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PROYECTO DE TP


Expediente 1774-D-2007
Sumario: INCORPORAR LA JORNADA POR LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DENTRO DEL CICLO LECTIVO DE EDUCACION.
Fecha: 25/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


INCORPORAR "LA JORNADA POR LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD" EN LOS CICLOS LECTIVOS DE EDUCACIÓN
ARTICULO 1º: Incorpórese en los ciclos lectivos de Educación Inicial, Primaria y Secundaria "La jornada por la Integración de las personas con Discapacidad" destinada a la promoción y difusión de los Derechos, la Igualdad y la Integración de las personas con discapacidad.
ARTICULO 2º: "La jornada por la Integración de las personas con Discapacidad" se desarrollará, los días 3 de diciembre de cada año calendario, declarado Día Nacional de las Personas con Discapacidad, por la ley 25.346. En caso de que la fecha no coincidiese con un día lectivo, se preverá su realización en el plazo más próximo, anterior o posterior al 3 de diciembre coincidiendo con el calendario escolar anual.
ARTICULO 3º: El Poder Ejecutivo Nacional a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, será la Autoridad de Aplicación y dispondrá a través de los mecanismos legales vigentes, lo previsto en el artículo 1º y 2º de la presente ley, para ser cumplidos por todos los Centros Enseñanza Privada y Pública del territorio nacional.
ARTÍCULO 4º:
La Autoridad de Aplicación tendrá las siguientes atribuciones:
1. La elaboración de los contenidos temáticos y el desarrollo programático de las actividades pedagógicas a los fines del artículo 1º de la presente ley, con la colaboración de la Comisión Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas.
2. Disponer y articular que el desarrollo de la jornada se realice en conjunto, entre escuelas comunes y especiales públicas y privadas. Con el objeto de llevar a cabo experiencias de intercambio, como así también favoreciendo la interacción de los educandos.
3. Promover y coordinar la participación de organizaciones no gubernamentales y organismos públicos o privados especializados en la temática de la discapacidad, tanto en lo dispuesto en el inciso 1º del presente Artículo como en el desarrollo efectivo de "La jornada por la Integración de las personas con Discapacidad".
4. Disponer de las ayudas técnicas, la capacitación de los docentes y todos los recursos materiales que crea adecuados y necesario para la implementación de la presente ley.
ARTÍCULO 5º: La presente ley deberá ser reglamentada en el plazo máximo de noventa (90) días corridos a partir de su promulgación.
ARTICULO 6º: Comuníquese A Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En concordancia con nuestra Constitución Nacional, el presente proyecto de ley, tiene como objetivo el fomento de la Integración de las Personas con Discapacidad generando resultados duraderos, como declara en su Artículo 75, inciso 23 "(...) que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos (...)" .
Asimismo, "La jornada por la Integración de las Personas con Discapacidad" propuesta, proporciona un nuevo canal de difusión de los Derechos, recursos materiales y servicios disponibles de acuerdo a nuestra legislación vigente y a las políticas desarrolladas por las diferentes administraciones públicas. Establece un espacio de reflexión, en los que los colectivos de personas con discapacidad puedan dar a conocer su problemática, necesidades e intereses como así también, poder transmitir sus experiencias y su conocimiento.
La educación es una herramienta clave para formar ciudadanos concientes de sus derechos y responsabilidades individuales y sociales.
La discriminación es un obstáculo fundamental hacia la integración y se funda en el desconocimiento que tienen los miembros de una sociedad hacia lo "diferente". En el caso de Argentina, la falta de información y acceso a la misma, en torno a la temática de la discapacidad, es todavía preocupante y lo revela cotidianamente la realidad. Ante este hecho, el estado debe buscar alternativas para el logro de la inclusión de todos los miembros de la sociedad: "Promover en todos los niveles educativos y modalidades la comprensión del concepto de eliminación de todas las formas de discriminación" así está establecido en los Objetivos de la Política Educativa Nacional, Ley 26.206 en su Artículo 11º inciso v y en este sentido impulsamos esta propuesta.
Establecer una jornada escolar para el tratamiento de la temática de la discapacidad es una acción estratégica de comunicación y formación por su eficacia inmediata y a largo plazo: la educación y la formación que reciban los niños y jóvenes hoy, va a condicionar e influir directamente sobre sus percepciones y acciones en el futuro.
Este Proyecto propone promover acciones de información y sensibilización dirigidas a todos los miembros de la comunidad educativa, que posibiliten el desarrollo de actitudes positivas hacia la inclusión de las personas con discapacidad en toda la comunidad y de este modo, contribuir en la construcción de una sociedad integradora.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
NAIM, LIDIA LUCIA BUENOS AIRES ARI
MAFFEI, MARTA OLINDA BUENOS AIRES ARI
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO ARI
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ROSSO, GRACIELA ZULEMA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD