PROYECTO DE TP
Expediente 1688-D-2014
Sumario: LEY 20628 Y SUS MODIFICATORIAS DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS: SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACION DE LAS DEDUCCIONES PERSONALES SEGUN EL COEFICIENTE DE VARIACION SALARIAL PARA DEDUCCIONES PERSONALES.
Fecha: 31/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18
El Senado y Cámara de Diputados...
Impuesto a las Ganancias- Coeficiente
de Variación Salarial Para
Deducciones Personales
Artículo 1: Las Deducciones
Personales previstas en el art. 23 de la Ley Impuesto a las Ganancias Nro. 20.628
y sus modificaciones, deben ser actualizadas mensualmente por el Coeficiente de
Variación Salarial publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo.
Esta actualización incluirá los
siguientes conceptos:
a) Ganancias no imponibles.;
b) Cargas de familia: cónyuge, hijo,
hija, hijastro, o hijastra menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el
trabajo; descendiente en línea recta (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta) menor de
VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo; ascendiente (padre,
madre, abuelo, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra), hermano o hermana
menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el trabajo, suegro,
suegra; yerno o nuera menor de VEINTICUATRO (24) años o incapacitado para el
trabajo.
c) Deducción especial, para ganancias
netas comprendidas en el artículo 49 de la Ley 20.628, siempre que trabajen
personalmente en la actividad o empresa y de ganancias netas incluidas en el
artículo 79 de la mencionada ley.
Artículo 2: Lo dispuesto en el Artículo
anterior tendrá efecto a partir del período fiscal 2014, inclusive.
Artículo 3: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Debido a los aumentos de salarios
acordados crece el ingreso del trabajador pero una parte importante de ese
aumento va al Fisco. Para que esto no suceda el Gobierno debería hacer lo que
está obligado: atar a la actualización mensual del Coeficiente de Variación Salarial
publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo el Mínimo no Imponible
y las deducciones en la misma medida del aumento de sueldos.
El aumento promedio de salarios
durante el último año fue del 15 al 20% por lo que el Gobierno debería haber
incrementado el Mínimo no Imponible en el mismo porcentaje, pero no lo hizo, ni
lo piensa hacer ya que se beneficia enormemente e incrementa la dimensión de "la
caja" al obtener mayor recaudación impositiva.
Esta falta de actualización de los
mínimos no imponibles significó y significa un gran impacto en el salario de
aquellos trabajadores que tributaron y tributan Impuesto a las Ganancias, y
caemos en el dicho de que "la inflación es el impuesto que debe tributar la
población para solventar las ineficacias del Estado".
Estamos convencidos que la medida
que proponemos resultará beneficiosa y necesaria para los trabajadores en
relación de dependencia públicos y privados, fundamentalmente de la Región
Patagónica.
Cualquiera que conozca la geografía
patagónica, con su despoblación, enormes distancias y un clima severo,
particularmente en otoño e invierno, no podrá menos que comprender que el
trabajo al aire libre que las personas deben realizar como medio legítimo de
sustento propio y de sus familias, es particularmente ingrato. A menudo y pese a
los esfuerzos de algunas empresas en la prevención de los daños, acaecen como
consecuencia causal del rigor a que los trabajadores se encuentran
sometidos.
El trabajo en las industrias petrolera y
pesquera es siempre insalubre y peligroso. Pero no basta con que la actividad esté
sustentada en una adecuada interpretación de la ley de riesgos del trabajo ni que
se hagan efectivas en cada caso las prestaciones accesorias correspondientes,
pues ello acontece cuando el daño se ha producido. De lo que aquí se trata en el
presente proyecto, es de encontrar una forma de reparación y, a la vez, de
reconocimiento a los esfuerzos que a diario realizan miles de argentinos, pero en
nuestro interés particular, a los habitantes de la Patagonia Sur, que desempeñan
sus tareas en las industrias productivas bajo las inclemencias del rigor del clima
que allí impera; ello requiere una fortaleza física y de espíritu muy especiales
porque la dureza de la tarea, sumada a las condiciones desfavorables en que se
realiza, va minando cuerpos y espíritus que se entregan con generosidad en pos
del engrandecimiento de la Patria.
En función a lo expuesto, solicitamos
a nuestros pares acompañen la sanción del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
TOLEDO, SUSANA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
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