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PROYECTO DE TP


Expediente 1758-D-2012
Sumario: LEY 26206 DE EDUCACION NACIONAL: MODIFICACION DEL ARTICULO 92, SOBRE EDUCACION VIAL, PROMOVIENDO LA ESPECIFICIDAD DE LA EDUCACION, Y ASI CON EL DICTADO DE EDUCACION VIAL, REGULAR Y COMPLEMENTAR LOS CONTENIDOS DE LA CURRICULA, ACTUALIZANDO ASI LOS CONTENIDOS DE LOS PLANES DE ESTUDIO.
Fecha: 29/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º: Incorpórese al artículo 92 de la Ley N° 26.206 el siguiente inciso: g) La educación vial en los niveles de enseñanza inicial, primaria y secundaria de acuerdo a lo prescripto por la Ley N° 23.348 y la Ley N° 24.449.
ARTICULO 2º: De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto busca:
Promover la especificidad de la educación, y así con el dictado de educación vial en establecimientos educativos, regular y complementar los contenidos de la currícula y actualizando así los contenidos de los planes de estudio.
Con la educación vial se promueve vida organizada, en simultaneidad con la posibilidad de enaltecer el respeto por las normas y la sociedad.
El dictado de la presente norma pretende dar cumplimiento a lo prescripto el la Ley 24.449 que en su articulo 1° dicta "...regulan el uso de la vía pública, y son de aplicación a la circulación de personas, animales y vehículos terrestres en la vía pública, y a las actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente, en cuanto fueren con causa del tránsito."
Es decir que queremos mediante el dictado de la presente es cumplir con los preceptos de la mencionada ley, que en su Art 9° obliga a incluir la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primario y secundario y en la en la enseñanza técnica, terciaria y universitaria, instituir orientaciones o especialidades que capaciten para servir los distintos fines de la ley de tránsito, ampliando lo dispuesto por la Ley 23.348, sancionada en 1986, que incluye la educación Vial en la instituciones educacionales de la Ciudad de Buenos Aires.
Dar publicidad a las normas de transito, a sus principios rectores, y en general incentivar el respeto a los demás en los espacios comunes y públicos.
Promover la paz en la comunidad, contenido en el preámbulo de la constitución nacional, mandato jurídico, vigente y operativo como ha venido sosteniendo la Corte Suprema de Justicia de la Nación en múltiples pronunciamientos.
En relación a la materia que queremos regular es que la Organización Mundial de la Salud (OMS), preceptúa que "la seguridad vial no es accidental" por lo cual es necesario crear planes para lograr su operatividad y su efectividad, para ello hay que crear planes a corto, mediano y largo plazo, y la educación vial es una actividad cuyos frutos principalmente se verán a largo plazo, aunque es innegable que en menor medida también influye en forma inmediata sobre las familias de los educandos, quienes cuando receptan conocimientos suelen transmitirlos a la familia.
Que los jóvenes y niños internalizen las normas de transito, siendo las escuelas el ámbito natural para desarrollar políticas preventivas en pos de la seguridad vial para así contribuir en la protección de la vida tanto de estos jóvenes para cuando conduzcan como también de terceros y en general de toda la comunidad.
Favorecer el ejercicio de conductas debidas, es decir, los jóvenes que sean formados en seguridad vial peregrinen con el ejemplo, volcando a los medios públicos ejemplos que pretendemos se repitan.
Los datos estadísticos arrojan que en nuestro país resultan alrededor de 100.000 lesionados y 9.000 las muertes anuales debido a accidentes de transito, números que año a año van en aumento, los cuales podrían disminuirse mediante la educación vial obligatoria de los educandos.
En términos económicos, con una buena educación vial, será millonario el ahorro en tratamientos médicos y de emergencias, en beneficios sociales para discapacitados producto de accidentes, en reparaciones en rodados de particulares. Sin contar que se evitaría muchísima tristeza en el pueblo cuando familias enteras son destrozadas por colisiones vehiculares.
Es para nosotros una obligación constitucionalmente impuesta, como parte integrante del estado legislar a favor de la vida, seguridad, educación y bienestar general.
Por todo lo expuesto es que solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RE, HILMA LEONOR ENTRE RIOS COALICION CIVICA - ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
TRANSPORTES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
EDUCACION Y CULTURA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/11/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
12/11/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
19/11/2013 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
20/11/2013 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2736/2013 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 2370-D-13 Y 7441-D-12 26/11/2013
Senado Orden del Dia 0827/2015 11/11/2015
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013 27/11/2013 MEDIA SANCION
Diputados INSERCION DE LA DIPUTADA GONZALEZ G.E. 27/11/2013
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1758-D-2012, 0070-CD-2013, 2410-D-2012, 4039-D-2012, 4010-D-2012, 0036-D-2013, 1209-D-2013, 2179-D-2013, 2612-D-2013 y 4068-D-2013
Senado CONSIDERACION Y SANCION 25/11/2015 SANCIONADO