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PROYECTO DE TP


Expediente 1776-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA INSPECCION Y FISCALIZACION DE LAS ACTIVIDADES HIDROCARBURIFERAS EN LA PROVINCIA DE SALTA.
Fecha: 10/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, por medio de los organismos que corresponda, informe sobre los asuntos vinculados a la inspección y fiscalización de las actividades hidrocarburíferas en el marco de la ley 17.319 de Hidrocarburos, en la Provincia de Salta, en especial:
a. Detalle cómo ejerció el poder de control la autoridad de aplicación de la ley 17.319 - de Hidrocarburos - en las actividades que le competen desde el año 2000 a la fecha.
b. Indique las actuaciones administrativas iniciadas y las sanciones aplicadas desde el año 2000 a la fecha por las actividades relativas a la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos y los funcionarios intervinientes.
c. Detalle las denuncias recibidas y el curso que se les ha dado desde 2000 a la fecha.
d. Indique las actuaciones judiciales que se derivaron de la función de inspección y fiscalización de la autoridad de aplicación.
e. Detalle las empresas que actuaron desde el 2000 a la fecha en las actividades comprendidas.
f. Remita la documentación sobre la información existente de todos los pozos perforados, reservas, secuencias y resultados de producción obtenidos, desde el año 2000 a la fecha, detallada por año y por rubro.
g. Indique la producción de hidrocarburos obtenida desde 2000 a la fecha detallada por año y por rubro.
h. Indique si se han sellado pozos productivos desde el 2000 a la fecha y remita la documentación existente.
i. Consigne los datos existentes de la totalidad de las importaciones de hidrocarburos desde Bolivia desde el 2000 a la fecha detallada por rubro y por año.
j. Indique las medidas resueltas o a llevarse a cabo por la reciente denuncia de la posible defraudación al estado por el sellamiento de pozos productivos por parte de las empresas concesionarias.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la provincia de Salta nos hemos visto sorprendidos con una noticia difundida en estos días, respecto de una denuncia llevada a cabo por Miguel Francisco Esper, uno de los primeros contratistas de la zona petrolera del norte salteño, quien a través de su empresa Perelco, hizo relevamientos geológicos, perforaciones e instalaciones para empresas petroleras que operaban en Salta, como Tecpetrol (Aguaragüe), Pluspetrol (Ramos), Pan American (Acambuco) y Refinor (Campo Durán).
Según Esper, Repsol y otras empresas asociadas, sellaron pozos de petróleo y gas productivos, para defraudar al Estado argentino por miles de millones de dólares con una simple maniobra: venderle al país desde los yacimientos muy cercanos del sur de Bolivia el mismo producto que se podría haber extraído de esos pozos, aprovechando la diferencia de precio por su valor sensiblemente mayor. En Bolivia se debe pagar el gas 11 dólares por cada millón de BTU, mientras que en nuestro país se paga entre 2,50 a 3 dólares por la misma cantidad. Recordemos que un millón de BTU (sigla en inglés de Unidad Térmica Británica) equivale aproximadamente a unos 27 metros cúbicos.
Continúa Esper manifestando que toda la documentación sobre esta maniobra se encuentra resguardada por las empresas involucradas y que solo falta hacerse de ella por parte de la Justicia para demostrar la veracidad de sus asertos.
Paralelamente vemos las estadísticas de la producción en boca de pozo y nos sorprende como ha descendido, por ejemplo en Aguaragüe cayó la producción gasífera de 3,6 millones de metros cúbicos diarios, en 2006, a 1,5 millones en la actualidad.
Señor Presidente, los datos y la denuncia parecen coincidentes con una maniobra de defraudación al Estado, que de comprobarse sería muy grave. Los argentinos hemos estado pagando cifras desproporcionadas por hidrocarburos que podrían haberse producido en los pozos de la cuenca hidrocarburífera salteña a un valor razonable.
Por otra parte, no alcanzamos a comprender la falta de control que la autoridad de aplicación ejerce por la ley nacional de hidrocarburos. Si bien las concesiones las otorgan y administran las provincias, la autoridad nacional mantiene su competencia fiscalizadora compartida en la materia, toda vez que se encuentran en riesgo recursos naturales que son de todos los argentinos y sobre todo se encuentra en juego el autoabastecimiento de combustible, declarado de interés público por la ley 26.741 de expropiación del 51 % de Repsol YPF. La realidad es que el erario nacional debió acudir a la importación de gas para suplir el faltante, algo que se podría haber solucionado con la propia producción de los pozos de la cuenca del norte argentino.
Respecto de la función de control, la ley 17.319 - de Hidrocarburos - establece que para el ejercicio de sus funciones de inspección y fiscalización, la autoridad de aplicación podrá tener acceso a la contabilidad de los permisionarios y concesionarios y podrá hacer uso de los medios que considere necesarios para su fin de contralor; asimismo los permisionarios y concesionarios deben facilitar las tareas que en ese sentido hagan los funcionarios competentes.
Es por estas atribuciones que la propia ley le otorga, que nos parece que hay una falencia en el nivel de inspección y fiscalización por parte del Estado Nacional que debe ser investigada. Nos parece también que la actual YPF, como continuadora de Repsol, debe iniciar las actuaciones correspondientes para deslindar responsabilidades. Sin perjuicio de estas consideraciones, presentamos este pedido de informes a fin de que podamos llevar adelante las medidas adecuadas desde esta H. Cámara de Diputados.
Por lo expuesto, solicitamos el acompañamiento de nuestros pares en este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)