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PROYECTO DE TP


Expediente 1738-D-2013
Sumario: CREACION DEL "PLAN NACIONAL PARA LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER Y OTRAS DEMENCIAS".
Fecha: 09/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


"Plan Nacional de Alzheimer y otras demencias"
Artículo 1.- Objeto- La Presente ley tiene por objeto crear un "Plan Nacional para la Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias" en las personas adultas y adultas mayores.
Artículo 2.- Definición- A los efectos de la presente ley se considera a la Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias a aquellas enfermedades neurodegenerativas que provocan daño cognitivo progresivo en la edad adulta de las personas.
Artículo 3.- Finalidad- El Plan Nacional de Alzheimer y otras demencias tiene como finalidad crear centros para la prevención, diagnóstico y tratamiento sobre la Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias en establecimientos sanitarios habilitados para tal fin.
Articulo 4.- Objetivos- Los centros para la prevención, diagnóstico y tratamiento deberán:
1) Conformar equipos multidisciplinarios integrados por médicos clínicos, neurólogos, psiquiatras, psicólogos y asistentes sociales.
2) Realizar evaluación médica, neurológica, psiquiátrica, psicológica y evaluación social de los pacientes.
3) Proveer el tratamiento farmacológico y no farmacológico de los pacientes.
4) Informar a los familiares sobre los cuidados que demandará el paciente.
5) Fomentar la capacitación de los familiares.
Articulo 5.- Autoridad de Aplicación- Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud de la Nación.
Artículo 6.- La autoridad de aplicación deberá:
1) Contribuir al desarrollo de la investigación y capacitación profesional sobre la Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias.
2) Capacitar al personal auxiliar y cuidadores de las personas con enfermedad de Alzheimer y otras demencias.
3) Elaborar estadísticas orientadas a la toma de decisiones en políticas públicas y la prevención y tratamiento de la Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias.
4) Crear un Registro Nacional de Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias, el cual deberá regir en todos los casos el resguardo de protección de confiabilidad de los datos personales.
5) Informar a la población sobre el impacto de la Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias.
6) Realizar campañas de prevención de la enfermedad de Alzheimer y otras demencias.
7) Estimular la formación de neurólogos, psiquiatras, psicólogos, médicos clínicos orientados a la Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias.
8) Reconocer y realizar medidas de apoyo y soporte al cuidador de la persona con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias.
Artículo 7.- Cobertura- Las Obras Sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga, las entidades que brinden atención al personal de las universidades, y todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben incorporar como prestación obligatoria los objetivos previstos en el artículo 4.
Artículo 8.- Invitación- Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a sancionar, para el ámbito de sus exclusivas competencias, normas de similar naturaleza.
Articulo 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Según la Organización Mundial de la Salud el Alzheimer es una enfermedad neurodegenerativa cerebral primaria, que presenta síntomas neuropatológicos y neuroquímicos característica. La Enfermedad de Alzheimer es una enfermedad neurodegenerativa más frecuente, y se trata de un proceso patológico cerebral de evaluación progresiva y crónica, en algunas ocasiones hereditarios y otras veces de origen multifactorial. La Enfermedad de Alzheimer por ahora no tiene cura, no obstante lo cual, existen tratamientos que detectada a tiempo, logra mejorar la calidad de vida del paciente y su familia. En la actualidad la enfermedad de Alzheimer se convirtió en la demencia más común de Occidente, representa más de la mitad del total de las demencias. Según cifras del año 2010 entre el 5 y el 8% de las personas mayores de 65 años sufre esta enfermedad, duplicándose cada 5 años el porcentaje. De acuerdo a ADI (Alzheimer´s Disease International), en el mundo más de 35 millones de personas padecen demencias y se prevé que esta cifra sea duplicada en 20 años hasta llegar a los 65,7 millones de personas en el año 2030, llegando a los 115,4 millones para el año 2050. Es por estas cifras que la OMS convocó a los estados a establecer políticas públicas, convirtiendo a la Demencia en una "Prioridad Mundial de Salud Pública", ya que cumple todos los criterios para ser considerada un problema mayor de salud.
Nuestro país, no es ajeno a dicha enfermedad, según una estadística difundida por Facundo Manes, director del Instituto de Neurociencia de la Fundación Favaloro, en el año 2012, 400.000 personas padecen de Alzheimer en Argentina
El Alzheimer constituye una de las problemáticas de salud más importante por el crecimiento epidemiológico, el problema social que acarrea y el gasto económico que produce.
Ante el hecho del aumento de la longevidad en los individuos mayores de 65 años ha aumentado notablemente la enfermedad de Alzheimer y otras demencias, teniendo en cuenta que a mayor edad, la prevalencia de la enfermedad es más alta. No obstante la enfermedad puede recaer sobre personas a partir de la década de 30, 40 y 50 años, en un porcentaje muy reducido. Sudamérica es el continente donde más se va a incrementa la enfermedad de demencias, por el envejecimiento gradual de la población y la prevalencia de la misma en personas mayores de 65 años de edad.
