PROYECTO DE TP
Expediente 1636-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26657, QUE ESTABLECE EL DERECHO A LA PROTECCION DE LA "SALUD MENTAL".
Fecha: 05/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder
Ejecutivo nacional para requerirle que, por intermedio del
Ministerio de Salud de la Nación, informe las medidas
adoptadas en cumplimiento de la Ley 26.657, para el
derecho a la protección de la "Salud Mental", y en
particular, se sirva informar las acciones destinadas a:
a) Implementar la
reglamentación de dicha ley;
b) Poner en
ejecución los mecanismos para asegurar el derecho a la
protección de la salud mental de todas las personas, y el
pleno goce de los derechos humanos de aquellas con
padecimiento mental
c) Establecer el
abordaje de las adicciones como parte integrante de las
políticas de salud mental y garantizar a las personas con uso
problemático de drogas, legales e ilegales, todos los derechos
y garantías que se establecen en la ley en su relación con los
servicios de salud;
c) Reconocer los
derechos de las personas con padecimientos mentales;
d) Promover la
atención en salud mental esté a cargo de equipos
interdisciplinarios integrado por profesionales, técnicos y
otros trabajadores capacitados; y
e) Incluir en los
proyectos de presupuesto un incremento en las partidas
destinadas a salud mental hasta alcanzar un mínimo del
DIEZ POR CIENTO (10 %) del presupuesto total de
salud.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente
proyecto de resolución tiene por objeto requerir
información oficial sobre el grado de cumplimiento de la
Ley 26.657, sancionada en noviembre del 2010, para el
reconocimiento de derechos a la protección de la "Salud
Mental".
Dicha norma
legal no ha sido aún reglamentada por el Poder Ejecutivo
nacional, por lo que se continúa postergando su puesta en
marcha y encontrándonos en los últimos meses de plazo
que prevé la norma para su implementación.
La voluntad de
expresar una clara preocupación legislativa por la "Salud
Mental", responde a su alto impacto social, así como a la
sensibilidad que despiertan las innumerables trabas y
penosas dificultades, que sufren las personas afectadas y
sus familias.
Decenas de
organizaciones -entre ellas el CELS, la Federación de
Psicólogos y la Red de Usuarios y Familiares- en
comunicados de prensa han manifestado su "preocupación
por la demora en la reglamentación de la Ley Nacional de
Salud Mental No 26.657, de cuya promulgación se
cumplieron dos años", y solicitaron audiencia a la
Presidenta de la Nación, al jefe de Gabinete y a la
Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia: "Urgimos a las
autoridades a cumplimentar una tarea que es de su
competencia" y "de cumplimiento obligatorio".
Estos
organismos manifestaron que "la demora no es burocrática
sino política": la vincularon con "presiones de la corporación
psiquiátrica, especialmente en su vinculación con clínicas
privadas".
La ley que
aguarda reglamentación fue avalada por la OPS y por
diversas entidades de derechos humanos: pone límites a la
internación de personas contra su voluntad y apunta al
reemplazo de los "neuropsiquiátricos" por la atención de la
salud mental en el marco de la comunidad.
Sin embargo,
la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA) sostiene que
"debe revisarse la Ley 26.657", y que en ella hay
"imprecisiones" y "contrasentidos". Un vocero del Ministerio
de Salud de la Nación declaró que "la ley vale también para
aquellos a quienes no les guste", y destacó que "la
reglamentación fue enviada hace más de dos meses a la
Secretaría Legal y Técnica de Presidencia".
Esta como
otras leyes dictadas por el Congreso de la Nación se
encuentran a la espera de reglamentación produciendo
trabas en su funcionamiento por parte del Poder Ejecutivo
Nacional.
Organizaciones
como Red FUV (Red de Familiares, Usuarios y Voluntarios
por los Derechos en Salud Mental), APEF (Asociación de
Ayuda al Paciente con Esquizofrenia y su Familia), Fepra
(Federación de Psicólogos de la República Argentina),
Apadh (Asociación de Psiquiatras y Adherentes por los
Derechos Humanos) y otras entidades, han pedido
audiencia con el Poder Ejecutivo para destrabar el tema y
manifestaron la necesidad urgente de las personas con
padecimiento mental y sus familias de contar con servicios
accesibles e inclusivos para la atención de su salud.
Según la
coordinadora del equipo de salud mental del CELS
Macarena Sabin Paz, sostuvo que "la reglamentación está
detenida en la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia
de la Nación. Advertimos una falta de voluntad política por
sacarlo adelante. La elaboración y sanción de la ley
respondió a un impulso político muy fuerte, que después no
ha tenido correlato desde el Poder Ejecutivo, y hay un
silenciamiento sobre qué está pasando. Al no estar
reglamentada, no se implementan normas como la creación
del Organo de Revisión multidisciplinario para monitorear
las condiciones de internación."
En los servicios
de salud, la persona con padecimiento mental suele seguir
el circuito clásico que termina con la internación en
establecimientos psiquiátricos. La falta de reglamentación
permite una interpretación demasiado amplia de la ley, y
existe el riesgo de que la reglamentación retroceda en los
avances que la ley propició.
Debemos
recordar que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner
promulgó la Ley 26.657 de Salud Mental, en un acto y la
más alta instancia política se comprometió a hacer
operativa la ley, y por eso es llamativo lo que sucede.
Los sectores
corporativos vinculados con clínicas privadas son los que
más se resisten a la ley, que prohíbe la apertura de nuevas
unidades exclusivas para atención psiquiátrica.
El 25 de
agosto del 2011 el Consejo Directivo de la Facultad de
Medicina de la UBA formulo una declaración donde se
sostiene que "debe revisarse cuidadosamente la Ley 26.657
antes de la formulación de su decreto reglamentario, para
superar numerosas imprecisiones y contrasentidos de su
redacción", y pide "una amplia y efectiva consulta con los
estamentos universitarios, científicos y profesionales", entre
los cuales sólo incluye a "los ámbitos médicos, jurídicos y
de trabajadores no profesionales de la salud mental", a fin
de "consensuar una reglamentación".
La
Organización Panamericana de la Salud (OPS) promueve la
implementación de la Ley de Salud Mental argentina,
promulgada en diciembre de 2010, pero cuya
reglamentación aún está pendiente, precisa una declaración
de esta entidad.
Hugo Cohen,
asesor regional en salud mental de OPS, destacó que "la
Ley 26.657, de Salud Mental, fue examinada y avalada por
las más altas autoridades de OPS. Y, después de su
sanción, la ley argentina se tomó como referente en
diversos países de Sudamérica y Centroamérica: en
Colombia, es tomada como referencia en el actual proyecto
de ley de salud mental; Honduras, Guatemala y El Salvador
tomarán en cuenta este modelo para establecer una base
común para sus proyectos de ley de salud mental; también
es referencia para la Comisión de Inclusión Social del
Congreso peruano; y jueces penales de ese país y de Chile
viajaron a la Argentina en busca de apoyo para desarrollar
legislaciones en salud mental".
El 16 de
octubre de 2012, el expediente con la reglamentación de la
Ley 26.657 fue remitido a la Secretaría Legal y Técnica de
la Presidencia de la Nación, que ya lo había recibido y
devuelto antes para modificaciones formales, pero a la
fecha no ha tenido respuesta, postergándose aún más la
reglamentación de la ley.
Por las razones
expuestas, pido a los Señores Legisladores dar aprobación
al presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |