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PROYECTO DE TP


Expediente 1636-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26657, QUE ESTABLECE EL DERECHO A LA PROTECCION DE LA "SALUD MENTAL".
Fecha: 05/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para requerirle que, por intermedio del Ministerio de Salud de la Nación, informe las medidas adoptadas en cumplimiento de la Ley 26.657, para el derecho a la protección de la "Salud Mental", y en particular, se sirva informar las acciones destinadas a:
a) Implementar la reglamentación de dicha ley;
b) Poner en ejecución los mecanismos para asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental
c) Establecer el abordaje de las adicciones como parte integrante de las políticas de salud mental y garantizar a las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales, todos los derechos y garantías que se establecen en la ley en su relación con los servicios de salud;
c) Reconocer los derechos de las personas con padecimientos mentales;
d) Promover la atención en salud mental esté a cargo de equipos interdisciplinarios integrado por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados; y
e) Incluir en los proyectos de presupuesto un incremento en las partidas destinadas a salud mental hasta alcanzar un mínimo del DIEZ POR CIENTO (10 %) del presupuesto total de salud.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene por objeto requerir información oficial sobre el grado de cumplimiento de la Ley 26.657, sancionada en noviembre del 2010, para el reconocimiento de derechos a la protección de la "Salud Mental".
Dicha norma legal no ha sido aún reglamentada por el Poder Ejecutivo nacional, por lo que se continúa postergando su puesta en marcha y encontrándonos en los últimos meses de plazo que prevé la norma para su implementación.
La voluntad de expresar una clara preocupación legislativa por la "Salud Mental", responde a su alto impacto social, así como a la sensibilidad que despiertan las innumerables trabas y penosas dificultades, que sufren las personas afectadas y sus familias.
Decenas de organizaciones -entre ellas el CELS, la Federación de Psicólogos y la Red de Usuarios y Familiares- en comunicados de prensa han manifestado su "preocupación por la demora en la reglamentación de la Ley Nacional de Salud Mental No 26.657, de cuya promulgación se cumplieron dos años", y solicitaron audiencia a la Presidenta de la Nación, al jefe de Gabinete y a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia: "Urgimos a las autoridades a cumplimentar una tarea que es de su competencia" y "de cumplimiento obligatorio".
Estos organismos manifestaron que "la demora no es burocrática sino política": la vincularon con "presiones de la corporación psiquiátrica, especialmente en su vinculación con clínicas privadas".
La ley que aguarda reglamentación fue avalada por la OPS y por diversas entidades de derechos humanos: pone límites a la internación de personas contra su voluntad y apunta al reemplazo de los "neuropsiquiátricos" por la atención de la salud mental en el marco de la comunidad.
Sin embargo, la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA) sostiene que "debe revisarse la Ley 26.657", y que en ella hay "imprecisiones" y "contrasentidos". Un vocero del Ministerio de Salud de la Nación declaró que "la ley vale también para aquellos a quienes no les guste", y destacó que "la reglamentación fue enviada hace más de dos meses a la Secretaría Legal y Técnica de Presidencia".
Esta como otras leyes dictadas por el Congreso de la Nación se encuentran a la espera de reglamentación produciendo trabas en su funcionamiento por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
Organizaciones como Red FUV (Red de Familiares, Usuarios y Voluntarios por los Derechos en Salud Mental), APEF (Asociación de Ayuda al Paciente con Esquizofrenia y su Familia), Fepra (Federación de Psicólogos de la República Argentina), Apadh (Asociación de Psiquiatras y Adherentes por los Derechos Humanos) y otras entidades, han pedido audiencia con el Poder Ejecutivo para destrabar el tema y manifestaron la necesidad urgente de las personas con padecimiento mental y sus familias de contar con servicios accesibles e inclusivos para la atención de su salud.
Según la coordinadora del equipo de salud mental del CELS Macarena Sabin Paz, sostuvo que "la reglamentación está detenida en la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación. Advertimos una falta de voluntad política por sacarlo adelante. La elaboración y sanción de la ley respondió a un impulso político muy fuerte, que después no ha tenido correlato desde el Poder Ejecutivo, y hay un silenciamiento sobre qué está pasando. Al no estar reglamentada, no se implementan normas como la creación del Organo de Revisión multidisciplinario para monitorear las condiciones de internación."
En los servicios de salud, la persona con padecimiento mental suele seguir el circuito clásico que termina con la internación en establecimientos psiquiátricos. La falta de reglamentación permite una interpretación demasiado amplia de la ley, y existe el riesgo de que la reglamentación retroceda en los avances que la ley propició.
Debemos recordar que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner promulgó la Ley 26.657 de Salud Mental, en un acto y la más alta instancia política se comprometió a hacer operativa la ley, y por eso es llamativo lo que sucede.
Los sectores corporativos vinculados con clínicas privadas son los que más se resisten a la ley, que prohíbe la apertura de nuevas unidades exclusivas para atención psiquiátrica.
El 25 de agosto del 2011 el Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la UBA formulo una declaración donde se sostiene que "debe revisarse cuidadosamente la Ley 26.657 antes de la formulación de su decreto reglamentario, para superar numerosas imprecisiones y contrasentidos de su redacción", y pide "una amplia y efectiva consulta con los estamentos universitarios, científicos y profesionales", entre los cuales sólo incluye a "los ámbitos médicos, jurídicos y de trabajadores no profesionales de la salud mental", a fin de "consensuar una reglamentación".
La Organización Panamericana de la Salud (OPS) promueve la implementación de la Ley de Salud Mental argentina, promulgada en diciembre de 2010, pero cuya reglamentación aún está pendiente, precisa una declaración de esta entidad.
Hugo Cohen, asesor regional en salud mental de OPS, destacó que "la Ley 26.657, de Salud Mental, fue examinada y avalada por las más altas autoridades de OPS. Y, después de su sanción, la ley argentina se tomó como referente en diversos países de Sudamérica y Centroamérica: en Colombia, es tomada como referencia en el actual proyecto de ley de salud mental; Honduras, Guatemala y El Salvador tomarán en cuenta este modelo para establecer una base común para sus proyectos de ley de salud mental; también es referencia para la Comisión de Inclusión Social del Congreso peruano; y jueces penales de ese país y de Chile viajaron a la Argentina en busca de apoyo para desarrollar legislaciones en salud mental".
El 16 de octubre de 2012, el expediente con la reglamentación de la Ley 26.657 fue remitido a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, que ya lo había recibido y devuelto antes para modificaciones formales, pero a la fecha no ha tenido respuesta, postergándose aún más la reglamentación de la ley.
Por las razones expuestas, pido a los Señores Legisladores dar aprobación al presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)