PROYECTO DE TP
Expediente 1724-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL - ANAC - EN EL AERODROMO EN LA PROVINCIA DE RIO NEGRO.
Fecha: 11/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a
fin de solicitarle se sirva informar sobre los puntos abajo enumerados, relativos a
la actividad de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)
sobre aeródromo en la Provincia de Río Negro.
A) Si la ANAC ha autorizado la
construcción del aeródromo ubicado en la Provincia de Río Negro en el siguiente
cuadrante: 41°38´29.96 "S. 65° 1'56.05 "W.
B) Si personal de la Fuerza
Aérea Argentina ha asesorado en su construcción.
C) Empresa que se ha
encargado de la misma.
D) Si dicho aeródromo se
encuentra registrado y a nombre de quién, de acuerdo a la legislación
vigente.
E) Si la ANAC supervisa los
vuelos que parten, regresan o hacen escala en el mismo.
F) Si la ANAC ha detectado
vuelos que han salido del citado aeródromo hacia las Islas Malvinas o vuelos que
provienen de las mismas.
G) En caso afirmativo, indicar
tipo de vuelo, aeronaves utilizadas, la nacionalidad de las mismas y sus
respectivas frecuencias.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Código Aeronáutico de la República
Argentina (Ley 17.285 y sus modificatorias) establece en su artículo 27 que "Todo
aeródromo deberá ser habilitado por la autoridad aeronáutica, a cuyo fin ésta se
ajustará a las normas generales que al efecto determine el Poder Ejecutivo".
En el año 2007, el Gobierno Nacional
decidió transferir la competencia de la aviación civil de la Fuerza Aérea a manos
de civiles. El artículo 1° del decreto 239/2007, dispone la creación "en el ámbito
de la Secretaria de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios, LA ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL
(ANAC), quien será la autoridad aeronáutica nacional y ejercerá como organismo
descentralizado, las funciones y competencias establecidas en el Código
Aeronáutico (Ley Nº 17.285), en la Ley Nº 19.030 de Política Aérea; en los
Tratados y Acuerdos Internacionales, leyes, decretos y disposiciones que regulan
la aeronáutica civil en la República Argentina".
El Decreto del PEN N°1770/2007 que
aprueba el Programa General de Transferencia a la Administración Nacional de
Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de
Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
conforme se establece en el Decreto Nº 239/200, establece las funciones y
facultades de la Administración Nacional de Aviación Civil. El apartado 2° del
artículo 2° del citado Decreto establece que la ANAC ejercerá " la fiscalización y
control de los aeródromos públicos y privados del territorio nacional, los servicios
de navegación aérea, las habilitaciones y licencias conferidas, la
aeronavegabilidad, las operaciones efectuadas a las aeronaves, el trabajo y
transporte aéreo, la explotación de servicios aeronáuticos, el tránsito aéreo y las
comunicaciones, la capacitación, formación y entrenamiento del personal de
servicios aeronáuticos, los aeroclubes e instituciones aerodeportivas que resulten
materia de su competencia, las actividades generales de la Aviación Civil el
cumplimiento tanto de la normativa vigente, como de los acuerdos y convenios
nacionales e internacionales suscriptos y que se suscriban en el futuro por la
República Argentina".
Desde hace un tiempo hasta esta
parte, diversos medios de difusión pública, sobre todo de la Patagonia Argentina,
han venido denunciando supuestos vuelos clandestinos entre el aeródromo
ubicado en la Provincia de Río Negro en el cuadrante 41° 38'29.96"S. 65°
1'56.05"W. y las Islas Malvinas.
A fin de establecer la veracidad de las
mismas y en aras de conocer actividades que, de ser ciertas, estarían afectando la
soberanía nacional, es que solicito a los Señores Legisladores que acompañen el
presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CAMAÑO, GRACIELA | BUENOS AIRES | PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |