PROYECTO DE TP
Expediente 1794-D-2006
Sumario: CONSEJO DE LA MAGISTRATURA: EVALUACION PERIODICA OBLIGATORIA DE LOS MAGISTRADOS EN AREAS ACADEMICA, PSICOFISICA Y DE GESTION.
Fecha: 19/04/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1° : El Consejo de la Magistratura deberá instrumentar los mecanismos que aseguren la evaluación periódica obligatoria de los magistrados que consistirá en un área académica, un área psicofísica y un área de gestión.
ARTICULO 2°: La evaluación académica será realizada en forma obligatoria cada seis años por un consejo de notables designado para tal fin, en el ámbito del Consejo de la Magistratura. La Escuela Judicial deberá ofrecer capacitación, actualización y perfeccionamiento permanente para magistrados, acorde a los parámetros exigibles para el cumplimiento de dicho objetivo.
ARTICULO 3°: Los magistrados del Poder Judicial deberán someterse cada tres años a un examen obligatorio a efectos de determinar la aptitud psicofísica.
La determinación de los estudios y/o exámenes adecuados para tal fin será establecida por una Junta Médica convocada por el Consejo de la Magistratura.
ARTICULO 4°: Cada juzgado presentará un informe de su gestión en forma anual, que considere minimamente: a) estado de causas; b) atrasos o morosidad con indicación de sus causales; c) sentencias recurridas con resultado de las mismas. El Consejo de la Magistratura podrá ampliar y precisar los contenidos , modalidades y plazos para estos informes.
ARTICULO 5°: Para el caso en que los resultados de las evaluaciones de una de las tres áreas no hayan alcanzado los valores requeridos, las actuaciones serán remitidas a la consideración Plenario.
ARTICULO 6°: De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La administración de justicia se enfrenta con problemas similares en muchas partes del mundo: la lentitud de los procesos, la imposibilidad material de los magistrados de entender en enormes cantidades de causas y hacerlo al mismo tiempo con probidad, equilibrio y absoluta convicción de que se está haciendo siempre lo justo. Se trata de una organización que utiliza como principal insumo de su actividad específica el trabajo humano especializado, por ello, constituye una variable estratégica para su nivel de rendimiento.
Sin embargo, un marcado desinterés por los recursos humanos se ha visto reflejado en la falta de trabajos sobre el tema, en la década del setenta aparecen algunos pocos. En la década del ochenta FORES, produjo una encuesta sobre la formación profesional en la Argentina y el Dr. Cueto Rúa publica algunos comentarios sobre el Perfil del Secretario, la Administración de Justicia, etc.
En la década del noventa la Corte Suprema encargó un estudio que marcó una crítica visión sobre el personal de la justicia, posteriormente FIEL abordó el tema con resultados preocupantes, más adelante un estudio realizado por el Banco Mundial marca criterios que se plasmaron en El Plan Nacional de Reforma Judicial; publicaciones realizadas por el Dr. Felipe Fucito, investigaciones producidas por el Colegio de Abogados de la Capital Federal, y muchas otras publicaciones pusieron el acento en el factor humano como elemento determinante para proporcionar un eficiente servicio.
La ausencia de una política judicial con pautas claras y conducentes sumió a la justicia Argentina en un prolongado período de descrédito y de desconfianza pública: corruptela, desconocimiento manifiesto del derecho, negligencia, desorden de conducta, tardanza, nombramientos discrecionales en todos los niveles de la magistratura y una "carrera judicial" en la que la antigüedad aparece como factor preponderante para la confección del orden al mérito, siendo que ésta no resulta un indicador justo si no va acompañado de otras exigencias.
Debe sumarse a todo ello que todavía no se puesto la mirada sobre uno de los aspectos claves en la organización como es el relativo al ingreso a las escalas inferiores del sistema, teniendo en cuenta que el 90% de las designaciones de magistrados recaen en quienes están en el sistema judicial.
En un nuevo modelo de justicia debe considerarse seriamente que el ascenso no es sólo la satisfacción personal de quien se postula y obtiene un cargo superior, en el sentido de que le sean reconocidos sus méritos y obtenga una remuneración mayor, sino que fundamentalmente, implica un proceso de selección de los que estuvieren más preparados y mejor dotados para producir mayor eficiencia en el servicio. No es el poder, sino la calidad superior de los servicios, lo que debe jerarquizar la escala, en cada tramo o categoría.
