PROYECTO DE TP
Expediente 1647-D-2010
Sumario: CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE INFECCIONES INTRAHOSPITALARIAS O NOSOCOMIALES EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.
Fecha: 05/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
El Senado y Cámara de Diputados...
Proyecto de Ley sobre Creación del
Registro Nacional de Infecciones Intrahospitalarias o Nosocomiales
Articulo 1º. Crease el Registro Nacional de
Infecciones Intrahospitalarias o Nosocomiales en el ámbito del Ministerio de Salud de
la Nación, con la finalidad de contar con una base de datos, de las infecciones y de
los organismos involucrados.
Articulo 2º. Definición: Denomínase
Infección Intrahospitalaria o Nosocomial: a un conjunto de enfermedades infecciosas
heterogéneas, cuyo denominador común es el haber sido adquiridas en un hospital o
institución sanitaria cerrada, que no están presentes clínicamente, ni en período de
incubación en los pacientes que ingresan y se desarrolla luego de permanecer 48 horas
en la institución
Articulo 3º. El Ministerio de Salud y
Ambiente de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley y deberá
coordinar con la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo Federal de Salud
(COFESA) y el Consejo Federal de Legisladores de Salud (COFELESA) lo atinente al
cumplimiento efectivo de la ley.
Articulo 4º: Atribuciones. La autoridad de
aplicación deberá:
1. Habilitar el Registro de Infecciones
Intrahospitalarias o Nosocomiales.
2. Implementar las medidas necesarias
para que todos los datos que se incorporen al Registro tengan carácter confidencial
excepto en los casos de requerimientos judiciales.
3. Desarrollar el marco técnico
normativo mediante un protocolo de procedimientos de prevención y control de
infecciones hospitalarias para:
a) Establecer mecanismos para la
detección de brotes epidémicos en los establecimientos sanitarios,
b) proporcionar información oportuna
sobre incidencia y prevalencia de las infecciones, su asociación a procedimientos
invasivos o no invasivos, sus agentes etiológicos más frecuentes, y patrones de
resistencias de microorganismos, que permitan la toma de decisiones eficaces en su
prevención y control;
c) Completar acciones de capacitación
en bioseguridad de los recursos humanos.
d) Implementar normas de bioseguridad
con énfasis en las zonas de mayor riesgo.
e) Deberá coordinar con las
jurisdicciones y establecimientos de salud a fin de garantizar el funcionamiento de los
comités de prevención y control de infecciones intrahospitalarias y reglamentar las
actividades de los mismos en cada institución dentro del marco técnico normativo
desarrollado.
4. Impulsar la conformación de equipos
multidisciplinarios de prevención, vigilancia y control de infecciones hospitalarias.
5. Brindar asesoramiento técnico en todos
los niveles.
6. Conformar un sistema de auditoría
externa del Programa de Prevención, Vigilancia y Control de Infecciones Hospitalarias.
7. Conformar un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de infecciones hospitalarias a
fin de conocer el comportamiento de las mismas, su potencial epidémico y sus
factores de riesgo.
Articulo 5º: Notificación obligatoria: toda
infección intrahospitalaria o nosocomial, diagnosticada como tal en un efector de
salud del país, se notificara en forma obligatoria al registro creado por el articulo 1º
de la presente norma.
Articulo 6º: Los actos y omisiones que
impliquen el no cumplimiento de las normas de esta ley serán sancionados por la
autoridad sanitaria competente de acuerdo a las reglamentaciones que se dicten en su
consecuencia, según la gravedad o reincidencia de la infracción con:
Apercibimiento;
Multa;
Clausura temporaria, parcial o total del
establecimiento.
Artículo 7º: Invitase a las provincias y a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Articulo 8º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto tiene como base el expte
5519-D-2006, de autoría de la diputada Beatriz Leyba de Martí a quien la acompañaron
con la firma diputados provenientes de distintos partidos políticos La Cámara de
Diputados lo consideró y aprobó por unanimidad en la sesión del día 29 de noviembre
de 2006, fue remitido al Senado con Nº S-149/06 el 1º de diciembre de 2006, que al no
haber sido considerado en los términos reglamentarios, caducó el 29 de febrero de
2008 y fue enviado al archivo el 10 de junio último.
La infección Intranosocomial, Infección
Hospitalaria o Infección Intrahospitalaria o Infección Nosocomial (IN) es aquella que se
adquiere durante la internación, o bien en el caso de un recién nacido, cuando ésta
fuese adquirida durante su pasaje a través del canal del parto. Se puede manifestar en
el transcurso de la misma o después de la externación y no se encuentra presente, ni
en período de incubación, en el momento de la admisión a la institución sanitaria,
salvo que hubiera existido una internación previa reciente relacionada. Es una
enfermedad endemo-epidémica de los establecimientos hospitalarios, controlable
pero difícilmente erradicable, que está directamente relacionada con la calidad de la
atención médica de cada establecimiento.
Estas IN no solamente comprometen a los
pacientes sino también pueden ser un riesgo para el personal que trabaja en la
institución y es considerado como un problema de salud pública, ya que aumenta la
morbimortalidad de los pacientes e incrementa el costo de la hospitalización.
Aproximadamente entre un 5 al 10% de los
pacientes que son admitidos en un hospital general van a adquirir una IN y esto va a
llevar a que se prolongue la internación como promedio entre 5 y 7 días, con un
aumento de la mortalidad del 1%.
En nuestro medio existe en general una
subestimación del problema, reflejada en la ausencia de programas de control, falta
de adhesión a medidas de prevención, falla en el reconocimiento de los hechos y sus
factores predisponentes y ausencia de datos confiables.
Es por lo expuesto que solicito a mis pares
me acompañen con su firma en el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
01/11/2011 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 8464-D-14 |