PROYECTO DE TP
Expediente 1628-D-2014
Sumario: LEY 18345, DE ORGANIZACION Y PROCEDIMIENTO DE LA JUSTICIA NACIONAL DEL TRABAJO: MODIFICACION DEL ARTICULO 18, SOBRE LOS LUGARES DE REALIZACION DE LOS ESTUDIOS ORDENADOS POR LOS PERITOS MEDICOS.
Fecha: 28/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
El Senado y Cámara de Diputados...
Art. 1º: Sustitúyase el artículo
18 de la Ley 18.345 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
"Artículo
18. - Peritos médicos - Los peritos médicos deberán ser médicos legistas o
especialistas en la rama de la Medicina relacionada con la cuestión sometida a su
dictamen".
"Los estudios
médicos que ordenen los referidos peritos, podrán efectuarse a opción de la parte
actora en los establecimientos que la misma determine, sean los mismos, públicos
o privados, en el último caso estará a su cargo, abonar los mismos".
"En caso de
optar la parte actora por instituciones públicas, se efectuarán los exámenes
correspondientes a través del Organismo Hospitalario Municipal que designe la
Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, de acuerdo a la legislación vigente."
Art. 2º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente Proyecto de Ley tiene por
propósito, actualizar el art. 18 de la Ley 18.345, y que se permita a la parte
actora optar por efectuar los exámenes médicos a trabajadores, en organismos
de salud privados.
Ello es así por cuanto, en muchas
ocasiones los jueces ordenan que efectúen dichos exámenes las ART S.A, no
obstante estar demandadas, motivo por el cual, no seria justo que las mismas
aporten elementos que sirven para establecer el estado de salud del actor ya que
sus conclusiones podrían no ser imparciales.
Los organismos hospitalarios
municipales tardan excesivamente en designar día y hora en la que los actores
concurrirán a efectuar sus estudios, motivo por el cual se retrasa en demasía el
trámite del expediente.
Por lo expuesto solicito a los Señores
Diputados que me acompañen con la aprobación de la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
17/09/2014 | DICTAMEN | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0831/2014 | DICTAMEN DE MAYORIA; DICTAMEN DE MINORIA: ACONSEJA EL RECHAZO | 26/09/2014 |