Por ello, si bien la creación del consejo de la Magistratura resulta sumamente plausible para la jerarquización de la institución, todavía es perfectible.
Se ha puesto el acento en la selección y designación de magistrados, pero respecto de quienes ya ocupan el cargo, y aún quienes han sido recientemente designados, la ley se refiere vagamente a su capacitación, y el decreto agrega " contínua", pero no se establece su obligatoriedad.
La complejidad y especificidad de la tarea judicial hacen imprescindible delinear el perfil del juez ideal, y para ello es imprescindible una capacitación acorde, el juez no sólo debe ser versado en teoría jurídica , sino técnicas de conciliación, capacidad de liderazgo y gestión, debe demostrar su contracción a trabajo, ser prudente, etc., etc.
En palabras de Couture, en una conferencia sobre la justicia Inglesa "La calidad de las personas que integran los cuadros jerárquicos del sistema judicial, sellan su suerte". No tiene sentido alguno abundar en otras soluciones que pueden coadyuvar en esta empresa si este primer y esencial aspecto no está bien encarado.
Y en el plan Nacional de reforma judicial, página 234, se señala:
" la formación y capacitación de los jueces es una necesidad evidente que no puede postergarse por más tiempo. Ello resulta ineludible si se piensa que todo el sistema judicial depende, en última instancia, en los jueces como personas. Si se desea una administración de justicia expedita, oportuna y eficiente, a cargo de los mejores profesionales y que actúen con sabiduría, independencia, creatividad, personalidad y equilibrio, hay que idear los medios para perfeccionar cuidadosamente a dichos profesionales, de acuerdo con el perfil pretendido, ayudándolos a formarse, capacitarse y adiestrarse para la consecución de la
finalidad perseguida por la función judicial. No se puede esperar que todo el sistema descanse en la formación y enseñanzas brindada por las universidades y al esfuerzo desplegado por las personas designadas que tratan de asumir con plenitud su función de juzgadores, aprendiendo, imitando y preparándose por su cuenta. Tampoco se puede exigir que los jóvenes magistrados suplan con su esfuerzo e iniciativa personal una tarea que corresponde al estado y que, por lo mismo debe ser orgánica . planificada y común para todos".
Recientemente, en el encuentro de jueces realizado en la provincia de Santa Fe se insistió en la necesidad de que los miembros del Poder Judicial se capaciten en forma permanente, es que no son pocos los escándalos que salpican a este poder en forma permanente, con fecha 13 de marzo del corriente se publicó en los matutinos, que en un examen para cubrir una vacante de juez federal, la mitad sacó menos de cuatro, algunos de ellos siendo fiscales federales, otro siendo juez federal y tampoco aprobó quien estaba ejerciendo el cargo en forma interina. Con este cuadro, "la confianza pública" - que remite a la responsabilidad de los administradores de justicia para convencer a la comunidad de que los tribunales son justos, eficientes y eficaces- se aleja cada vez más de quienes deben garantizar "justicia".Si el cumplimiento de la ley depende en cierta medida del respeto que merezca a la comunidad la gestión de sus tribunales, es hora de hacer algo más.
Por estos motivos es que propiciamos esta iniciativa, en el entendimiento de que el mandato constitucional de "afianzar la justicia", debe traducirse en "La prestación del Servicio de Justicia para la comunidad, que es su razón de ser", para lo cual al frente deben estar los mejores, los más capacitados y esto incluye tanto la salud física como la mental, la capacidad académica y la capacidad de gestión que es susceptible de ser medida en cualquier contexto, el fortalecimiento de la democracia exige instituciones serias y sólidas.
No es el caso aumentar causales de remoción para sanear la institución, sino prevenir para preservarla
Es por los motivos expuestos que solicito el voto afirmativo de mis pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BÖSCH DE SARTORI, IRENE MIRIAM | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
IRRAZABAL, JUAN MANUEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SARTORI, DIEGO HORACIO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CECCO, CARLOS JAIME | ENTRE RIOS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA (Primera Competencia) |