PROYECTO DE TP
Expediente 1630-D-2009
Sumario: OTORGAR LA CIUDADANIA ARGENTINA A LA MEDICA NEUROCIRUJANA CUBANA HILDA MOLINA, CONFORME LEY 25871 (MIGRACIONES).
Fecha: 15/04/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Conforme los
derechos garantizados por la ley 25.871 otórguese la ciudadanía argentina a la
Sra. Hilda Molina, médica neurocirujana cubana.
Artículo 2º.- El Poder
Ejecutivo de la Nación instrumentará los medios necesarios para entregar el
Documento Nacional de Identidad y el Pasaporte Argentino a la Sra. Hilda
Molina, a través del cuerpo diplomático correspondiente.
Artículo 3°.- De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Sra. Hilda Molina, es madre
del ciudadano argentino Roberto Quiñones y abuela de los ciudadanos
argentinos Juan Pablo y Roberto Carlos Quiñones.
El Sr. Roberto Quiñones vive en la
Argentina junto con su mujer Verónica Scarpati (también ciudadana
argentina) madre de Juan Pablo y Roberto, desde el año 1994.
La madre de la Sra. Hilda Molina,
Sra. Hilda Morejón, reside en la Argentina, junto con su nieto Roberto
Quiñones, y sus bisnietos Juan Pablo y Roberto Carlos Quiñones, desde
mediados del año 2008.
La Dra. Hilda Molina, notable
médico cirujana, reside en Cuba y desde el año 1994 ha solicitado en reiteradas
oportunidades a las autoridades cubanas el permiso de salida para viajar a
Argentina. Los permisos solicitados le han sido negados en forma
constante.
La única vía de contacto que la
Sra. Hilda Molina tiene con su madre, su hijo, su nuera, y sus nietos, es el
teléfono o el correo. A su hijo no lo ve hace más de 14 años, a sus nietos no los
conoce personalmente, y a su madre no la ve hace casi un año.
En este sentido, nuestro país
garantiza el ejercicio del derecho a la reunificación familiar de los inmigrantes
residentes en la argentina con sus padres, cónyuges, hijos solteros, menores, o
hijos mayores con capacidades diferentes. La ley 25.871 tiene como uno de sus
objetivos principales garantizar el ejercicio del derecho a la reunificación
familiar (art. 3d) y establece que el Estado garantizará el derecho a la
reunificación con los padres, cónyuge o hijos (art. 10).
A fin de garantizar el derecho de
reunificación de esta familia argentino-cubana es que se propone la entrega de
la ciudadanía argentina a la médica cubana Dra. Hilda Molina. El Documento
Nacional de Identidad, y el Pasaporte Argentino le permitirán viajar a nuestro
país como ciudadana, para poder visitar a su familia.
Dichos documentos deberán ser
entregados a la Dra. Hilda Molina a través del cuerpo diplomático
correspondiente, y dicha operación deberá ser instrumentada por el Poder
Ejecutivo Nacional.
Una vez que la Sra. Hilda Molina se
encuentre en posesión de dichos documentos, podrá requerir se la autorice a
dejar la isla, en su condición de ciudadana argentina.
El derecho de una hija, madre y
abuela de visitar a su familia es esencial a los derechos del hombre y del
ciudadano. La comunidad democrática internacional ha mostrado su
disconformidad con la violación de los derechos fundamentales de las personas
y Argentina no puede permanecer en silencio ante este tipo de hechos.
El otorgamiento de la ciudadanía
argentina a la Dra. Hilda Molina es un claro gesto de respeto de los derechos
humanos esenciales, y un compromiso de nuestro país con la libertad como
principio rector de la vida de todos los hombres.
Es por todo lo expuesto es que
solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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OBIGLIO, JULIAN MARTIN | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
BULLRICH, ESTEBAN JOSE | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
GALVALISI, LUIS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | 05/08/2009 |