PROYECTO DE TP
Expediente 1704-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON CAMBIOS DE FONDO EN LOS PLANES DE ESTUDIO Y EN EL REGIMEN INTERNO DE LOS LICEOS MILITARES.
Fecha: 06/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que informe, a través de los organismos que correspondan, acerca de la
implementación de cambios de fondo tanto en los planes de estudio como en el
régimen interno por el cual se rigen los Liceos Militares.
La Cámara manifiesta su intención
de encontrar respuesta a los siguientes interrogantes:
1. Manifieste el motivo por el
cual no se participó oportunamente de estos cambios a la Comisión de Defensa de
esta Honorable Cámara de Diputados, teniendo en cuenta que el tema en cuestión
entra de lleno en lo que hace a la Defensa Nacional.
2. Explique las razones, ya sean
pedagógicas o de otra naturaleza, que fundamentan los citados cambios y de los
cuales esta Honorable Cámara de Diputados no tiene un conocimiento adecuado,
tal se desprende del punto 1.
3. Indique los motivos por los
cuales todas estas modificaciones no han sido precedidas por un abierto y amplio
debate del cual hayan participado los interesados (padres, egresados, etc.), como
así también expertos en el tema procedentes de distintos ámbitos y del que hayan
tomado conocimiento legisladores de ambas Cámaras de este Congreso de la
Nación. Debate que, dada su importancia, amerita una amplia cobertura
periodística.
4. Indique si se tomó en cuenta
el número de oficiales de reserva que existen al momento de implementar esta
reforma, toda vez que los Liceos son la única fuente de Oficiales para la Reserva
Militar Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En mi calidad de Diputada Nacional
de esta Honorable Cámara de Diputados quiero manifestar mi preocupación ante
los profundos cambios que el Ministerio de Defensa implementó tanto en los
planes de estudio como así también en el régimen interno de los Liceos Militares,
cambios de los cuales el citado Ministerio no participó a esta Honorable Cámara,
por lo cual los mismos no recibieron el tratamiento parlamentario que su entidad
amerita.
También es de
señalar que dichos cambios tampoco recibieron el tratamiento público adecuado,
más pareciera que se intentó su implementación de manera tal que se le puede
aplicar el refrán popular de "entre gallos y medianoche", adoptando la política de
los hechos consumados al que la actual administración nos tiene acostumbrados y
pone de manifiesto también la real importancia que la misma le asigna a la
Defensa Nacional.
En lo que hace específicamente a
los cambios en cuestión se puede señalar lo siguiente:
- El régimen de internado ha
resultado adecuado para el desarrollo de la formación de los cadetes, cabe tener
muy en cuenta que a los Liceos Militares no sólo concurren alumnos que viven
cerca de él, sino que también lo hacen alumnos que habitan en localidades
distantes ya sean de la misma o de otras provincias.
- El régimen de educación es
considerado satisfactorio por el Ministerio de Educación de la Nación. Se ha podido
establecer un orden general de precedencia en función de los conocimientos
comprobados en alumnos de "5to. Año Bachiller", a saber: 1) Colegios Privados; 2)
Liceos Militares; 3) Colegios Públicos de la C. A. B. A.; 4) Colegios Públicos de
las Provincias.
- Para cumplir con la finalidad de
lograr el egreso de un "Bachiller" como "Subteniente de Reserva" (o equivalente
en las otras Fuerzas Armadas) resulta imprescindible atender a la "instrucción
militar básica". Suponer que la capacitación se logrará durante el "5to. Año" resulta
irreal. Es conveniente recordar que en el Servicio Militar Obligatorio, los soldados
egresados como Oficiales de Reserva debían tener estudios universitarios y
permanecer en servicio durante TRECE meses, con dedicación exclusiva.
- El Régimen
Funcional particular de los Liceos Militares cumple plenamente con lo estipulado
por el "Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo
a la participación de niños en los conflictos armados", ya que en sus Artículo 1 y
Artículo 3 Inciso 3 establece:
Artículo 1: Los Estados Partes
adoptarán todas las medidas posibles para que ningún miembro de sus fuerzas
armadas menor de 18 años participe directamente en hostilidades.
Artículo 3, Inciso 3: Los Estados
Parte que permitan el reclutamiento voluntario en sus fuerzas armadas nacionales
de menores de 18 años establecerán medidas de salvaguardia que garanticen,
como mínimo, que:
a) Ese reclutamiento sea
auténticamente voluntario;
b) Ese reclutamiento se realice
con el consentimiento informado de los padres o de quienes tengan la custodia
legal:
c) Esos menores estén
plenamente informados de los deberes que supone ese servicio militar.
- Si se desvirtuara el proceso que se
ha señalado precedentemente no se cumple con la finalidad de formar a los
Oficiales de Reserva. Actualmente los Oficiales de Reserva egresados de los Liceos
Militares se constituyen en la única fuente de reclutamiento para ocupar, en forma
eventual, cargos de Oficiales Subalternos (desde los 20 a los 35 años de
edad).
- Es de señalar que sólo el 10% de
los SETENTA MIL egresados de los Liceos Militares han seguido la carrera
militar.
- Por otra parte es menester tener
muy en cuenta el perjuicio que se les ocasiona a los actuales cadetes de los Liceos
Militares dado que ya han comenzado el ciclo lectivo sin conocer ni ellos ni sus
padres que se iba a cambiar el programa de instrucción militar, el régimen de
alojamiento y el régimen de disciplina que habían elegido voluntariamente. Es de
prever que sobrevendrán recursos de amparo de los padres de los cadetes para
que se suspendan los cambios ante el trastorno que les significaría cambiar ahora
de colegio a sus hijos con el año escolar ya iniciado, con el agravante de que los
mismos no recibirán ya la educación que consideraban más adecuada.
Por otra parte es oportuno recordar
que durante la anterior administración, en el año 2006, el Ministerio de Defensa ya
con la conducción de la actual Ministro había intentado una reforma similar, la que
fracasó debido a la oposición, entre otros, de los egresados de los Liceos Militares
con el apoyo del (también liceísta) gobernador de la Provincia de Mendoza
Ingeniero Julio Cobos.
Quiero finalizar manifestando que el
grado de encono que tanto esta administración como la anterior tienen para con
las Fuerzas Armadas generó un ambiente de crispación tal que impide el
tratamiento adecuado de todo lo que tenga que ver con las mismas.
Es por todo lo expuesto, Sr.
Presidente, que se solicita la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/06/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0611/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1704-D-2010 y 2251-D-2010 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; CON MODIFICACIONES | 24/06/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 13/10/2010 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 30/11/2011 |