta iniciativa incide directamente en
la disminución de los rellenos sanitarios, ya que numerosas organizaciones de la
sociedad civil han logrado demostrar que más del 50% de los desechos pueden ser
reutilizados. Hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos la gran parte
de los residuos de las dependencias públicas tienen que ver con el papel, con lo
cual el reciclado es muy fácil, incluso para que lo practiquen las personas en su
casa.
El objetivo de sacar los contenedores
de basura de basura de los escritorios individuales y ponerlos en lugares comunes
es lograr que los empleados se involucren con el proceso de separación de
residuos, ya que son desechos generados por ellos mismos. Cuanto más
comprometidos los empleados estén con esta iniciativa, mejores resultados
habrán. Cuidar el medioambiente es una responsabilidad de todos, y si desde el
Estado se comienza a dar el ejemplo, luego se podrá esperar que los ciudadanos
mantengan las mismas tesituras.
Por todos los motivos anteriormente
expuestos es que solicito a mis pares el acompañamiento.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | UNION CELESTE Y BLANCO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |