PROYECTO DE TP
Expediente 1747-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 24788, DE LUCHA CONTRA EL ALCOHOLISMO.
Fecha: 25/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con
agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, por la vía y forma que
corresponda, disponga en el plazo más breve posible, la
reglamentación de la Ley N° 24.788 - Ley Nacional de Lucha
contra el Alcoholismo -, que crea el Programa Nacional de
Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de
Alcohol.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La vulnerabilidad de
nuestra sociedad, en particular, los jóvenes, adolescentes y
niños, son blancos concretos de varios flagelos, entre ellos el
alcohol. Así lo advierten las estadísticas de los Servicios de
Hospitales de Niños de distintos puntos del País, mostrando su
preocupación, por el avance que tiene el consumo de alcohol,
en adolescentes y niños.
Prueba de ello, son
los datos que han sido reflejados en distintos medios de
información, tanto nacionales como provinciales por parte de
profesionales de la salud y de la educación.
Es conocido que los
efectos del Alcoholismo, como enfermedad tienen incidencia
directa, tanto en hombres como mujeres, sin distinción de edad
, provocando graves daños como pérdidas humanas,
ausentismo laboral, deserción escolar, rupturas familiares,
entre otros, generando no menos consecuencias
alarmantes.
Si bien en el año
1997, promulgó la Ley N° 24.788 - Ley Nacional de Lucha
contra el Alcoholismo, que dispone la prohibición de la ventas
de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad y declara
de interés Nacional la Lucha contra el Consumo Excesivo de
Alcohol. La Ley no
cuenta aun con una
reglamentación integral de su articulado, para hacer más
efectiva su aplicación.
Por la Ley citada, se
crea el Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el
Consumo Excesivo de Alcohol, y entre otras acciones se prevé
que las obras sociales y las entidades de medicina prepagas,
reconozcan las coberturas de los tratamientos médicos, se
brinden asistencia y rehabilitación, se encaren medidas de
prevención primaria. La norma dispone también, la
participación de Autoridades Educativas, a fin de incorporar la
temática, en los contenidos curriculares de todos los ciclos de
enseñanza. Al mismo tiempo que incluye sanciones y multas.
La realidad de los
informes que muestran los Centros de Salud con respecto a la
ingesta de alcohol cada vez más tempranas por jóvenes y niños,
dejan al descubierto su vulnerabilidad, sin dejar de valorar el
esfuerzo que distintas Organizaciones Civiles realizan en la
contención y recuperación de los enfermos, considero que es
prioridad la reglamentación integral de la Ley 24.788 a los
fines de su efectiva aplicación.
Por ello solicito a
mis pares me acompañen en la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
URTUBEY, JUAN MANUEL | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/05/2007 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2247/2007 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0528-D-2007 y 1747-D-2007 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 01/06/2007 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0528-D-2007 y 1747-D-2007 | 27/06/2007 | APROBADO |