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PROYECTO DE TP


Expediente 1704-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON CAMBIOS DE FONDO EN LOS PLANES DE ESTUDIO Y EN EL REGIMEN INTERNO DE LOS LICEOS MILITARES.
Fecha: 06/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que informe, a través de los organismos que correspondan, acerca de la implementación de cambios de fondo tanto en los planes de estudio como en el régimen interno por el cual se rigen los Liceos Militares.
La Cámara manifiesta su intención de encontrar respuesta a los siguientes interrogantes:
1. Manifieste el motivo por el cual no se participó oportunamente de estos cambios a la Comisión de Defensa de esta Honorable Cámara de Diputados, teniendo en cuenta que el tema en cuestión entra de lleno en lo que hace a la Defensa Nacional.
2. Explique las razones, ya sean pedagógicas o de otra naturaleza, que fundamentan los citados cambios y de los cuales esta Honorable Cámara de Diputados no tiene un conocimiento adecuado, tal se desprende del punto 1.
3. Indique los motivos por los cuales todas estas modificaciones no han sido precedidas por un abierto y amplio debate del cual hayan participado los interesados (padres, egresados, etc.), como así también expertos en el tema procedentes de distintos ámbitos y del que hayan tomado conocimiento legisladores de ambas Cámaras de este Congreso de la Nación. Debate que, dada su importancia, amerita una amplia cobertura periodística.
4. Indique si se tomó en cuenta el número de oficiales de reserva que existen al momento de implementar esta reforma, toda vez que los Liceos son la única fuente de Oficiales para la Reserva Militar Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En mi calidad de Diputada Nacional de esta Honorable Cámara de Diputados quiero manifestar mi preocupación ante los profundos cambios que el Ministerio de Defensa implementó tanto en los planes de estudio como así también en el régimen interno de los Liceos Militares, cambios de los cuales el citado Ministerio no participó a esta Honorable Cámara, por lo cual los mismos no recibieron el tratamiento parlamentario que su entidad amerita.
También es de señalar que dichos cambios tampoco recibieron el tratamiento público adecuado, más pareciera que se intentó su implementación de manera tal que se le puede aplicar el refrán popular de "entre gallos y medianoche", adoptando la política de los hechos consumados al que la actual administración nos tiene acostumbrados y pone de manifiesto también la real importancia que la misma le asigna a la Defensa Nacional.
En lo que hace específicamente a los cambios en cuestión se puede señalar lo siguiente:
- El régimen de internado ha resultado adecuado para el desarrollo de la formación de los cadetes, cabe tener muy en cuenta que a los Liceos Militares no sólo concurren alumnos que viven cerca de él, sino que también lo hacen alumnos que habitan en localidades distantes ya sean de la misma o de otras provincias.
- El régimen de educación es considerado satisfactorio por el Ministerio de Educación de la Nación. Se ha podido establecer un orden general de precedencia en función de los conocimientos comprobados en alumnos de "5to. Año Bachiller", a saber: 1) Colegios Privados; 2) Liceos Militares; 3) Colegios Públicos de la C. A. B. A.; 4) Colegios Públicos de las Provincias.
- Para cumplir con la finalidad de lograr el egreso de un "Bachiller" como "Subteniente de Reserva" (o equivalente en las otras Fuerzas Armadas) resulta imprescindible atender a la "instrucción militar básica". Suponer que la capacitación se logrará durante el "5to. Año" resulta irreal. Es conveniente recordar que en el Servicio Militar Obligatorio, los soldados egresados como Oficiales de Reserva debían tener estudios universitarios y permanecer en servicio durante TRECE meses, con dedicación exclusiva.
- El Régimen Funcional particular de los Liceos Militares cumple plenamente con lo estipulado por el "Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados", ya que en sus Artículo 1 y Artículo 3 Inciso 3 establece:
Artículo 1: Los Estados Partes adoptarán todas las medidas posibles para que ningún miembro de sus fuerzas armadas menor de 18 años participe directamente en hostilidades.
Artículo 3, Inciso 3: Los Estados Parte que permitan el reclutamiento voluntario en sus fuerzas armadas nacionales de menores de 18 años establecerán medidas de salvaguardia que garanticen, como mínimo, que:
a) Ese reclutamiento sea auténticamente voluntario;
b) Ese reclutamiento se realice con el consentimiento informado de los padres o de quienes tengan la custodia legal:
c) Esos menores estén plenamente informados de los deberes que supone ese servicio militar.
- Si se desvirtuara el proceso que se ha señalado precedentemente no se cumple con la finalidad de formar a los Oficiales de Reserva. Actualmente los Oficiales de Reserva egresados de los Liceos Militares se constituyen en la única fuente de reclutamiento para ocupar, en forma eventual, cargos de Oficiales Subalternos (desde los 20 a los 35 años de edad).
- Es de señalar que sólo el 10% de los SETENTA MIL egresados de los Liceos Militares han seguido la carrera militar.
- Por otra parte es menester tener muy en cuenta el perjuicio que se les ocasiona a los actuales cadetes de los Liceos Militares dado que ya han comenzado el ciclo lectivo sin conocer ni ellos ni sus padres que se iba a cambiar el programa de instrucción militar, el régimen de alojamiento y el régimen de disciplina que habían elegido voluntariamente. Es de prever que sobrevendrán recursos de amparo de los padres de los cadetes para que se suspendan los cambios ante el trastorno que les significaría cambiar ahora de colegio a sus hijos con el año escolar ya iniciado, con el agravante de que los mismos no recibirán ya la educación que consideraban más adecuada.
Por otra parte es oportuno recordar que durante la anterior administración, en el año 2006, el Ministerio de Defensa ya con la conducción de la actual Ministro había intentado una reforma similar, la que fracasó debido a la oposición, entre otros, de los egresados de los Liceos Militares con el apoyo del (también liceísta) gobernador de la Provincia de Mendoza Ingeniero Julio Cobos.
Quiero finalizar manifestando que el grado de encono que tanto esta administración como la anterior tienen para con las Fuerzas Armadas generó un ambiente de crispación tal que impide el tratamiento adecuado de todo lo que tenga que ver con las mismas.
Es por todo lo expuesto, Sr. Presidente, que se solicita la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
09/06/2010 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0611/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1704-D-2010 y 2251-D-2010 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; CON MODIFICACIONES 24/06/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 13/10/2010 APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 30/11/2011