PROYECTO DE TP
Expediente 1681-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA EL CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO POR LA LEY 25415, DE CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE DETECCION TEMPRANA Y ATENCION DE LA HIPOACUSIA.
Fecha: 15/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos y
dependencias competentes, disponga el cumplimiento de lo
establecido por la Ley Nº 25.415, referente a la creación del
"Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la
Hipoacusia".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Entre el uno y el dos por mil
de los recién nacidos son sordos profundos o severos. En la Argentina,
ese porcentaje representa entre 2.000 y 3.500 casos anuales. La sordera
profunda o severa es un problema que puede detectarse casi de
inmediato con un test sencillo e indoloro. Cuanto antes se descubre la
enfermedad, mayores son las posibilidades de solución y más
rápidamente se puede comenzar la rehabilitación del paciente.
La pesquisa neonatal de
hipoacusia y sordera se realiza a través de la medición de emisiones
otoacústicas, un procedimiento simple que puede aplicarse al bebé a las
48 horas de nacido. Una vez realizado el diagnóstico, la ciencia cuenta
hoy con novedosos elementos capaces de mejorar la capacidad
auditiva.
En niños y adultos con
sordera profunda bilateral, aquella en la que el oído interno (cóclea) no
funciona de manera correcta y el uso de un audífono resulta insuficiente,
el implante coclear es un dispositivo médico complejo que estimula
eléctricamente el nervio auditivo en la cóclea con el objetivo de que una
persona con sordera severa o profunda, perciba los sonidos y la palabra.
En el mundo, ya hay 60.000 personas que hicieron realidad la audición a
través de esta innovación científica.
En Argentina, la ley la
25.415 - que si bien está aprobada, no fue totalmente reglamentada-
estipula que "todo recién nacido antes de los tres meses de vida tiene
derecho a ser evaluado auditivamente". Lamentablemente el
cumplimiento de esta norma es muy bajo ya que - por ejemplo - las
obras sociales no suelen hacerse cargo de la medición de emisiones
otoacústicas, haciendo oídos sordos a un problema que tiene una
solución por ahora solamente teórica: la creación del Programa Nacional
de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia, establecido desde el
año 2001 por la incumplida ley 25.415.
Por todo lo expuesto, es que
solicito a mis pares, que me acompañen en el siguiente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIOJA, JUAN CARLOS | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LOPEZ, ERNESTO SEGUNDO | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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11/08/2009 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1904/2009 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1681-D-2009 y 2446-D-2009 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 26/08/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1681-D-2009 y 2446-D-2009 | 28/10/2009 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 30/11/2011 |