PROYECTO DE TP
Expediente 1734-D-2007
Sumario: ESTABLECER COMO JORNADA NO LABORABLE PARA TODOS LOS TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA, LA FECHA EN LA QUE ANUALMENTE SE CELEBRE EL VIERNES SANTO.
Fecha: 25/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 37
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º: La
fecha que anualmente se establezca para la celebración de viernes
santo será jornada no laborable para todos los trabajadores en
relación de dependencia, no pudiendo ser obligados por el empleador
a prestar servicios bajo ninguna modalidad o apercibimiento. Al ser un
día no laborable por razones religiosas, es justo que el trabajador
religioso goce del derecho a celebrar una liturgia verdadera sin ser
perturbado en su fe religiosa. No obstante, se deja claramente
establecido que es un derecho en favor del trabajador, por lo que el
mismo podrá renunciarlo y transformarlo en día laborable.
ARTICULO 2º:
Derogase toda otra norma o disposición en contrario al artículo
precedente.-
ARTICULO 3º: De
forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Que es manifiesto que la
celebración anual del viernes santo responde a la observancia de
normas que han sido promulgadas por la autoridad de la Iglesia
Cristiana, y que las normas civiles han adoptado, transformando dicho
día en no laborable apoyados en la tradición cristiana de nuestro país,
tradición que por otro lado no puede desconocerse porque sería
desconocer las bases objetivas sobre las que se asentó nuestra
organización nacional.
Es justo en consecuencia,
que el Viernes Santo sea "verdaderamente" un día no laborable,
porque de lo contrario se estaría violentando la conciencia religiosa de
aquellos trabajadores que desean vivir el Viernes Santo evocando la
Pasión de Cristo como momento de silencio, reflexión y
penitencia.
Ahora bien, no puede
desprenderse la declaración de feriado nacional de semana santa, de
los motivos que dan su origen, y sin dudas las causas son absoluta y
exclusivamente religiosas, por lo tanto, deviene en contradicción
declarar un feriado y luego obligar a un trabajador (aunque se le pague
como feriado) a trabajar en un día que para la comunidad religiosa
cristiana es de reflexión y duelo.
Es necesario entonces, que
el derecho a no trabajar en Viernes Santo exista a favor del trabajador,
para que todos los fieles cristianos puedan gozar de la celebración de
una liturgia verdadera, tal como la Iglesia ha querido y establecido. Los
ritos litúrgicos son la expresión fiel y madura, a lo largo de los siglos,
de las enseñanzas de la Iglesia siguiendo los sentimientos de Cristo.
No podemos permanecer
callados ante los abusos, incluso gravísimos, contra la naturaleza de
este Feriado y también contra la tradición y autoridad de la Iglesia, que
en nuestros tiempos, estos abusos dañan cada vez más las
celebraciones en diversos ámbitos eclesiales. Se ha transformado en
costumbre la sumisión de las cuestiones de conciencia a las
exigencias mundanas, lo cual atenta contra la libertad de conciencia
que todo hombre tiene derecho a ejercer.
El trabajador que no
profese la fe cristiana tiene el derecho de asistir a su lugar de trabajo,
por cuanto la presente liberalidad no es de orden público sino que
pueden convenirlo libremente entre empleado y empleador, pero no
podrá este último obligar al primero.
Finalmente, conviene
transcribir una frase del MENSAJE DEL SANTO PADRE BENEDICTO
XVI PARA LA CUARESMA 2007 que dice : "Que la Cuaresma sea
para todos los cristianos una experiencia renovada del amor de Dios
que se nos ha dado en Cristo, amor que también nosotros cada día
debemos "volver a dar" al prójimo, especialmente al que sufre y al
necesitado. Sólo así podremos participar plenamente en la alegría de
la Pascua."
Firmante | Distrito | Bloque |
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DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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