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PROYECTO DE TP


Expediente 1629-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LO NORMADO EN LA LEY 19945, CODIGO ELECTORAL NACIONAL, RELACIONADO CON LA UTILIZACION DE BOLETAS EN BRAILLE.
Fecha: 22/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo y por su intermedio a quién corresponda, informe a este cuerpo sobre la no aplicación del Voto en Braile, que prevé el Código Electoral, Ley 19.945, Capítulo IV en su artículo 32º, 2º. párrafo:
-¿Por qué razón no se realizan las boletas en braille?
-¿Especifique cuales son los motivos y si alguna vez desde 1983 se cumplió con dicha disposición?
-¿Quién es la autoridad de aplicación que tiene a su cargo cumplir con dicha normativa? Y asimismo, informe que medidas se tomaran al respecto por dicho incumplimiento

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cabe poner de manifiesto que la ley 19.945 sancionada el 18 de Agosto de 1983, publicada en el BOLETIN OFICIAL, 6 de Septiembre de 1983, TEXTO ORDENADO POR D.L. 2135/83, Reglamentada por Decreto Nacional 379/93, prevee en su art. 32 2º párrafo del Capítulo IV, específica y detalladamente como debe ser la emisión del voto por las personas no videntes y el procedimiento del mismo.
La Ley 19.945 ha sufrido varias reformas:
Ley nº 20.175. Elecciones. Fiscales de los partidos políticos. Normas para votar. Modificación de los artículos 58 y 87 del Código Electoral Nacional. Sancionada y promulgada 22 febrero 1973. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 2 marzo 1973).Ley nº 22.838. Sistema electoral nacional. Sancionada y promulgada 23 junio 1983.(Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 28 junio 1983). Ley nº 22.864. Código Electoral Nacional. Modificación. Sancionada y promulgada 2 agosto 1983. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 4 agosto 1983).Decreto nº 2.135, 18 agosto 1983. Código Electoral Nacional. Texto ordenado. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 6 setiembre 1983). Ley nº 23.168. Código Electoral Nacional. Modificación de normas sobre impresión y exhibición de listas provisionales e inclusión de ciudadanos en los padrones respectivos. Sancionada 20 diciembre 1984. Promulgada 10 enero 1985.(Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 17 enero 1985). Ley nº 23.229. Elecciones. Renovación parcial de diputados nacionales. Realización simultánea en todo el país. Sancionada 5 setiembre 1985. Promulgada 18 setiembre 1985. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 23 setiembre 1985). Ley nº 23.247. Elecciones.
Oficialización de las boletas de sufragio. Modificación del artículo 62 del Código Electoral Nacional. Sancionada 18 setiembre 1985. Promulgada 19 setiembre 1985. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 25 setiembre 1985. Ley nº 23.476. Código Electoral Nacional (t.o. 1983). Modificación. Sancionada 31 octubre 1986. Promulgada 1º diciembre 1986. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 3 marzo 1987). Ley nº 23.775. Provincialización del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Sancionada 26 abril 1990. Promulgada 10 mayo 1990. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 15 mayo 1990). Ley nº 23.952. Elecciones. Convocatoria electoral. Modificación de plazos previstos en la ley 19.945 (t.o. 1983). Derogación de la ley 23.229. Sancionada 20 junio 1991. Promulgada 4 junio 1991.(Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 12 julio 1991). Ley nº 24.007. Elecciones. Creación del Registro de Electores Residentes en el Exterior. Sancionada 9 octubre 1991. Promulgada 29 octubre 1991.(Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 5 noviembre 1991). Ley nº 24.012. Código Electoral Nacional; participación de la mujer en listas de candidatos a cargos electivos. Sancionada 6 noviembre 1991. Promulgada 29 noviembre 1991. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 3 diciembre 1991). Decreto nº 379, 8 marzo 1993. Código Electoral Nacional. Participación de la mujer en listas de candidatos a cargos electivos. Reglamentación de la ley 24.012. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 11 marzo 1993). Decreto nº 1.138, 4 junio 1993. Registro de Electores Residentes en el Exterior. Reglamentación de la ley 24.007. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 9 junio 1993). Decreto nº 2.010, 23 setiembre 1993. Registro de Electores Residentes en el Exterior. Modificación del decreto reglamentario 1.138/93.(Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos
Aires, 5 octubre 1993). Ley nº 24.444. Sistema Electoral Nacional. Elección del Presidente y Vicepresidente de la Nación. Elección de Senadores Nacionales. Diputados Nacionales. Sancionada 23 Diciembre 1994. Promulgada 11 enero 1995. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 19 enero 1995). Ley nº 24.904. Código Electoral Nacional. Sustitúyese el artículo 35 de la ley 19.945, según texto ordenado por el decreto 2.135/83, y derógase el inciso c) del artículo 3°. Sancionada 26 noviembre 1997. Promulgada 15 diciembre 1997. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 18 diciembre 1997). Decreto nº 1.246, 28 diciembre 2000. Derógase el Decreto Reglamentario Nº 379/93 y establécense normas para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Nº 24.012. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 4 enero 2001).
Asimismo, la Ley n° 25.610. Código Electoral Nacional. Modifica los artículos 14, 41, 71,72, 76, 105 y 128. Incorpora el Capítulo IV bis: De la campaña electoral al Título III, los artículos 128 bis, 128 ter, 133 bis y 171. Sancionada 19 junio 2002. Promulgada 5 julio 2002. (Boletín Oficial de la República Argentina. Buenos Aires, 8 julio 2002). Ley nº 25.658. Código Electoral.
De lo expuesto, se deduce que jamas ni se modificó ni se derogó el art. 32º de la ley 19945, el cual se encuentra vigente y aplicable.
Por tal razon, cabe una sola pregunta ¿por qué nunca se aplicó este artículo y lo que él establece?
Por ello solicito a los Sres. Diputados me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución, para que logremos, integrar a las personas con discapacidad, a una sociedad con igualdad de oportunidades.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) 03/12/2008 RETIRADO