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PROYECTO DE TP


Expediente 1721-D-2009
Sumario: CANDIDATOS EN ELECCIONES GENERALES. OBLIGACION DE CESAR SUS FUNCIONES AL MOMENTO DE LA OFICIALIZACION DE LAS LISTAS, SI SON FUNCIONARIOS QUE OCUPEN CARGOS POLITICOS.
Fecha: 16/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°: Todos los funcionarios que ocupen cargos políticos, por designación, en el Poder Ejecutivo Nacional así como en las entidades autárquicas y Entes u organismos centralizados o descentralizados del Estado Nacional, y que se postulen como candidatos, titulares o suplentes, en elecciones generales, nacionales, provinciales o municipales, deberán cesar en sus funciones al momento de la oficialización de las listas correspondientes. En los casos en que el cese se concrete por medio de una licencia durante dicho lapso, la misma procederá y será en todos los casos sin goce de haberes.
Artículo 2°: Desde la oficialización de la Lista y hasta finalizado el comicio, la publicidad oficial no podrá contener elementos que promuevan la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos electivos que fueran funcionarios y no podrán exhibir imágenes de los mismos. Durante el lapso a que refiere el párrafo anterior solo se admitirá publicidad destinada a cubrir necesidades informativas urgentes de la población en materia de seguridad, salud y educación. Los funcionarios públicos que autoricen o consientan la publicidad de actos de gobierno en violación a lo dispuesto en esta norma, incurrirán en el delito previsto en el Artículo 248° del Código Penal.
Artículo 3°: Se prohíbe expresamente la realización de actos oficiales o participación conjunta en cualquier actividad de los funcionarios públicos en ejercicio conjuntamente con los candidatos a cargos electivos que hubieran cesado en sus funciones ejecutivas y/o la mención de los mismos o de las listas de candidatos de los partidos a que pertenecen. Igual prohibición regirá para todas las actividades oficiales, cualquiera sea su naturaleza, en la que no podrán participar los candidatos a cargos electivos, excepto aquellas que refieran a conmemoraciones u homenajes.
Artículo 4°: Cualquier ciudadano podrá realizar una denuncia fundada ante el Tribunal Electoral que corresponda sobre los hechos u acciones que involucren a candidatos o funcionarios y que impliquen violaciones a lo dispuesto por la presente. La violación por parte de candidatos oficializados ante la Junta Electoral, en los casos verificados, implicará automáticamente el cese de la oficialización de las listas de candidatos del partido a que corresponda. En caso de corresponder, la Justicia Electoral promoverá las acciones jurisdiccionales pertinentes contra los funcionarios, y notificará de los hechos ambas cámaras del Congreso de la Nación.
Artículo 5°: La presente ley es de orden público y de cumplimiento obligatorio para todos los niveles del estado Nacional.
Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde hace largo tiempo, en la Nación asistimos a permanentes mutaciones, en los regímenes electorales, internas cerradas, abiertas, simultáneas, adelantamiento de cronogramas electorales y todo ello a medida y conveniencia del oficialismo. Un solo aspecto se ha mantenido constante en estos años, y es el uso y abuso de las estructuras estatales para la apoyatura de los candidatos oficialistas.
Estas prácticas, sin lugar a ninguna duda, constituyen vicios de nuestra organización democrática que debemos erradicar definitivamente por diversas razones. La primera de ellas se relaciona con la injusticia implícita de que estas conductas direccionadas a solo un sector de la sociedad deban ser pagadas por todos. La segunda es la evidente desventaja que se establece para todos aquellos que, siendo opositores, no cuenten con la estructura estatal para promover sus propuestas, lo que los coloca en evidentes desventajas alterando el principio de igualdad de oportunidades.
Propuestas diversas, anuncios de obras que no se concretan luego, inauguraciones varias y cortes de cintas integran el amplio esfuerzo estatal en pos de la continuidad de sus candidatos.
La consecuencia de ello es el descrédito de las instituciones y de los funcionarios que la integran ante una sociedad apabullada por las manipulaciones. Tenemos la firme convicción de que es hora de terminar con estas prácticas que nada aportan a la sociedad y que contribuyen al continuismo y la simulación para el engaño.
Si existe verdadera intención de que la administración de la cosa pública sea transparente, si se desea que los habitantes y ciudadanos de este país vuelvan a creer, es menester que consideremos la propuesta que se realiza.
Por las razones expuestas, requerimos a los Señores Diputados la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RIOBOO, SANDRA ADRIANA BUENOS AIRES UCR
LEMOS, SILVIA BEATRIZ MENDOZA UCR
MORINI, PEDRO JUAN SANTA FE UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL