PROYECTO DE TP
Expediente 1641-D-2014
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO, LEY 20744, T.O. 1976: MODIFICACION DEL ARTICULO 111 SOBRE VERIFICACION Y CONTROL DE LOS LIBROS PATRONALES.
Fecha: 28/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
El Senado y Cámara de Diputados...
aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 111-
Verificación y control - En los casos de comisiones individuales,
colectivas, porcentajes sobre ventas, o si se hubiere pactado una
participación en las utilidades, se garantizará al trabajador o a quien lo
represente, el libre acceso a los libros y demás documentación a fin de
efectuar las comprobaciones y ejercer los controles pertinentes de las
ventas y de las utilidades que resulten, pudiendo designar éstos un
representante de control por intermedio de sus organizaciones
sindicales.
Estas medidas también
serán ordenadas, a petición de parte, por los órganos jurisdiccionales
competentes mediante la designación de veedor, con la sola facultad
de comprobar entradas y gastos, dando cuenta al juez de toda
irregularidad que advierta en la administración, e informando el
resultado de su gestión".
Artículo 2°-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto reproduce el texto
del dictamen con modificaciones aprobado por la Comisión de Legislación del Trabajo
(Orden del Día 1045) al considerar el Expte. 1084-D-12 (Recalde y otros), durante el
período 2012. En virtud de lo dispuesto por la ley 13.640 y el Reglamento de la HCD, el
citado dictamen caducó razón por la cual se representa el mismo para su
consideración.
A continuación se reproducen los
fundamentos del Expte. 1084-D-12 de mi autoría:
Mediante el presente
proyecto de ley se propone la modificación del art. 111 de la Ley de Contrato de
Trabajo, la cual procura otorgar un mayor poder de contralor a los trabajadores
respecto de las remuneraciones que les son abonadas por sus empleadores.
En este sentido no
puede soslayarse que el pago de los salarios, en contraprestación por la puesta en
disposición de la fuerza de trabajo de sus dependientes, es una obligación patronal
de vital importancia, máxime considerando el carácter alimentario del salario.
Consecuentemente,
resulta trascendental que el trabajador tenga todas las herramientas posibles para
el efectivo y exhaustivo control del pago de sus haberes.
En la misma
inteligencia, señalo que en el mundo de las relaciones laborales es una situación
(cada vez más) repetida la imposibilidad del trabajador de comprender, y por ende
controlar, las sumas que se abonan como remuneración accesoria.
Actualmente, el art.
111 de la Ley de Contrato de Trabajo faculta al trabajador a inspeccionar la
documentación donde consten las operaciones concertadas o sus utilidades. Sin
perjuicio de ello, debido a la desigualdad intrínseca que existe en las relaciones de
trabajo, tal derecho pocas veces puede ser ejercido.
A fin de solucionar
esta situación, es que se introduce la reforma propuesta, que por un lado otorga al
trabajador la posibilidad de delegar la inspección a un representante de la
asociación sindical que lo represente, opción que materializa la posibilidad concreta
de realizar el control referido.
Por otra parte,
reforzando la posibilidad de contralor obrera, la nueva norma obliga a los jueces a
ordenar la designación de un veedor con el objeto de efectuar la inspección que
corresponda al caso.
Mediante las dos
opciones de control enunciadas en el texto la reforma legislativa propuesta, se
permite al trabajador hacer efectivo el goce de un derecho, que en la actualidad
posee, pero, en la mayoría de las oportunidades se ve imposibilitado de ejercerlo.
Por los motivos aquí
expuestos, solicito a mis colegas legisladores que apoyen con su voto este
proyecto de ley y requerir su pronta respuesta.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PAIS, JUAN MARIO | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BARRETO, JORGE RUBEN | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
22/10/2014 | DICTAMEN | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1014/2014 | DICTAMEN DE MAYORIA: ACONSEJA LA SANCION, DICTAMEN DE MINORIA: ACONSEJA EL RECHAZO | 29/10/2014 |