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PROYECTO DE TP


Expediente 1674-D-2013
Sumario: BRIGADA ANTI CATASTROFE DE LA REPUBLICA ARGENTINA: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION.
Fecha: 08/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 23
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1. Créase la Brigada Anti Catástrofe de la República Argentina, organismo desconcentrado, con autarquía financiera y autonomía funcional, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación, que tendrá por finalidad la reducción de riesgos por medio de las actividades de prevención, mitigación y atención de desastres, sean éstos naturales o provocados.
Artículo 2°. Defínase la estructura y funciones de la Brigada Anti Catástrofe para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres.
Artículo 3°. Serán funciones de la Brigada Anti Catástrofe, a saber:
-La de establecer sus actuaciones en virtud del desarrollo de las actividades de prevención, mitigación y atención de desastres en función de los intereses de la sociedad.
-Garantizar el financiamiento de las actividades relacionadas con la prevención y mitigación por parte de las instituciones públicas o privadas, de conformidad al ámbito de su competencia.
-Asignar y coordinar las responsabilidades para cada una de las instituciones y órganos de la administración pública, especialmente las fuerzas de seguridad, que son parte del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres en cada uno de los diferentes sectores y niveles de organización territorial.
-Establecer los mecanismos de colaboración de manera multinstitucional, multisectorial y multidisciplinario, con la finalidad de garantizar los elementos básicos necesarios para la coordinación frente a una catástrofe.
-Cuidar por la seguridad ciudadana y de los bienes de ésta y del Estado.
Artículo 4°. Será responsabilidad de la Brigada Anti Catástrofe para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres, prestar observancia y cuidado al efectivo cumplimiento de las medidas previstas, sin que esto represente poner en riesgo los derechos y garantías de la ciudadanía.
Artículo 5º. Autorizase al Poder Ejecutivo Nacional a dictar las disposiciones que resulten necesarias para el cumplimiento de esta ley, disponiendo las erogaciones pertinentes con cuenta a gastos generales del presente ejercicio fiscal, hasta tanto el organismo cuenta con recursos asignados.
Artículo 6º. El Poder Ejecutivo Nacional dispondrá la instalación de la sede de la Brigada Anti Catástrofe en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las distintas ciudades del interior, bajo la órbita del Ministerio de Seguridad.
Artículo 7º.- Regístrese, Comuníquese, cúmplase
Artículo 8º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente Ley tiene por objeto establecer los principios, normas, disposiciones e instrumentos generales necesarios para la creación y funcionamiento de una Brigada Anti Catástrofe orientada a la reducción de riesgos por medio de las actividades de prevención, mitigación y atención de desastres, sean éstos naturales o provocados.
Frente a las distintas realidades que hemos vivido en los últimos años, como atentados y desastres naturales, tenemos la obligación de contar con personal especializado a fin de que coordine y lleve adelante las distintas tareas para la atención de esas catástrofes.
La importancia y las maneras de brindar la primera ayuda de todo tipo a los damnificados por un acontecimiento que supere lo convencional, nos lleva a la reflexión que debemos contar con un equipo que actúe en consecuencia.
En la Argentina hemos tenido que vivir distintos acontecimientos no deseados producto de atentados y desastres naturales, sin embargo los mayores esfuerzos puestos en práctica con el fin de asistir a esos eventos nos indican que debemos contar con una estructura especializada a tal fin.
Por esa razón entendemos que la formación de una Brigada Anti Catástrofes, compuesta por personal idóneo en esta materia, sería de una inmensa utilidad con el propósito de coordinar las distintas las actividades de las fuerzas de seguridad, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, y todo grupo u organismo solidario.
Por todo lo expuesto, en el convencimiento de la necesidad de un pronto tratamiento de las cuestiones que resultan en juego, algunas tan cruciales como la vida y la dignidad de los ciudadanos, es que me permito poner el presente proyecto a la consideración de mis colegas y solicito la aprobación del mismo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GRANADOS, DULCE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0492-D-16