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PROYECTO DE TP


Expediente 1668-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA AMPLIAR LOS HORARIOS DE LOS OMNIBUS DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA A RAZON DE 15 MINUTOS CADA CIEN KILOMETROS DE RECORRIDO.
Fecha: 23/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


La H. Cámara de Diputados de la Nación solicita al Poder Ejecutivo Nacional que a través de la Secretaría de Transporte se evalúe la conveniencia de la inmediata aplicación de una ampliación en los horarios de los ómnibus de media y larga distancia a razón de quince (15) minutos cada cien (100) kilómetros de recorrido. Asimismo, se verificará que los horarios que deben cumplir los vehículos de transporte automotor de pasajeros se computen desde el momento real en que comienzan su recorrido cuando por cualquier razón no se verifica el cumplimiento del establecido previamente.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La República Argentina, como es público y notorio, viene sufriendo desde hace varios años un notable incremento del número de accidentes que se producen en sus rutas y caminos. Cualquier estadística que se traiga a colación es demostrativa de ello y la sola lectura o escucha de titulares de la prensa escrita, oral y televisiva da una diaria prueba de este flagelo, con toda la -a veces no debidamente evaluada- secuela de daños en las cosa y, fundamentalmente, en las personas.-
No pocas veces, en los siniestros se ven involucrados vehículos afectados al transporte público de pasajeros, en el caso que nos ocupa, de media y larga distancia. Y, debemos decirlo, también en no pocas oportunidades el motivo o causa principal de una colisión o un vuelco con sus variadas (y lamentables) consecuencias deviene de excesos de velocidad para la realización de algunas maniobras que deriva en alguna contingencia desagradable.-
Entre la multiplicidad de razones que pueden encontrarse en la génesis de esta problemática bien puede mencionarse que en ocasiones el apuro de los choferes deriva de lo acotados que suelen ser los horarios establecidos para el recorrido a transitar, lo que conlleva que, para cumplir con los mismos, se puedan efectuar maniobras o elevar la velocidad de modo peligroso, con riesgo cierto tanto para el conductor como para sus pasajeros y terceros.-
Es de destacar que la Secretaría de Transporte mediante Resolución N° 102 de fecha 27 de febrero del corriente año ha modificado el punto 12 del Capítulo V Manual de Especificaciones Técnicas para Servicios de Transporte por Automotor de Pasajeros
para acentuar el control sobre la velocidad máxima que debe desarrollar los autobuses afectados al servicio público de pasajeros, entendemos que una ampliación en los horarios en los que deben completar sus viajes redundará en evitar la posibilidad que en aras de "no llegar tarde" se produzcan maniobras arriesgadas que, aun sin exceder el límite de velocidad, pueden dar lugar al acaecimiento de algún infortunio.-
A modo de ejemplo y aclaración del sentido de este proyecto, podemos tomar el recorrido Santa Fe - Buenos Aires, con tiempos de recorrido que van desde 5 horas 50 minutos a 6 horas con 15 minutos para atravesar los 460 kilómetros que separan a ambas ciudades. Desde la terminal de Santa Fe los coches se dirigen a la autopista que va hasta Rosario previo paso por la ciudad de Santo Tomé, lo que insume no menos de veinte minutos, lo que sumado al lapso necesario para la llegada a la Estación Retiro (alrededor de media hora) y las detenciones en los cinco peajes que hay en el trayecto, dejan un tiempo neto de circulación que convierte a la velocidad máxima permitida (100 km/h) prácticamente en velocidad de crucero, con el consiguiente peligro que ello acarrea y que sería ocioso detallar.
De ahí la importancia de adicionar, en el caso concreto una hora con quince minutos, mayor tiempo en el recorrido para que los conductores no deban desarrollar velocidades límite para evitar multas o sanciones por incumplimiento de los horarios establecidos. De igual suerte, cuando se produce un atraso en la salida deben computarse los plazos desde el momento efectivo en que se puso en marcha la unidad, lo que debe constar en la planilla respectiva, para no tener que "recuperar" en la ruta los minutos perdidos en la plataforma de partida.-
Seguramente, la ampliación horaria acarree trastornos a las empresas concesionarias del servicio, pero creemos -haciendo abstracción de los estragos materiales- que no hay perjuicio mayor que la pérdida de vidas, incapacidades sobrevinientes y daños psíquicos y físicos, que son la resultante lógica y penosa de los accidentes que a diario se ocurren en nuestro país.-
Estos son algunos de los argumentos por los que pretendemos se adopten las medidas que integran el Proyecto como paliativo a una situación de inseguridad vial cuya importancia y gravedad no admite demoras.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OBEID, JORGE ALBERTO SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
10/06/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0546/2008 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION 16/07/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 20/08/2008 APROBADO