Las alteraciones que produce la enfermedad de Alzheimer son: cambio de personalidad, apatía, depresión, agitación, ansiedad, irritabilidad, delirios, desinhibición, alucinaciones, trastornos del sueño, trastornos en conducta alimentaria, agresión física, euforia, entre otras.
En países en desarrollo la enfermedad de Alzheimer y otras demencias es poco diagnosticada. Los médicos, generalmente, no tienen la formación específica del tema para poder detectar a tiempo los síntomas de esta enfermedad. El problema fundamental, es que en general, los síntomas le son atribuidos a cuestiones de la edad, esto produce que durante los primeros síntomas el paciente transcurra sin diagnóstico.
Los tratamientos de este tipo de enfermedades deben ser oportunos (lo más temprano posible), adecuados (mediante fármacos apropiados) y accesibles (al alcance de todos los enfermos). Un tratamiento a tiempo se da únicamente en el
caso que el paciente o algún familiar detecte lo antes posible los síntomas de la enfermedad, cuando esto sucede inmediatamente se debe recurrir al médico, otra de las condiciones es poseer médicos capacitados en la materia para que puedan detectar en ese momento, luego de estudios prescriptos la presencia o no de la enfermedad. Para lograr obtener un diagnostico el médico debe realizar una evaluación clínica profunda, conjuntamente con los demás integrantes del equipo multidisciplinario, para arribar a la presencia o no de este tipo de enfermedad. El diagnóstico precoz, la atención primaria y las conductas preventivas, son medidas que favorecen a demorar el comienzo de la enfermedad, disminuyendo el número de pacientes que padecen de las enfermedades de demencia.
Mi intensión de establecer un ordenamiento jurídico que regule dicha enfermedad se centra en la intensión de poner en agenda esta problemática cuyos antecedentes demuestran que la misma está aumentando cada año y que detectada a tiempo puede otorgarle una mejor calidad de vida al individuo, retrasando la evolución de los síntomas de la enfermedad logrando controlarse, además de reducir los aportes económicos que año tras año demanda al sistema de salud. Es por esta razón que propongo la creación de Centros para la prevención, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad de Alzheimer y otras demencias, compuestos por un equipo multidisciplinario conformado por médicos clínicos, neurólogos, psiquiatras, psicólogos y asistentes sociales, teniendo como principal finalidad demorar la evaluación de la enfermedad con el cumplimiento de una etapa preventiva, para aquellas personas que quieran realizar controles
periódicos, con un diagnóstico precoz, para aquellos pacientes que se les detectó la enfermedad en una etapa inicial, y con un tratamiento para aquellos pacientes que poseen la enfermedad y requieren una mejor calidad de vida para ellos y para sus familiares. Derivo en el Ministerio de Salud de la Nación la realización de políticas tendientes a concientizar a la población sobra la enfermedad de Alzheimer y otras demencias, como también a fomentar la capacitación de los profesionales de la salud en este tipo de enfermedades que han evolucionado notablemente a lo largo del tiempo y que se prevé mundialmente su continua evolución. Es fundamental crear conciencia en nuestra sociedad sobre la enfermedad de Alzheimer y otras demencias, ya que es una enfermedad terminal que causa un deterioro general en la salud, aumentando el riego de infecciones, al igual que muy desgastante y doloroso para el núcleo familiar del enfermo. Además será función de la autoridad de aplicación contribuir a la investigación, logrando prevenir el desarrollo de dicha enfermedad.
Con la intensión de cumplir con los mandatos provistos por la Organización Mundial de la Salud, en miras de respetar el derecho a la salud y el derecho a la vida digna, con la finalidad de lograr demorar las consecuencias que produce la enfermedad de Alzheimer y otras demencias, creando conciencia en la sociedad,
solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
*Los fundamentos fueron extraídos del libro "Enfermedad de Alzheimer y otras demencias" editorial Polemos, provistos por A.L.M.A (Asociación de lucha contra el Alzheimer y alteraciones semenjantes de la República Argentina).
DOCUMENTOS DE DECLARACION EN EL MES DE ABRIL DE 2012 DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/11/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
11/12/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
11/12/2014 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1632/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 CON MODIFICACIONES 15/12/2014
Diputados Orden del Dia 1632/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 CON MODIFICACIONES 15/12/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 16/12/2014
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 16/12/2014 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013
Senado MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 60 Y 77 DEL REGLAMENTO DEL H SENADO (EXPEDIENTE 0337-S-14, APROBADO EL 10/12/2014), CAMBIO DE GIRO DE LA COMISION DE SALUD Y DEPORTE A LA COMISION DE SALUD CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 27/05/2015